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Condenado a 14 años de cárcel por intentar quemar a su exmujer y la hija de ésta

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VALÈNCIA, 25 Nov.- La sección primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un hombre a 14 años y 8 meses de cárcel por intentar quemar a su exmujer y a la hija de ésta, una joven de 16 años, en plena calle. El tribunal no cree la versión que ofreció el acusado en el juicio cuando aseguró que el que quería acabar con su vida era él pero que el gasoil les salpicó a ellas.

«La versión exculpatoria del acusado no se sostiene. Con independencia que se quisiera o no suicidar, lo cierto es que su tesis de que el líquido inflamable se derramó sin querer o de forma imprudente no resulta verosímil, simplemente por el hecho de que las ropas de las víctimas resultaron mojadas de forma intensa e importante. Tampoco es defendible que la hija se quemara el pelo al tocarse la cabeza con el cigarrillo que portaba».

Así consta en la sentencia, que condena al hombre a 14 años y 8 meses de prisión por dos delitos de asesinato intentado, un delito de maltrato y un delito leve continuado de injurias. Además, tendrá que indemnizar tanto a su expareja como a la hija de ésta con 4.000 euros para cada una por daño moral.

El ministerio fiscal le pedía 50 años de prisión al estimar que el hombre también intentó quemar a la hija en común de la pareja, de dos años, que en el momento de los hechos se encontraba en el coche de la mujer. Sin embargo, el tribunal no lo ve probado al estimar que se ignora en qué términos se desarrolló la acción al no verlo las víctimas, que huyeron del lugar. Sí contempla que vertió gasoil por el techo del vehículo, pero no que le prendiera fuego ni que pensara hacerlo.

La pareja se separó en marzo de 2017 y los hechos se remontan a unos meses después, diciembre. El día 26 de ese mes, la mujer se acercó con las menores hasta el domicilio del condenado, ubicado en la localidad valenciana de L’Alcúdia, porque su expareja le había hecho creer que iba a entregarle la pensión de alimentos.

Le comentó que guardaba el dinero en el portal del edificio y cuando ésta entró –las niñas permanecían en el coche, aparcado en la puerta–, tras una breve conversación, cogió una botella de plástico transparente que contenía gasoil y la roció, tal y como recoge la sentencia.

La mujer salió corriendo del lugar mientras era perseguida por su expareja y comenzó a gritar ‘socorro que me queman’. Ante los gritos, la hija de 16 años, que se encontraba en el coche, salió e interceptó al hombre, al que empujó contra otro vehículo estacionado. Esto permitió a su madre refugiarse en una frutería próxima desde donde llamó al ‘112’.

El hombre, al ver frustrado su objetivo, cogió del pelo a la joven, y con ánimo de atentar contra su vida, empezó a rociarla con gasoil que contenía la botella que llevaba en las manos. Con una mano la sujetaba y con la otra vertía el líquido sobre su cabeza y ropa.

A continuación, encendió el mechero que llevaba y lo aproximó a la joven, prendiéndole fuego al pelo. La chica consiguió soltarse a pesar de tenerla cogida del cuello y se dio golpes contra la cabeza con las manos para apagarse el fuego. Consiguió huir y meterse en una vivienda que se encontraba con la puerta abierta donde se refugió.

Después, el hombre vertió una cantidad no determinada de gasoil sobre el techo del coche propiedad de su exmujer, en cuyo interior estaba la hija en común de dos años, que ocupaba su silla reglamentaria, situada en los asientos traseros.

Como consecuencia del incidente, la mujer precisó asistencia facultativa y tratamiento psicológico; mientras que la hija mayor sufrió quemaduras de primer grado en cuero cabelludo y una contusión en la espalda. Precisó asistencia médica y también ayuda psicológica.

Fuente: EUROPA PRESS

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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