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Valencia

¿Puedo viajar con mi mascota en los autobuses de la EMT?

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Requisitos y Coste para Viajar con Mascotas en los Autobuses de la EMT de Valencia

Los animales de compañía, como perros y gatos, pueden viajar en los autobuses de la EMT de Valencia, siempre que cumplan con una serie de requisitos y obtengan el carné EMT Mascota, que tiene un coste bianual de cinco euros, según ha informado el Ayuntamiento.

Para obtener este carné, los animales deben cumplir tres condiciones: pesar hasta 15 kilos, estar identificados con un chip, y viajar dentro de un transportín cuyas dimensiones no superen los 45x35x25 centímetros. Aunque las mascotas no pagan billete, es obligatorio que tengan el carné EMT Mascota, el cual debe validarse al subir al autobús. Este carné es personal e intransferible, válido por dos años y sin límite de viajes.

Las personas interesadas en obtenerlo pueden hacerlo en las oficinas de atención al ciudadano de la empresa de transportes, presentando el formulario de solicitud, la cartilla veterinaria que certifique que el animal está en buen estado de salud y con todas las vacunas obligatorias, junto con una foto carné de la mascota.

EMT Mascota

Abono para animales de compañía

  • Condiciones: Peso inferior a 15 kg y viajar en un transportín de tamaño inferior a 45x35x25 cm.
  • Título: Temporal, sin límite de viajes en la red de EMT Valencia durante su período de validez, siempre y cuando se cumplan los requisitos. (Normativa Vigente: Normativa 2024 EMT Mascota).
  • Precio de la tarjeta personalizada recargable: 5 euros.
  • Duplicado: 5 euros.
  • Precio del abono: Gratuito.

Uso en el autobús

  • Validación: Enseñar y validar al subir al autobús.
  • Ubicación del transportín: Debe colocarse sujeto entre los pies del portador o sobre su regazo, nunca en un asiento.
  • Derechos y restricciones: Prima el derecho de las personas sobre los animales, por lo que no deben causar molestias ni representar un peligro para el resto de los viajeros.
  • Acompañantes: Este título no da derecho a la gratuidad de un acompañante menor de 6 años.
  • Personalidad: El carné es personal e intransferible.
  • Ámbito de validez: Toda la red de EMT.

Solicitud, activación, recarga, renovación y duplicados

  • Puntos de gestión: En las Oficinas de Atención a la ciudadanía de EMT, abonando el coste de 5 euros de la tarjeta.
  • Documentos necesarios:
    • Formulario de solicitud debidamente cumplimentado (disponible en las Oficinas de Atención de EMT).
    • Original y fotocopia del NIF, NIE o pasaporte (anverso y reverso legibles) de la persona propietaria.
    • Original y fotocopia de la cartilla de vacunación actualizada (con menos de un año de antigüedad) de la mascota.
    • Foto carnet de la mascota.
  • Tramitación: La solicitud o renovación debe ser realizada por la persona propietaria de la mascota. Se acepta la autorización a terceras personas, mediante escrito firmado por el propietario, junto con copia del DNI tanto del propietario como del autorizado.

Vigencia y renovación

  • Validez: Dos años desde su obtención o renovación.
  • Renovación: Debe realizarse antes de la fecha de caducidad (2 años desde su obtención). Requiere tramitar una nueva tarjeta, aportando la documentación requerida y la tarjeta a caducar, en cualquiera de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de EMT.
  • Revisión periódica: EMT puede realizar revisiones para comprobar el cumplimiento de los requisitos. La pérdida del derecho no implica la devolución de importes abonados.

Normativas especiales

  • Los perros guía y animales terapéuticos tienen su propia normativa, que no está contemplada en el título EMT Mascota y se mantiene vigente.

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Valencia

Sanidad cobrará las consultas y operaciones ambulatorias por accidentes de tráfico

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fallecidos carreteras comunitat valenciana

La Generalitat facturará a las compañías de seguros la asistencia sanitaria derivada de estos siniestros en la sanidad pública valenciana

La Conselleria de Sanidad cobrará las consultas médicas, intervenciones quirúrgicas ambulatorias y demás asistencias sanitarias derivadas de accidentes de tráfico a las aseguradoras, tras la renovación de los convenios que regulan esta prestación en la Comunitat Valenciana. La medida estará vigente durante el período 2026-2029 y permitirá repercutir estos costes al sector asegurador, evitando que recaigan sobre el sistema público.

El Pleno del Consell ha autorizado la renovación de dos convenios de asistencia sanitaria por accidentes de tráfico, que actualizan el marco de colaboración entre la Generalitat y las principales entidades del sector asegurador. En concreto, se ha aprobado la firma de un nuevo convenio entre la Generalitat —a través de la Conselleria de Sanidad— y el Consorcio de Compensación de Seguros, la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), así como con el Consorcio Hospital General Universitario de València y el Consorcio Hospitalario Provincial de Castelló.

Facturación a las aseguradoras por la atención sanitaria

Gracias a estos acuerdos, la sanidad pública valenciana podrá facturar a las compañías aseguradoras los gastos derivados de la atención a víctimas de accidentes de tráfico, incluyendo consultas, pruebas diagnósticas, tratamientos y operaciones ambulatorias. El objetivo es garantizar que los costes asistenciales derivados de este tipo de sucesos sean asumidos por las entidades responsables, de acuerdo con la normativa vigente.

Desde la Generalitat señalan que esta medida contribuye a la sostenibilidad del sistema sanitario público, al tiempo que asegura la correcta atención sanitaria a las personas accidentadas, con independencia de la cobertura de su póliza o de la entidad aseguradora implicada.

Convenio vigente hasta 2029

El nuevo convenio tendrá vigencia hasta el año 2029 y da continuidad a un modelo de colaboración que ya se venía aplicando en ejercicios anteriores. La renovación permitirá mantener un marco estable de coordinación entre la administración sanitaria y el sector asegurador, facilitando la gestión administrativa y la compensación económica por la asistencia prestada.

La decisión del Consell se produce en un contexto de elevada siniestralidad en las carreteras valencianas, especialmente en vías de gran capacidad como la AP-7, donde se registran numerosos accidentes de tráfico que requieren atención hospitalaria urgente y seguimiento médico posterior.

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