Valencia
Los valencianos estrenan deducciones en la renta bajo el lema ‘Lo justo es pagar lo justo’
Publicado
hace 1 añoen

‘Lo justo es pagar lo justo’ es el lema de la campaña de la Renta 2023 en la Comunitat Valenciana, que estrena seis deducciones fiscales sociosanitarias que beneficiarán a 2,1 millones de ciudadanos -el 87 % de los contribuyentes- y permitirán deducir gastos como el gimnasio, el dentista, las gafas o el psicólogo.
El president de la Generalitat, Carlos Mazón, y la consellera de Hacienda, Ruth Merino, han presentado este jueves en el Palau de la Generalitat las novedades tributarias en la Comunitat Valenciana, que se aprobaron en la ley de acompañamiento a los presupuestos de la Generalitat de este año, dentro de la «desescalada fiscal» del actual Consell.
Mazón ha felicitado a las rentas medias y bajas de la Comunitat Valenciana, las que se van a beneficiar de estas deducciones -el límite son 32.000 euros para las declaraciones individuales y 48.000 para las conjuntas-, y se ha mostrado convencido de que estas medidas no se van a quedar aquí y serán imitadas por otras comunidades.
«Estamos abriendo un camino, estamos siendo pioneros en poner una pica en Flandes con esta política fiscal social», ha reivindicado el president, quien ha destacado que la reducción de impuestos que beneficia a la atención social es un «camino de liderazgo».
«No nos vamos a parar aquí, este es el primer paso de todo un recorrido de política fiscal social, de ayudar y de incentivar a los que más lo necesitan», ha asegurado Mazón, quien ha destacado que se trata de deducciones acumulables entre sí y que por primera vez en la Comunitat se podrán deducir gastos relacionados con la enfermedad de la ELA.
El president ha afirmado que, con estas deducciones, el Consell demuestra no solo en un programa electoral, sino con hechos, que bajar impuestos forma parte, si se hace bien y se prioriza donde toca, de la mejor política social, y ha asegurado que la Generalitat no va a recaudar menos, sino a recaudar «mejor».
Ha dicho que «acabar con el infierno fiscal no se hace de un plumazo y de cualquier manera», sino estudiando todos los casos, y ha destacado las deducciones dirigidas a fomentar la vida saludable, pues ayudan a evitar el colapso de los centros sanitarios y a reducir el gasto farmacéutico.
La consellera de Hacienda, Ruth Merino, ha manifestado que estas seis nuevas deducciones van enfocadas a aliviar los gastos cotidianos de miles de familias relaciones y convierten a la Comunitat en un territorio «pionero en su apuesta por utilizar la política fiscal como palanca para promover un estilo de vida saludable» e incentivar conductas saludables.
Merino ha dicho que en esta campaña de la renta se han incrementado de 25 a 65 los puntos de atención presencial y ha afirmado que la previsión es que este año se presenten más de 2.636.000 declaraciones de la renta en la Comunitat, un 1,3 % más que el pasado, de ellas 1,4 en la provincia de Valencia, 912.000 en Alicante y 325.000 en Castellón.
Uno de los motivos por los que la ciudadanía votó cambio fue por la intención de «revertir la deriva» de dos legislaturas del Botànic que llevaron a la Comunitat a ser uno de los territorios de España «con una tributación más elevada», ha asegurado y ha recordado que empezaron por eliminar el impuesto de sucesiones y donaciones.
Las deducciones que ya se pueden solicitar son del 30 % hasta 150 euros por gastos vinculados a la salud bucodental, a la salud mental y a la práctica deportiva; del 30 % hasta 100 euros por la compra de gafas o lentes de contacto; y 100 euros por gastos en enfermedades raras, en daño cerebral adquirido o alzhéimer (150 si es familia numerosa o monoparental).
