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Un nuevo informe de la Guardia Civil sugiere que Simón oculta informes del 8M a la jueza

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Un segundo informe de la Guardia Civil entregado a la jueza Carmen Rodríguez-Medel que investiga el caso del 8M sugiere que el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), Fernando Simón, oculta información sobre el conocimiento que tenía el Gobierno de la pandemia antes del Día de la Mujer.

El informe, fechado el 1 de junio y cuyo contenido revela este jueves el diario El País, critica los retrasos en la entrega de la información reclamada al organismo dirigido por Simón y apunta que en la documentación entregada faltan datos reclamados a direcciones de correo electrónico de la citada dirección, entre ellas la del propio Simón.

El nuevo informe también incluye parte de la conversación off the record que la ministra de Igualdad, Irene Montero, mantuvo con una periodista de ETB antes de ser entrevistada en la que dice que a la última marcha del 8M había asistido menos gente por miedo al coronavirus.

Fuentes de la investigación han asegurado a Efe que este segundo documento de la Guardia Civil consta de 200 páginas, que amplía el primer informe entregado a la juez y que, si bien subsana algunos errores del inicial, mantiene la tesis de que el Gobierno contaba con información suficiente de la pandemia del coronavirus y su riesgo de contagio como para haber prohibido la manifestación del 8M en Madrid.

Las mismas fuentes señalan a Efe que en este segundo informe, elaborado por agentes de la Guardia Civil, se recogen muchas noticias publicadas en distintos medios de comunicación hasta una información del diario ABC del mismo 1 de junio, fecha en que es firmado el documento policial.

Hasta el momento, la jueza Rodríguez-Medel ha rechazado imputar en dos ocasiones a Fernando Simón, en tanto que mantiene la imputación sobre el delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco. Las acusaciones del primer informe y su filtración motivaron la destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de Madrid.

En el nuevo documento policial, y según publica El País, los agentes destacan que el primer requerimiento de información hecho al Centro de Alerta Sanitaria tiene fecha del 16 de abril y que, pese a que supuestamente este organismo se comprometió a entregarlo el 5 de mayo, finalmente no lo hizo hasta el 21 de mayo.

La Guardia Civil asegura que solo consiguieron recoger la documentación tras acudir al juzgado y personarse en el Centro de Alerta con una providencia del juzgado para exigirlo.

Además, el informe policial hace un estudio de 36 de los correos electrónicos así como de varios informes sobre la enfermedad manejados por Sanidad con el objeto de elaborar un «análisis cronológico de conocimiento del covid-19» que tuvo el Centro de Alerta antes del 8 de marzo.

Los autores del informe señalan que, pese a que el requerimiento judicial hacía mención expresa a la entrega de «todas las recomendaciones, instrucciones o directrices» que se hicieron durante aquellos días, «podrían faltar documentos» en el material que finalmente entregó el organismo dirigido por Simón, desde cuya cuenta de correo electrónico no se entregó ninguna información pese a que se le requirió.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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