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Valencia

Catalá: «La Cabalgata de las Reinas Magas no se justifica ni por tradición ni colaboración»

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Cabalgata Reinas Magas Valencia
Cabalgata de las Reinas Magas, organizada por la Societat Coral del Micalet, que pretende recuperar el espíritu de la Festa de la Infantesa que tuvo lugar en esta ciudad cuando fue capital de la República en 1937. EFE/ Miguel Ángel Polo/Archivo

València, 8 ene (OFFICIAL PRESS-EFE).-La alcaldesa de València, María José Catalá, ha asegurado este lunes que la Cabalgata de las Magas de Enero o Reinas Magas de Valencia, cuya organización ha pedido autorización para celebrarla el día 14 de enero, «no se justifica ni por tradición ni por colaboración económica del Ayuntamiento».

Preguntada sobre este asunto en la reunión que ha mantenido con la consellera de Medio Ambiente, Salomé Pradas, por L’Albufera, Catalá ha incidido en que el itinerario de esta cabalgata -que respaldó el anterior equipo de gobierno municipal, formado por Compromís y PSPV- «tiene informes desfavorables» de los departamentos municipales de Movilidad y Policía Local.

La Cabalgata de las Reinas Magas

Ha explicado que el trazado que solicitan ocupar «ya está ocupado por otros eventos y son vías principales y, en cuanto el Ayuntamiento no es colaborador -sí lo era en anterior legislatura-, evidentemente no se justifica ni por tradición ni por colaboración pública el desviar esas vías o impedir otras actividades previstas».

«Se hacen los informes oportunos y como el Ayuntamiento ya no colabora con esta actividad no está justificado el interés general de desviar unas vías principales y limitar que se realicen otros eventos», ha insistido para recordar que «como cualquier actividad íntegramente privada», debe contar con unas autorizaciones.

Preguntada por la Cabalgata de Reyes de València y las críticas sobre que estaba realizada con material reciclado de otros espectáculos, ha explicado que las empresas que se dedican a este tipo de actividades «utilizan las producciones en varias ocasiones todos los años».

Ha negado que las críticas sean por desconocimiento, especialmente de Compromís, por su «estrecha relación con empresas del sector», por lo que cree que son «a mala fe».

También ha indicado que era «una cabalgata infantil, que fomentaba la lectura» y cree que han «cumplido el objetivo», al tiempo que ha afirmado que quien «tenga problemas con la presencia de un Quijote, tiene problemas con la cultura española».

Catalá ha sostenido que «no va a entrar» en ataques personales, como el PSPV -ha recordado que dijeron que fue pueblerina-, porque no es su forma de hacer política y ha defendido que «cualquier pueblo o municipio es digno de respeto, Albacete o Campillo de Altobuey» (Cuenca).

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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