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Valencia

Operan de obesidad mórbida a una joven de 175 kilos en València

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Cirugía en un quirófano, en una imagen facilitada por el centro hospitalario.

València, 5 may (OFFICIAL PRESS-EFE).- Un equipo del Hospital Vithas Valencia 9 de Octubre han realizado con éxito una cirugía compleja a una paciente joven con obesidad mórbida, con un peso de 175 kilogramos, mediante una novedosa técnica llamada bypass tipo SADIS.

Aunque se trata de una técnica muy exigente técnicamente para los cirujanos, es la que permite perder más peso y curar o mejorar los problemas de salud, manteniendo además las funciones fisiológicas de digestión y absorción, informa Vithas.

Operan de obesidad mórbida a una joven en València

Con un peso de 175 kilogramos y una altura de 1,55 metros, la paciente tenía un índice de masa corporal (IMC) de 75, teniendo en cuenta que los IMC habituales más altos, rara vez sobrepasan la cifra de 55, es decir, que tenía una obesidad grado 3 u obesidad mórbida.

La paciente, cuya calidad de vida ha mejorado extraordinariamente, ha perdido en la actualidad 110 kilos y sin ningún problema de salud como consecuencia de la cirugía.

El doctor Ferrer, responsable del equipo que ha realizado la intervención, explica que con esta técnica «el estómago se hace más pequeño mediante una operación de manga gástrica y como se mantiene la válvula de entrada y de salida del estómago, tiene una función digestiva normal».

«Además, se le hace derivación de más de la mitad del intestino, de forma que la comida ya digerida solo recorre 3 metros de intestino (en lugar de los 6 a 8 metros habituales), pero donde se absorben los nutrientes suficientes para una vida sana», detalla Ferrer.

Este caso, además, tenía la complejidad de que la paciente tenía patologías asociadas, como hipertensión, colesterol alto, diabetes incipiente y grandes dificultades tanto de movilidad como para dormir.

En una primera consulta, un equipo médico multidisciplinar le planteó a la paciente una preparación preoperatoria de tres meses, en los que recibió una dieta hiperproteica e hipocalórica, asistencia psicológica, programas de ejercicio físico y tratamiento farmacológico de última generación.

Gracias a cómo se preparó a la paciente durante semanas, a la metodología durante la operación y la anestesia del paciente, a las 48 horas ya se fue a su casa con dieta líquida y paseos diarios de una hora, comenta Ferrer.

La paciente, tras la operación está recibiendo un seguimiento post operatorio, análisis sangre multidisciplinar, control médico y psicológico para cambios hábitos, ejercicio físico y nutrición, añaden desde Vithas.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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