Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Admitida a trámite la moción de censura del PSOE contra el Presidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez

Publicado

en

La Mesa de la Asamblea Regional de Murcia ha admitido este lunes a trámite la moción de censura presentada por los trece diputados del Grupo Parlamentario Socialista dirigida a retirar la confianza al presidente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Murcia, Pedro Antonio Sánchez.

Tal y como determina el Reglamento de la Cámara (artículo 163.4), la presidenta de la Asamblea Regional de Murcia, Rosa Peñalver, ha procedido a dar cuenta de esta decisión al interesado, a través de un escrito oficial y por correo electrónico.

A partir de ahora comienza a correr el plazo de dos días para la presentación de posibles mociones de censura alternativas, que finalizará el miércoles, 29 de marzo, a las 12,00 horas. La Mesa de la Cámara se reunirá a las 12,30 de ese mismo día, para decidir la admisión a trámite de las mociones de censura alternativas que se hubieren presentado, en tanto la Junta de Portavoces lo hará a las 13,00 horas para fijar la fecha del Pleno en que se procederá al debate y votación de la moción o mociones de censura presentadas. La sesión plenaria se celebrará en dos días sucesivos, tal y como recoge el Reglamento de la Cámara en el artículo 164.2.

La cuarta moción de censura presentada, y la tercera admitida a trámite

La moción de censura admitida este lunes a trámite es la cuarta que ha tenido entrada en el Registro de la Asamblea Regional de Murcia a lo largo de su historia; la tercera, en ser admitida a trámite, y la primera presentada por diputados del Grupo Parlamentario Socialista, ya que las registradas hasta la fecha fueron impulsadas por diputados del Grupo Parlamentario Popular – aún no teniendo mayoría en la Cámara- contra los presidentes del Consejo de Gobierno, Hernández Ros y Collado Mena, ambos socialistas.

La primera moción de censura fue presentada en la I Legislatura por los diputados del Grupo parlamentario Popular contra el presidente socialista Andrés Hernández Ros. Dado que Hernández Ros dimitió el mismo día en que fue registrada la moción de censura, el 9 de marzo de 1987, ésta no fue admitida a trámite.

La segunda moción de censura también fue presentada por los diputados del Grupo Parlamentario Popular en la I Legislatura, pero esta vez contra el presidente del Consejo de Gobierno, el socialista Carlos Collado Mena. Registrada el 20 de marzo de 1987, fue debatida el 30 y 31 de marzo de 1987, y rechazada por 14 votos a favor, diputados todos ellos del Grupo Popular; 23 en contra, de diputados del Grupo Socialista, y 0 abstenciones. En el debate se registraron tres ausencias, la de Carlos Alberola, María Teresa Alcaraz y Juan Carlos Navarro Valls, de los Grupos Parlamentarios Socialista, Mixto y Popular respectivamente, en tanto otros tres diputados del Grupo Mixto (Pedro Antonio Ríos, Emilio Petri y Andrés Santiago Arnaldos), aún estando presentes no respondieron al llamamiento de la votación.

La tercera moción de censura fue presentada también contra Carlos Collado Mena en la III Legislatura por diputados del Grupo Parlamentario Popular. Registrada el 24 de febrero de 1993, fue admitida el 26 de febrero de 1993 y debatida el 9 y 10 de marzo de 1993. La moción de censura fue rechazada por 17 votos a favor de diputados del Grupo Parlamentario Popular, los 24 en contra de los diputados socialistas, y las abstenciones de los 4 diputados de Izquierda Unida.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Hasta cuándo puedo presentar mi declaración de la renta 2024?

Publicado

en

Declaración de la Renta
PIXABAY

La campaña de la Renta 2024 (que se presenta en 2025) comienza el 2 de abril de 2025 y finaliza el 30 de junio de 2025, según informa la Agencia Tributaria. Todos los contribuyentes pueden presentar sus declaraciones por internet, mediante el programa Renta Web o desde la app oficial durante ese periodo.

📅 Plazos según modalidad de presentación

  • Online (internet): del 2 de abril al 30 de junio de 2025.

  • Domiciliación bancaria (a pagar): hasta el 25 de junio; después solo se admiten otros métodos de pago.

  • Plan “Le Llamamos” (por teléfono): teléfono desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio, con cita previa disponible desde el 29 de abril.

  • Presencial en oficinas: del 2 al 30 de junio, con cita previa desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.

⚠️ ¿Qué pasa si entregas fuera de plazo?

Si estás obligado a declarar y lo haces fuera del plazo:

  • Se aplican recargos automáticos: un +1% inicial, más un 1% adicional por cada mes de retraso.

  • Si Hacienda exige la presentación, los recargos pueden llegar hasta el 150% del importe, en casos graves.

  • Además, el pago de algunas devoluciones puede bloquearse hasta regularizar la situación con la Agencia Tributaria.

🎯 Recomendaciones clave

  1. No dejes la declaración para el último día, especialmente si domicilias el pago: hazla antes del 25 de junio.

  2. Si prefieres ayuda presencial o telefónica, reserva cita con antelación (teléfono: a partir del 29 de abril; presencial: desde el 29 de mayo).

  3. Aprovecha herramientas como el borrador online y el simulador de la AEAT para evitar errores o sorpresas en tu declaración.

  4. Si tienes condiciones especiales (autónomos, desempleo, varios pagadores), asegúrate de incluir todas las deducciones y declaraciones obligatorias.


Resumen de fechas clave

Modalidad Inicio Fin plazo declaración Fecha límite con domiciliación
Online (Renta Web/app) 2 de abril 30 de junio de 2025 N/A
A ingresar (domiciliado) 2 de abril 25 de junio de 2025 25 de junio
Vía telefónica 6 de mayo 30 de junio de 2025
Presencial 2 de junio 30 de junio de 2025

 


Cómo acceder al borrador y presentar la declaración

La Agencia Tributaria facilita varias vías para gestionar la declaración de forma telemática:

1. Con certificado electrónico o DNIe

Permite acceder a Renta Web de forma segura para consultar, modificar y presentar la declaración directamente desde el portal.

2. Con número de referencia

Es la opción más sencilla. Solo necesitas el NIF, la fecha de caducidad del DNI o el número de soporte del NIE, y el valor de la casilla 0505 de la declaración anterior o un IBAN si no la presentaste.

3. A través del sistema Cl@ve PIN

Combina una clave personal con un PIN temporal enviado por SMS. Es necesario estar registrado previamente, algo que puede hacerse online o presencialmente.


Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

 

Continuar leyendo