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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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Julio Iglesias demanda a Yolanda Díaz por llamarlo “abusador sexual”

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julio iglesias estado salud
Julio Iglesias-ARCHIVO

Julio Iglesias pasa al contraataque judicial contra Yolanda Díaz

El cantante Julio Iglesias ha presentado una demanda de conciliación contra la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, por las declaraciones en las que lo calificó de “abusador sexual” y habló de supuestas situaciones de “esclavitud” y “estructura de poder basada en la agresión permanente”.

La acción judicial, paso previo a una posible querella por calumnias o injurias, solicita que la ministra de Trabajo se retracte públicamente, reconozca el daño causado y abone una indemnización en función de la difusión de sus manifestaciones.


La demanda se produce tras el archivo de la denuncia en la Audiencia Nacional

El movimiento del artista llega después de que la denuncia presentada por dos extrabajadoras ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional fuera archivada en enero por falta de competencia.

Según el escrito de la defensa, Iglesias nunca ha tenido la condición de investigado ni de sospechoso en el procedimiento.


Las declaraciones de Yolanda Díaz en redes y televisión

Los abogados del cantante señalan especialmente un mensaje publicado por Díaz en redes sociales el 13 de enero, en el que aludía a testimonios de extrabajadoras y agradecía a periodistas por difundir el caso.

Además, citan una entrevista en televisión en la que la vicepresidenta se refirió al artista como “presunto agresor” y habló de vulneraciones graves de derechos en el entorno laboral.

Tras conocerse la demanda, Díaz reafirmó su postura señalando que seguirá defendiendo a las mujeres trabajadoras “con denuncias o sin denuncias”.


La defensa invoca la presunción de inocencia

El equipo jurídico del cantante, encabezado por el penalista José Antonio Choclán, sostiene que las declaraciones de la vicepresidenta vulneran el derecho a la presunción de inocencia y afectan al honor y la reputación del artista.

El escrito argumenta que atribuir la condición de víctimas a las denunciantes sin hechos acreditados supone emitir prejuicios de culpabilidad desde una posición institucional.


Posibles nuevas acciones legales

La demanda de conciliación es el primer paso dentro de una estrategia legal más amplia. La defensa también ha solicitado acceder al contenido íntegro de las actuaciones de la Fiscalía para valorar si procede emprender otras acciones, incluido el análisis de un posible delito de denuncia falsa.


Un conflicto con dimensión política y mediática

El caso añade tensión al debate público sobre las acusaciones, el papel de las instituciones y la protección de la reputación, situando el foco tanto en el ámbito judicial como en el político.

La evolución del procedimiento dependerá ahora de si se produce un acto de conciliación o si finalmente se formaliza una querella.


 

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