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Una nueva DANA llega a València y se prevé que deje lluvias torrenciales

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MURCIA, 18 Oct. (EUROPA PRESS) –

Una nueva DANA, aunque de menor intensidad que la registrada en septiembre, llegará a la región de Murcia este lunes y se prevé que deje precipitaciones, de carácter abundante, en la mitad este, debido a que se «descolgará hasta tener un carácter de depresión aislada en niveles altos».

Así lo ha avanzado en declaraciones a Europa Press el portavoz de la delegación territorial de Aemet, Luis Bañón, quien advierte, no obstante, que la incertidumbre a estas horas «sigue siendo elevada», ya que se prevé que este episodio se active el lunes, a partir de la tarde-noche.

Y es que, tratándose de una DANA hay que estar atentos a los boletines que emita la Aemet, porque este tipo de fenómenos se caracterizan por su dificultad a la hora de predecirlos, «porque puede haber cambios en las próximas predicciones».

Sí que se prevé que las zonas donde se registre mayor acumulado de lluvias sea en la mitad este de la Región, como el Altiplano, parte de la Vega del Segura o zonas del campo de Cartagena, aunque puntualiza que las cantidades de precipitación «están lejos de parecerse al anterior episodio» ocurrido en septiembre en la Región. Donde menor acumulación se prevé es en el Noroeste y la zona del interior de Lorca.

Este frente frío de la borrasca «se queda estacionado en las costas mediterráneas al aislarse la borrasca del resto del aire frío polar y se prevé que se reactive el lunes por la tarde y a últimas horas». Es el martes el día en el que se prevé que deje más precipitaciones, que serán de carácter «abundante y persistente».

Ya el domingo dejará las primeras precipitaciones, aunque de carácter débil, debido al paso de este frente, localizado al norte de la península. «El frente polar empezará a tener muchos meandros y una de las borrascas se extenderá de norte a sur», ha indicado Bañón, quien destaca que el lunes se reactivaría y las precipitaciones «volverían de cara a la tarde-noche del lunes y se intensificarían el martes».

En concreto, el lunes de cara a la tarde «algunas precipitaciones se producirían en la Región, de carácter disperso y de poca importancia, pero a últimas horas del lunes tendería a generalizarse e intensificarse».

Finalmente, el martes las precipitaciones continuarían por la mañana y en algunas zonas también por la tarde, incluso a primeras horas del miércoles en algunas zonas.

La Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) que afectará a la Comunitat a partir de este lunes puede dejar precipitaciones acumuladas de más de 200 litros por metro cuadrado en el norte del territorio valenciano, según un boletín informativo especial emitido por Aemet.

Un frente atlántico muy activo dejará este sábado precipitaciones en buena parte de la península y el domingo, más debilitado, alcanzará el área del mediterráneo, aunque con lluvias más débiles y menos generalizadas, pero registrará un cambio a partir de las últimas horas del lunes, comenzado por la zona mediterránea.

Se espera que el lunes se aísle de la circulación general una DANA sobre el oeste de la península que se desplazará al centro y mitad sur penindular hasta alcanzar el jueves el nordeste y Baleares. Como consecuencia, se esperan precipitaciones localmente fuertes y persistentes en zonas de la mitad oriental, entre ellas la Comunitat Valenciana y Baleares.

Así, las precipitaciones podrían llegar a ser torrenciales durante el martes y tenderán a disminuir por el sur a lo largo del martes y miércoles. Las mayores cantidades de precipitación acumulada se esperan en el norte de la Comunitat Valenciana, Baleares y Cataluña, donde se acumularán más de 200 litros por metro cuadrado en algunas zonas-

También habrá un temporal marítimo que afectará probablemente a los litorales y zonas costeras del Mediterráneo a lo largo del martes y miércoles. Este escenario evolucionará hasta el miércoles y previsiblemente disminuirá a partir del jueves.

Aemet mantendrá activo este domingo el aviso amarillo por fenómenos costeros en el litoral sur de Alicante, y activará avisos amarillos por precipitación acumulada de 20 l/m2 (20 mm) en una hora a partir del lunes y hasta el martes en el litoral de Alicante y litoral sur de Valencia.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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