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¿Cómo será el proceso de constitución de la nueva corporación municipal de València?

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Este sábado, 15 de junio, se constituirá la nueva corporación del Ayuntamiento de València, y el alcalde en funciones, Joan Ribó, revalidará su cargo público para los próximos cuatro años. Así, tal como prevé la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, en la misma sesión de constitución de la corporación se procederá a la elección de alcalde.

A las 10.30 horas empezará en el Hemiciclo el acto de constitución del Ayuntamiento resultante de las últimas elecciones municipales, pues según consta en la citada norma, «las corporaciones locales se constituirán, en sesión pública, el vigésimo día posterior a la celebración del escrutinio, salvo que se hubiera presentado recurso contencioso-electoral contra la proclamación de los regidores electos».

En primer lugar se constituirá una Mesa de Edad integrada por el concejal de mayor edad, Joan Ribó (Compromís), que presidirá este órgano de gobierno de carácter transitorio, y por la concejala más joven, Lucía Beamud (también de Compromís). Junto al secretario de la corporación, comprabarán las credenciales presentadas, o acreditaciones de la personalidad de los electos con base a las certificaciones que al Ayuntamiento haya remitido la Junta Electoral de Zona. Y, una vez realizada esta operación, declararán constituida la corporación.

Seguidamente, el secretario general invitará a los componentes de la Mesa de Edad a formular el juramento o promesa del cargo de concejal o concejala, les hará entrega de los atributos correspondientes a tal representación pública e invitará al resto de ediles electos y electas a prestar juramento o promesa. Así, conforme suban al estrado y presten juramento o prometan su dedicación, recibirán el cordón de concejal o concejala.

En primer lugar, lo harán 8 de los 10 representantes de Compromís, con Isabel Lozano a la cabeza, como número 2 de la lista electoral (los otros dos concejales de Compromís ya forman parte de la Mesa de Edad). Después, pasarán por el estrado María José Catalá y otros 7 regidores y regidoras del Partido Popular. Sandra Gómez y otros 6 ediles del Partido Socialista, seguirán el protocolo que completarán Fernando Giner y otros 5 concejales y concejalas de Ciudadanos, y finalizarán los 2 regidores de Vox, encabezados por José Gosálbez.

Constituida definitivamente la corporación, se procederá a la elección del alcalde Joan Ribó. Conforme la legislación en vigor, el secretario leerá las candidaturas presentadas, todos los concejales y concejalas que han encabezado sus correspondientes listas; y será proclamado electo  o proclamada electa quién obtenga la mayoría absoluta de los votos. La votación será secreta en una urna, y se realizará mediante papeletas en las cuales cada regidor o regidora tiene que indicar expresamente el nombre y apellidos del candidato o candidata, como mínimo los apellidos. Y serán nulas aquellas en las cuales no conste con claridad el candidato o la candidata a la cual se vota o contengan expresiones ajenas a la finalidad de la votación. En esta ocasión, los concejales y concejalas serán llamados por orden alfabético, siendolos miembros de la Mesa de Edad los últimos en votar.

Realizada la votación y el escrutinio, el aspirante con más votos será proclamado alcalde de València y, como tal, jurará su cargo y recibirá el bastón de alcalde como símbolo de su responsabilidad. Tras ocupar su escaño, en la presidencia del Hemiclo, los integrantes de la Mesa de Edad se reintegraran con el resto de sus compañeros. Como resultado de las últimas elecciones del 26 de mayo pasado, el candidato con más escaños es el actual alcalde, Joan Ribó, correspondiente a la lista de Compromís.

A continuación, y como colofón del acto que, aproximadamente, durará unas dos horas y media, intervendrán los portavoces de los distintos grupos políticos representados en el Ayuntamiento, con un tiempo máximo de 10 minutos, y por orden de menor a mayor número de votos: Vox, Ciudadanos, PSOE, PP y Compromís. Finalmente, y sin limitación, intervendrá el alcalde, quien, asimismo, levantará la sesión.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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