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Condenado a 14 años de cárcel por intentar quemar a su exmujer y la hija de ésta

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VALÈNCIA, 25 Nov.- La sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a 14 años y 8 meses de cárcel por intentar quemar a su exmujer y a la hija de ésta, una joven de 16 años, en plena calle. El tribunal no cree la versión que ofreció el acusado en el juicio cuando aseguró que el que quería acabar con su vida era él pero que el gasoil les salpicó a ellas.

«La versión exculpatoria del acusado no se sostiene. Con independencia que se quisiera o no suicidar, lo cierto es que su tesis de que el líquido inflamable se derramó sin querer o de forma imprudente no resulta verosímil, simplemente por el hecho de que las ropas de las víctimas resultaron mojadas de forma intensa e importante. Tampoco es defendible que la hija se quemara el pelo al tocarse la cabeza con el cigarrillo que portaba».

Así consta en la sentencia, que condena al hombre a 14 años y 8 meses de prisión por dos delitos de asesinato intentado, un delito de maltrato y un delito leve continuado de injurias. Además, tendrá que indemnizar tanto a su expareja como a la hija de ésta con 4.000 euros para cada una por daño moral.

El ministerio fiscal le pedía 50 años de prisión al estimar que el hombre también intentó quemar a la hija en común de la pareja, de dos años, que en el momento de los hechos se encontraba en el coche de la mujer. Sin embargo, el tribunal no lo ve probado al estimar que se ignora en qué términos se desarrolló la acción al no verlo las víctimas, que huyeron del lugar. Sí contempla que vertió gasoil por el techo del vehículo, pero no que le prendiera fuego ni que pensara hacerlo.

La pareja se separó en marzo de 2017 y los hechos se remontan a unos meses después, diciembre. El día 26 de ese mes, la mujer se acercó con las menores hasta el domicilio del condenado, ubicado en la localidad valenciana de L’Alcúdia, porque su expareja le había hecho creer que iba a entregarle la pensión de alimentos.

Le comentó que guardaba el dinero en el portal del edificio y cuando ésta entró –las niñas permanecían en el coche, aparcado en la puerta–, tras una breve conversación, cogió una botella de plástico transparente que contenía gasoil y la roció, tal y como recoge la sentencia.

La mujer salió corriendo del lugar mientras era perseguida por su expareja y comenzó a gritar ‘socorro que me queman’. Ante los gritos, la hija de 16 años, que se encontraba en el coche, salió e interceptó al hombre, al que empujó contra otro vehículo estacionado. Esto permitió a su madre refugiarse en una frutería próxima desde donde llamó al ‘112’.

El hombre, al ver frustrado su objetivo, cogió del pelo a la joven, y con ánimo de atentar contra su vida, empezó a rociarla con gasoil que contenía la botella que llevaba en las manos. Con una mano la sujetaba y con la otra vertía el líquido sobre su cabeza y ropa.

A continuación, encendió el mechero que llevaba y lo aproximó a la joven, prendiéndole fuego al pelo. La chica consiguió soltarse a pesar de tenerla cogida del cuello y se dio golpes contra la cabeza con las manos para apagarse el fuego. Consiguió huir y meterse en una vivienda que se encontraba con la puerta abierta donde se refugió.

Después, el hombre vertió una cantidad no determinada de gasoil sobre el techo del coche propiedad de su exmujer, en cuyo interior estaba la hija en común de dos años, que ocupaba su silla reglamentaria, situada en los asientos traseros.

Como consecuencia del incidente, la mujer precisó asistencia facultativa y tratamiento psicológico; mientras que la hija mayor sufrió quemaduras de primer grado en cuero cabelludo y una contusión en la espalda. Precisó asistencia médica y también ayuda psicológica.

Fuente: EUROPA PRESS

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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