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Sucesos

Un youtuber deberá indemnizar con 20.000€ al repartidor al que llamó «caranchoa»

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El youtuber Sergio Soler, conocido como 'Mr. Granbomba', a su llegada hoy a los juzgados, en una imagen de archivo. EFE/Morell

Alicante, 16 ago (OFFICIAL PRESS- EFE).- El youtuber Sergio Soler, conocido como ‘Mr Granbomba’, ha sido condenado a indemnizar con 20.000 euros a un repartidor al que llamó «caranchoa» y que le propinó una bofetada, según una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia de Alicante.

El tribunal ha desestimado así el recurso del creador de contenido audiovisual contra la resolución inicial del Juzgado de Primera Instancia de Alicante, que ya falló en el mismo sentido hace un año y que obligó a Soler, además, a publicar el fallo de la sentencia en YouTube.

‘Mr. Granbomba’, que se dedicaba a la grabación de bromas con cámara oculta que luego subía a su canal de Youtube, abordó en diciembre de 2016 en una calle de Alicante a un repartidor de paquetería y le llamó «caranchoa» mientras le preguntaba por una dirección.

El mensajero abofeteó al bromista, un delito leve de lesiones por el que un juez, en su día, le impuso 30 euros de multa; si bien el vídeo de esa escena se hizo rápidamente viral en las redes sociales.

El repartidor se querelló con posterioridad contra el agredido por un delito de injurias graves con publicidad.

Ahora, la sentencia ratifica el fallo del Juzgado de Primera Instancia, en la que se afirmaba que el joven cometió una «intromisión ilegítima en el honor y en la propia imagen» del repartidor, «habiéndose lucrado con su imagen» a través del rédito económico que conseguía por los vídeos que subía a esta red social.

Asimismo, condena al exyoutuber a indemnizar al repartidor en concepto de daños morales con 20.000 euros, así como del pago de las costas del proceso.

Esta sentencia, no obstante, todavía puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

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Sucesos

Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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La Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años fallecida por pancreatitis aguda después de pasar 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica adecuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación de la asociación El Defensor del Paciente, cuyos abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre presentaron la reclamación patrimonial contra la sanidad pública por negligencia médica.

Cronología de los hechos

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias del Hospital General de València por dolor abdominal intenso, vómitos y sensación de hinchazón. Tras una primera exploración y ecografía abdominal, se diagnosticó pancreatitis aguda biliar y se solicitó su ingreso en hospitalización.

Sin embargo, no había camas disponibles, por lo que la paciente permaneció en un box de Urgencias durante 36 horas, esperando atención médica. Durante ese tiempo, no se registraron constantes vitales ni se realizaron controles ni analíticas. Finalmente, la mujer falleció sin recibir tratamiento, según señalan los informes.

Pancreatitis aguda: un riesgo grave

La pancreatitis puede presentarse de forma leve, con evolución favorable, o grave, con inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo orgánico múltiple, cuya mortalidad puede superar el 30%.

Los expertos subrayan que en los casos graves se requiere vigilancia intensiva y tratamiento inmediato. La ausencia de monitoreo y atención en Urgencias del Hospital General de València contribuyó directamente a la muerte de la paciente, según la asociación.

Declaraciones de la asociación

La asociación El Defensor del Paciente critica la inacción del personal sanitario, calificándola de «evitable» y de un incumplimiento del mínimo de atención esperado en cualquier hospital. La paciente quedó «privada de la posibilidad de un tratamiento que podría haber salvado su vida», añaden.

Indemnización y acuerdo

El seguro de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario cubrirán 225.000 euros en concepto de indemnización por negligencia médica, poniendo fin al procedimiento administrativo iniciado por los familiares de la fallecida.

 

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