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Sucesos
Fugados los dos condenados por la violación grupal de una menor en la Vall d’Albaida
Publicado
hace 8 horasen
7 julio, 2025
Fiscalía y acusación solicitan una orden europea de detención tras la incomparecencia de los penados, condenados a 12 y 20 años de prisión.
Valencia, 7 de julio de 2025 – Los dos jóvenes condenados por la violación en grupo de una menor de 14 años en la localidad valenciana de L’Olleria (Vall d’Albaida) no se han presentado este lunes a la vistilla convocada en la Audiencia de Valencia, donde estaba previsto decidir su ingreso en prisión.
Ante su incomparecencia, tanto la Fiscalía como la acusación particular, representada por el abogado Juan Molpeceres, han solicitado la emisión de una orden europea de detención y búsqueda internacional. Según fuentes del caso, uno de los condenados ya se encontraba en Alemania y el otro habría seguido sus pasos recientemente.
Los hechos
La agresión ocurrió el 27 de septiembre de 2020 durante una fiesta celebrada en un paraje a las afueras de L’Olleria. La menor, que acudió al evento acompañada de una amiga, consumió alcohol y se encontraba en un estado de vulnerabilidad evidente, según recoge la sentencia. Fue llevada a una zona apartada conocida como el muro, donde los dos ahora condenados mantuvieron relaciones sexuales simultáneamente con ella, intercambiando posiciones.
La víctima declaró haber sentido la presencia de más hombres en el lugar, aunque no pudo identificarlos.
Posteriormente, uno de los penados volvió a contactar con la menor para proponerle un encuentro sexual con otra persona. Se produjo un segundo episodio de abuso en una vivienda deshabitada del mismo municipio. En este caso, uno de los participantes fue absuelto, mientras que el otro fue condenado por un nuevo delito de abuso sexual.
Los acusados no se presentaron en la vistilla de la Audiencia de Valencia y las acusaciones sostienen que se han fugado
VALÈNCIA, 7 de julio de 2025 – La Fiscalía y la acusación particular han solicitado una orden europea de detención y busca y captura internacional para los dos jóvenes condenados por la violación grupal a una menor de 14 años en septiembre de 2020 en L’Olleria, en la comarca de la Vall d’Albaida (Valencia). Ambos estaban citados este lunes a una vistilla de medidas cautelares en la Audiencia Provincial de Valencia, a la que no se han presentado.
Según han confirmado fuentes judiciales a Europa Press, uno de los condenados ya se encontraba en paradero desconocido en Alemania tras conocer la sentencia, y el segundo habría seguido el mismo camino recientemente, lo que ha llevado a las acusaciones a denunciar una fuga premeditada.
Condenas de hasta 20 años por abusos sexuales a una menor
El tribunal considera probado que mantuvieron relaciones con la víctima en una fiesta con la participación o presencia de otros
VALÈNCIA, 1 Jul. (EUROPA PRESS) – La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a sendas penas de 20 y 12 años de prisión, respectivamente, a dos hombres que abusaron sexualmente de una menor, de 14 años en el momento de los hechos, durante una fiesta celebrada el 27 de septiembre de 2020 en un paraje ubicado a las afueras de L’Olleria, en la comarca de la Vall d’Albaida.
La Sala impone a cada uno de los penados 12 años de prisión como autores de un delito de abuso sexual a menor de 16 años cometido durante la celebración, y les prohíbe acercarse a menos de 200 metros de la víctima y comunicarse con ella por un periodo de 16 años.
A uno de ellos, además, le impone otros ocho años de cárcel por un segundo delito de abuso sexual, cometido tras la fiesta en una vivienda deshabitada del mismo municipio, así como la prohibición de comunicación y aproximación a la perjudicada durante otros 10 años, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
Ambos deberán pagar a la perjudicada de forma conjunta y solidaria una indemnización de 50.000 euros por los daños morales que sufrió a consecuencia de los abusos. La sentencia, que absuelve a otros dos condenados inicialmente, no es firme y puede recurrirse en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Los cuatro acusados de la denominada ‘manada’ de la Vall d’Albaida negaron los hechos en la vista en un caso en el que, según apuntaba la Guardia Civil, la menor pudo haber sido violada por hasta 15 personas, algunas de ellas no identificadas entre los dos escenarios en los que ocurrieron los hechos.
