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Valencia

La jueza de la DANA incorpora la grabación clave del Cecopi realizada por el jefe de Aemet

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Aemet dana 29 octubre
El delegado de la Agencia Estatal de Meteorología en la Comunitat Valenciana, Jorge Tamayo (d), y el jefe de Climatología, José Angel Nuñez, durante la presentación del resumen climático del otoño, el avance del resumen anual de 2024 y la predicción estacional para el invierno 2024-2025. EFE/Kai Försterling

El audio, registrado por José Ángel Núñez, recoge un momento crucial sobre la alerta a la población durante la DANA del 29 de octubre y será prueba en la causa judicial.

La jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja (Valencia) ha admitido como prueba en la investigación por la gestión de la DANA del 29 de octubre una grabación de más de un minuto realizada por el jefe de Climatología de Aemet en la Comunitat Valenciana, José Ángel Núñez, durante la reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi).

El contenido del audio, ya de difusión pública a través de la Cadena SER, recoge un instante relevante de la reunión celebrada en plena emergencia climática, en el que se debate el envío del mensaje ES-Alert a la ciudadanía. En la conversación participan la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, actualmente investigada, la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, y un técnico.

La jueza considera lícita la grabación

Según el auto judicial, el audio fue realizado por uno de los participantes oficiales en la reunión, por lo que no vulnera ni el derecho al secreto de las comunicaciones ni el derecho a la intimidad, dado que no se trata de conversaciones privadas sino de actuaciones administrativas documentables en una situación de emergencia pública. La magistrada subraya que el contenido no afecta al ámbito íntimo de los interlocutores, por lo que puede ser incorporado íntegramente, incluso con imágenes.

De hecho, señala que la aportación de imágenes fue incluso aceptada por la defensa de la investigada Salomé Pradas, quien ya aportó a la causa una fotografía del Cecopi. No hubo objeción por parte del otro investigado, Emilio Argüeso, ex número dos de Pradas.

La jueza añade que la grabación se considera una prueba esencial para analizar cómo se gestionaron las medidas de alerta a la población durante la riada, que dejó graves consecuencias en la Comunitat Valenciana, especialmente en la comarca de l’Horta Sud.

La jueza rechaza un examen forense del testigo de Aemet

En un segundo auto, la instructora deniega la solicitud de un examen psiquiátrico a José Ángel Núñez, presentada por la defensa de Argüeso, que alegaba “lagunas de memoria” y anunciaba posibles acciones contra el testigo. La jueza tacha esta solicitud de «despropósito absoluto» y defiende la coherencia, precisión y valor técnico del testimonio del jefe de Aemet.

Asimismo, critica duramente que se pretenda desacreditar al testigo por su estado mental sin base científica ni hechos concretos, y alerta del riesgo de estigmatización de las enfermedades mentales como táctica legal. Según indica, esta estrategia refleja «la impotencia de la defensa para rebatir los hechos con datos y argumentos».

La instrucción del caso sigue adelante con la declaración de nuevos testigos y la aportación de pruebas que esclarezcan la toma de decisiones durante la DANA del 29 de octubre, en una investigación que pone el foco en la posible negligencia en la activación de protocolos de emergencia por parte de responsables políticos y técnicos.


 

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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