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Un juez sanciona con 600€ a una abogada por usar la expresión «conocimiento paranormal» para cuestionar una resolución

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VALÈNCIA, 16 Dic. (EUROPA PRESS) –

El Juzgado de Primera Instancia de Instrucción número 4 de Massamagrell (Valencia) ha impuesto una sanción de 600 euros a una letrada como «corrección disciplinaria» por «reiterada falta de respeto hacia la autoridad judicial» por utilizar en un escrito el término «conocimiento paranormal», entre otros, para cuestionar el contenido de una resolución dictada por el magistrado en un asunto en el ella que ejercía la defensa.

Así consta en el acuerdo de imposición de la sanción, al que ha tenido acceso Europa Press, y que la letrada, Ica Aznar, ha recurrido ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) al considerar que la libertad en el uso de la palabra «es un atributo consustancial ejercicio de la abogacía y un valor social incuestionable, configurándolo como uno de los rasgos esenciales de la profesión y dotándolo, además, de una singular protección».

En esta línea, defiende en este escrito que la alusión en sus recursos a la «imaginación» o «conocimiento paranormal» del magistrado juez respecto a la causa que instruye «ataca la resolución en orden a su contenido, nada más; defiende a la cliente de una posible y grave imputación de delito, no insulta, no veja y no menosprecia la función judicial».

Esta causa tiene su origen en un auto del pasado mes de julio en el que el magistrado de Massamagrell acordaba continuar diligencias previas por los trámites del procedimiento abreviado –procesamiento– a la defendida de la letrada sancionada, al considerar, en un proceso derivado de otro en el que se investigaba a un hombre por presuntos abusos sexuales a menores, que esta mujer tenía la «intención» de vulnerar la intimidad de estas últimas y publicar mensajes de apoyo al investigado en una red social, para lo que pidió fotos de las niñas.

Para el magistrado, esta actuación podía ser constitutiva de dos delitos contra la intimidad en grado de tentativa. El ministerio fiscal, por su parte, pidió el sobreseimiento del caso al considerar que no había quedado acreditada la concurrencia del elemento subjetivo que exige el tipo penal, como es la intención del «sujeto activo de vulnerar la intimidad» de las menores.

La letrada Ica Aznar presentó un recurso en el juzgado en el que afirmaba que los fundamentos de derecho usados por el magistrado respondían «a una conclusión del instructor no adverada, mera imaginación» que resulta «paralegal» y aludía asimismo a los términos de «mera elucubración, sin base probatoria» o «conocimientos paranormales» que «quedan fuera del ámbito del Estado de Derecho».

En su defensa, argumentó que no se trataba de expresiones irrespetuosas ni tenían ánimo de serlo, sino que ese escrito respondía a «estrictos términos de defensa» y a «combatir» la resolución judicial del procesamiento.

CONSIDERA QUE ATENTA A SU HONOR
Sin embargo, el instructor decidió imponer la sanción al entender que, de acuerdo con una serie de jurisprudencia, ese escrito de reforma «excedió el ejercicio del derecho de defensa llegando a atentar contra el honor y la consideración debida que merecen todos los miembros del poder judicial».

Asimismo, el magistrado sostenía que el derecho al recurso «no ampara la posibilidad de efectuar graves y gratuitas afirmaciones», para insistir en que el derecho al recurso «no ampara la descalificación personal y las faltas de respeto contra un miembro del poder judicial». Por ello, le impone como «corrección disciplinaria» 600 euros de sanción, cantidad que estima «proporcional» a las «reiteradas faltas de respeto».

Frente a la sanción, la letrada alega en su recurso al TSJCV que su recurso respondía a «estrictos términos de defensa, al certero análisis del acervo probatorio y a combatir una resolución judicial en la que el instructor establecía las intenciones de la investigada sin sustento probatorio alguno».

Así, recalca que lo que se «ataca» es el contenido del auto «no al poder judicial ni se trata de insultar al juez» y añade que, como adjetivo, paranormal es «que no se puede explicar científicamente porque no se ajusta a las leyes de la naturaleza».

En declaraciones a Europa Press, la letrada, que asegura que han pedido amparo al Colegio de Abogados, ha apuntado que la sanción es «una absoluta injusticia, un uso incorrecto y abusivo de la LOPJ y un ataque al derecho de defensa y libertad de expresión del abogado».

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La UCO se persona en varias sedes de Acciona por una pieza separada del ‘caso Koldo’

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La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil se ha personado este viernes en varias sedes de la empresa Acciona en el marco de una pieza separada del ‘caso Koldo’, que actualmente se investiga bajo secreto sumarial.

Detalles de la operación

La actuación de la UCO forma parte de una derivada de la investigación original del ‘caso Koldo’, aunque por el momento no se han facilitado más detalles sobre los motivos de la intervención ni sobre el alcance de la misma.

Las autoridades mantienen la confidencialidad debido a que se trata de un procedimiento judicial en curso, y cualquier información adicional dependerá de la evolución de la investigación.

Contexto del ‘caso Koldo’

El ‘caso Koldo’ ha estado en el foco mediático durante los últimos meses debido a su implicación con empresas y altos cargos en presuntos delitos económicos y de corrupción. La aparición de piezas separadas de la investigación indica que los investigadores están ampliando el caso para analizar nuevos indicios o implicados.

Acciona y la operación de la UCO

Acciona, una de las principales empresas del sector de la construcción y energías renovables en España, ha sido escenario de registros y actuaciones de la UCO, aunque la compañía no ha emitido por el momento declaraciones oficiales sobre la investigación.

Se espera que las próximas horas o días puedan aportar más información sobre esta pieza separada y su relación con el ‘caso Koldo’, así como sobre posibles imputaciones o medidas judiciales adicionales.

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