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¿Sabes cuál es el salario medio de los valencianos?

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VALÈNCIA/MADRID, 8 Nov. – El salario medio mensual en la Comunitat Valenciana, en términos brutos, se elevó a 1.784,8 euros en 2018, un aumento de 107 euros respecto al año anterior, 2017, en el que cayó a 1.677,8 tras haberse situado en 1.736,7 en 2016, según el análisis de salarios que elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE) a partir de los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA). La cifra de 2018 es la más alta de los últimos cinco años en la Comunitat Valenciana.

A nivel nacional, el salario medio mensual, en términos brutos, alcanzó los 1.944,4 euros en 2018, lo que supone un 2,9 por ciento más que en 2017, su mayor aumento en diez años. Es el segundo año consecutivo en el que se incrementa el salario medio después de que en 2016 bajara por primera vez en diez años.

El salario medio de los valencianos es, por tanto, 159,2 euros menos que el nacional, lo que sitúa a la Comunitat como la sexta con el salario medio más bajo, solo por encima de Castilla-La Mancha, Murcia, Andalucía, Canarias y Extremadura.

Según los datos del INE, el 30% de los asalariados (4,8 millones) ganaron menos de 1.260,9 euros brutos al mes en 2018, mientras que el 40% (6,4 millones) obtuvo remuneraciones de entre 1.260,9 y 2.187,2 euros brutos mensuales y el 30% restante (4,8 millones de asalariados) cobró un sueldo superior a 2.187,2 euros al mes,

De acuerdo con esta estadística, un total de 3,2 millones de asalariados (el 20%) ganaron menos de 1.046,9 euros brutos al mes durante el año 2018. De ellos, en torno a 1,62 millones de trabajadores ganaron menos de 748,7 euros mensuales.

Por sexos, el 15,6% de las mujeres ganaron menos de 748,7 euros brutos mensuales el año pasado y el 13,5% percibió un sueldo bruto de entre 748,7 y 1.046,9 euros al mes. En los hombres, estos porcentajes descienden hasta el 4,8% y el 6,7%, respectivamente.

Para elaborar esta estadística, el INE ordena a todos los asalariados –16.215.800 personas durante el pasado año– según la cuantía del salario mensual percibido y los divide en 10 grupos iguales, con el 10% de los trabajadores en cada grupo.

Como resultado, el salario mediano, que divide al total de los trabajadores en dos partes iguales, los que tienen un salario superior y los que tienen un salario inferior, se situó en 2018 en 1.642,3 euros brutos mensuales, un 3,2% más que en 2017 (52 euros más). Este salario mediano es más de 300 euros inferior al salario medio de 2018 (1.944,4 euros).

Con el avance registrado en 2018, el salario mediano pone fin a tres años consecutivos de descensos. En 2013, el salario mediano era de 1.600 euros brutos al mes y escaló en 2014 hasta los 1.602,5 euros. En 2015 la tendencia se invirtió y se situó por debajo de los 1.600 euros brutos al mes hasta 2017.

Según los datos del INE, las mujeres, los jóvenes, las personas con un menor nivel de formación, los trabajadores a tiempo parcial y los trabajadores temporales presentan los salarios más bajos.

Así, el 48,5% de los asalariados con contrato temporal ganaron menos de 1.260,9 euros en 2018, frente al 23,4% de los indefinidos que se encontraban en esta misma situación. En las mujeres, cuatro de cada diez percibió un sueldo inferior a 1.260,9 euros mensuales, frente a dos de cada diez varones. Entre los jóvenes menores de 25 años, el porcentaje que cobra menos de 1.260,9 euros al mes alcanza el 65%, prácticamente a dos de cada tres.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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