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Estas son las playas con bandera azul de la Comunitat Valenciana

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La Comunitat Valenciana lidera en 2020 en ránking de playas con bandera azul en España, un distintivo que cada año es concedido a playas y puertos a través de un sistema de certificación de la calidad ambiental desarrollado por la FEE (Foundation for Environmental Education) desde el año 1987. Los requisitos para obtener la bandera azul se rigen por las siguientes áreas: la calidad de las aguas, la información y educación ambiental, la gestión ambiental y la seguridad y los servicios e instalaciones que ofrecen.

Este año las playas con bandera azul de la Comunitat Valenciana son las siguientes:

VALÈNCIA:

Bellreguard

Canet d’en Berenguer: Racó de la Mar

Cullera: Cap Blanc, El Dossel, El Far, Los Olivos, Racó Sant Antoni

Daimús: Daimús

Gandía: Nord

Miramar: Miramar

Oliva: L’ Aigua Morta, L’Aigua Blanca, Pau-Pi, Terranova-Burguera

Piles

Puçol

Sagunt: Corint, L’Almardá

Port de Sagunt

Tavernes de la Valldigna: La Goleta, Tavernes de la Valldigna

Valencia: Cabanyal, El Saler, L’ Arbre del Gos, La Devesa, La Garrofera, Malva-rosa Recatí-Perellonet

Xeraco

ALICANTE:

Alicante: L’Albufereta, Postiguet, Saladar-Urbanova, Sant Joan, Tabarca

Altea: Cap Blanc, La Roda, L’Espigó

Benidorm: Llevant, Mal Pas, Ponent

Benissa: Cala Fustera

Calp: Cantal Roig, La Fossa, L’Arenal-Bol

Denia: Les Bovetes, Les Deveses, Les Marines, Marineta, Cassiana Molins, Punta del Raset

El Campello: Carrer de la Mar, Mutxavista

El Poble Nou de Benitatxell: Cala del Moraig

Elx: Arenals del Sol-Sur, Carabassí, L’Altet, La Marina, Les Pesqueres-El Rebollo Finestrat: La Cala

Guardamar del Segura: Centre El Moncaio, La Roqueta

L’Alfàs del Pi: Racó de L’Albir

Orihuela: Aguamarina, Barranco Rubio, Cabo Roig -La Caleta, Cala Capitán, Cala Cerrada, Cala Estaca, Cala Mosca, Campoamor, La Zenia-Cala Bosque, Mil Palmeras, Punta Prima

Pilar de la Horadada: Conde Higuericas, Jesuitas, Mil Palmeras, Puerto Rocamar,

Santa Pola: Calas del Este, Calas Santiago Bernabéu, Llevant, Tamarit, Varador

Teulada: El Portet, La Ampolla, Les Platgetes

Torrevieja: Cabo Cervera, Cala de las Piteras, El Cura, Los Locos, Los Náufragos, Torrelamata-Sur

Vila Joiosa: Bon Nou Ciutat (Centro), La Caleta, Paradís, Varadero

Xàbia: L´Arenal, La Granadella La Grava

CASTELLÓN:

Alcalá de Xivert: El Carregador, El Moro, La Romana, Manyetes

Almenara: Casablanca

Benicarló: La Caracola, Morrongo

Benicàssim: Dels Terrers, Heliópolis, L´Almadrava, Torre de Sant Vicent, Voramar

Burriana: El Grao-Malvarrosa, L´Arenal

Castellón de la Plana: Gurugú, Pinar

Moncofa: Grao, L’Estanyol, Masbó, Pedra Roja

Nules: Marines

Oropesa del Mar: La Conxa, Les Amplaries, Morro de Gos, Plagetes de Bellver

Peñíscola: Nord

Torreblanca: Nord

Vinaròs: Fora Forat, Forti

Xilxes: El Cerezo, Les Cases

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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