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La Generalitat amplía 21 días más las medidas de control del ocio nocturno

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El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha anunciado este sábado la extensión otros 21 días de las medidas de prevención frente al coronavirus adoptadas el 17 de agosto para intensificar en el control de la pandemia y proteger a los valencianos y las valencianas. Se trata de restricciones que afectan principalmente a la limitación de horario y aforo, así como aspectos relativos a las reuniones familiares y sociales, y al acceso a las residencias de personas mayores y personas con diversidad funcional.

El responsable del Consell ha trasladado esta decisión, que está previsto que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el lunes y que entre en vigor el próximo martes, tras mantener una reunión por videoconferencia con la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló. «Hay que acelerar el control de la pandemia; por ello, hay que ser constantes en las medidas restrictivas y preventivas puestas en marcha para insistir en esta línea», ha indicado el president de la Generalitat.

Ximo Puig también ha trasladado que la semana que viene se firmará el convenio de adhesión a la ‘app’ Radar Covid desarrollada por el Gobierno para su progresiva puesta en marcha, a medida que se vayan resolviendo distintos aspectos técnicos y de compatibilidad. «Esta herramienta nos ayudará en las tareas de detección precoz, que en estos momentos son básicas: una detección precoz para una atención precoz», ha manifestado.

Respecto a los rastreadores que reforzarán la red de vigilancia y seguimiento de casos de la Conselleria de Sanidad, el responsable del Consell también ha avanzado que la semana pasada tuvo lugar la primera reunión con la Unidad Militar de Emergencias (UME) y que «en los próximos días» comenzarán a actuar los rastreadores del Ministerio de Defensa

Prórroga de medidas preventivas

Las medidas que se prorrogan, aprobadas el 17 de agosto tras el acuerdo alcanzado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, se refieren al ocio nocturno, hostelería y restauración, eventos masivos, residencias, tabaco y cribados.

En lo que respecta al ocio nocturno, en la Comunitat Valenciana se mantendrá la suspensión de la actividad de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.

Asimismo, en los establecimientos de hostelería y restauración, terrazas y bares o restaurantes de playa, se mantiene la obligación de asegurar 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. Esta distancia tiene que estar medida entre las personas más próximas de las diferentes mesas o agrupaciones, que deben tener una ocupación máxima de 10 personas.

Por otro lado, los establecimientos y servicios de hostelería y restauración deberán seguir cerrando no más tarde de las 01.00 horas. Además, no se pueden consumir productos o bebidas del establecimiento fuera del área limitativa de la terraza, y no se permite el consumo colectivo o en grupo de bebidas en la calle o en espacios públicos.

La nueva resolución incluye, como novedad con respecto a la anterior, que los establecimientos considerados como casinos de juego, salas de bingo, salones de juegos, salones recreativos y locales especi?ficos de apuestas también debera?n cerrar no ma?s tarde de las 01.00 horas, sin que pueda permitirse el acceso de nuevos clientes a partir de las 00:00 horas. Estas medidas son de aplicacio?n todos los di?as de la semana, incluidos los festivos.

Además, se mantiene la recomendación de limitar las reuniones familiares o sociales, en espacios privados, a un máximo de 10 personas.

Respecto a eventos y actividades cuya afluencia prevista supere las 400 personas, su organización continúa supeditada a autorización previa por parte de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.

Se mantiene la prohibición de fumar en la vía pública o en espacio al aire libre cuando no se puede respetar una distancia mínima interpersonal de al menos 2 metros. Esta limitación aplica a cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados, incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo.

Tal y como se indicaba en la anterior resolución y sin perjuicio del desarrollo correspondiente que establezca la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en las residencias y centros sociosanitarios, también en los centros de carácter residencial de tratamiento de las adicciones dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal, se realizarán pruebas PCR a todos los nuevos ingresos y reingresos con 72 horas de antelación como máximo.

Además, siguen limitadas las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día, a excepción de aquellas personas que se encuentren en proceso del final de la vida.

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Cambios en el sistema de pensiones en España: qué debes saber si te jubilas a partir de 2026

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Forbes elige Valencia jubilación

El sistema público de pensiones en España sigue adaptándose a los retos del envejecimiento poblacional y la sostenibilidad financiera. Los trabajadores que planeen su jubilación a partir del 1 de enero de 2026 deben tener en cuenta que entran en vigor varios ajustes clave en la edad de retiro, los requisitos de cotización y el cálculo de la pensión.

Estos cambios forman parte de la reforma de las pensiones aprobada en la Ley 27/2011 y ratificada posteriormente por el Real Decreto-ley 2/2023.


Edad legal de jubilación en 2026

Desde 2026, la edad de jubilación en España se estructura en un sistema dual en función de los años cotizados:

  • 65 años → para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización.

  • 66 años y 10 meses → para quienes no lleguen a esa cifra mínima.

Este cambio supone un incremento respecto a 2025, cuando la jubilación estaba fijada en 66 años y 8 meses para los trabajadores sin cotización suficiente.

El calendario progresivo culminará en 2027, cuando la edad legal de jubilación será de 67 años, salvo para quienes tengan carreras de cotización largas que les permitan retirarse antes.


Requisito mínimo de cotización para cobrar la pensión

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación, se requiere:

  • Haber cotizado al menos 15 años.

  • Que dos de esos años estén dentro de los 15 previos a la jubilación.

🔹 Si no se cumple este mínimo, la persona no pierde del todo el derecho a prestaciones, pero no podrá acceder a una pensión contributiva. En su lugar, puede solicitar el subsidio para mayores de 65 años, siempre que cumpla los requisitos de residencia y nivel de renta.


Nuevo sistema de cálculo de la pensión desde 2026

Uno de los cambios más destacados es la introducción de un sistema dual de cómputo de la base reguladora, que se aplicará de forma progresiva:

  • Opción 1: se mantiene la fórmula actual → últimos 25 años cotizados.

  • Opción 2: se podrán elegir los mejores 27 años dentro de un periodo de 29, descartando los dos peores.

La Seguridad Social aplicará automáticamente el cálculo más favorable para el trabajador, lo que beneficia especialmente a quienes hayan tenido periodos de desempleo o salarios bajos en los últimos años.


Impacto para trabajadores y empresas

  • Para los trabajadores, se recomienda revisar con antelación la vida laboral y las bases de cotización, usando los simuladores de pensión de la Seguridad Social.

  • Para las empresas y autónomos societarios, será clave llevar un control exhaustivo de cotizaciones, ya que lagunas laborales pueden reducir la futura pensión.


Por qué se aplican estos cambios

El objetivo de esta reforma es garantizar la viabilidad del sistema de pensiones en un contexto de envejecimiento demográfico. Según el INE, en 2050 casi un 30% de la población española tendrá edad de jubilación, mientras que Eurostat sitúa la esperanza de vida en más de 83 años, una de las más altas de Europa.

Con estas medidas, la Seguridad Social busca equilibrar la solidaridad entre generaciones y asegurar que los futuros jubilados cuenten con pensiones dignas y sostenibles.

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