Los hechos ocurrieron la noche del 27 de septiembre de 2020, cuando la víctima acudió a la fiesta junto a una amiga y en ella coincidió con los dos individuos condenados y un número indeterminado de personas, la mayoría de ellos, hombres.
Tal y como recoge la sentencia, la menor tomó bebidas alcohólicas que afectaron a sus capacidades físicas y a su voluntad y comenzó a bailar con los ahora penados, quienes eran «plenamente conscientes» del estado en que se encontraba y de la edad que tenía.
A continuación, bien llevada o bien acompañada por ellos, la víctima se encontró en un lugar conocido como ‘el muro’, que es una zona apartada, aunque no lejana del sitio en el que se celebraba el baile. Allí, los dos condenados mantuvieron relaciones sexuales con ella de forma simultánea e intercambiándose las posiciones.
La chica se hallaba en una situación en la que no podía ver, pero sí escuchó hablar a los penados y sintió además que otros hombres se intercambiaban también la posición con los dos penados o miraban lo que ocurrían, aunque no pudiera reconocer a ninguno de ellos.
Poco después de estos hechos, cuando la perjudicada ya estaba llegando a la casa donde iba a pasar la noche, recibió varios mensajes de uno de los condenados en los que este le proponía hacer un trío.
La menor acudió con ese acusado a una casa deshabitada de la misma localidad donde se encontró con el otro participante, que había sido invitado a esta práctica sexual por el anterior.
Uno de ellos, que ha resultado absuelto, se fue en cuanto mantuvo relaciones sexuales con la niña, a la que no conocía previamente de nada. Por el contrario, el otro continuó abusando de ella hasta la siete de la mañana, cuando se fueron a sus respectivas casas.
La víctima no sufrió lesiones físicas, pero sí daños morales y denunció los hechos ante la Guardia Civil en compañía de su madre.
DOS ABSUELTOS
El Tribunal ha absuelto a dos de los cuatro acusados, uno de ellos el que participó en los hechos ocurridos en la vivienda deshabitada, que estaba acusado de un delito de abuso sexual, y el otro por un delito de corrupción de menores.
Respecto del primero, la Sala entiende que no hay suficientes pruebas para condenarle ya que, pese a que participó en el trío, a diferencia de los dos penados, no estaba en posición de plantearse la edad que tenía la chica.
La sentencia precisa que este acusado recibió una llamada de uno de los dos condenados para acudir al lugar y participar en un trío, pero no tuvo tiempo de «valorar sobre las condiciones y circunstancias personales» de la víctima, pues el lugar tenía poca iluminación y estuvo el tiempo justo de la práctica sexual.
En cuanto al otro hombre absuelto, que llevó a la víctima a casa de su abuela tras el primer episodio de abusos, y que estaba acusado de un delito de corrupción de menores, la Audiencia no ha hallado pruebas de que hubiera solicitado a la menor que le hiciera una felación, como sostenían las acusaciones.
Fiscalía pedía para uno de los jóvenes la pena de 24 años de prisión por dos delitos de abuso sexual a menor de 16 años; otros dos se enfrentaban a 12 años de cárcel por abuso sexual; y para el último reclamaba cinco años por un delito de corrupción de menores.
El fiscal, en la lectura de sus conclusiones, sostuvo que el comportamiento de los acusados con la menor fue «absolutamente monstruoso, de unos seres absolutamente sin ningún tipo de escrúpulos, sin la menor empatía y con un total desprecio por la víctima», a la que aseguró que trataron «como un objeto, como un trapo, como un trozo de carne para satisfacer sus apetencias».
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