Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Alerta naranja en València y roja en Castellón por lluvias de hasta 180 l/m2 en 12 horas

Publicado

en

VALÈNCIA, 18 Oct. (EUROPA PRESS) – La provincia de Castellón se encuentra este jueves en alerta roja, riesgo extremo, por fuertes lluvias que dejarán hasta 180 litros por metro cuadrado en 12 horas, mientras que la provincia de Valencia lo está en alerta naranja ya que las precipitaciones descargarán un acumulado de 150 litros y en Alicante en amarilla ya que no superarán los 60 litros, según la predicción de la Aemet.

Esta alerta es consecuencia de la unión de dos borrascas, una que evoluciona desde el Mediterráneo y otra desde el Atlántico, que dejarán fuertes lluvias y tormentas en la Comunitat acompañadas de rachas de viento del nordeste fuerte en el litoral de Castellón.

De este modo, esta jornada el cielo estará nuboso o cubierto con precipitaciones fuertes que podrán ser persistentes y localmente muy fuertes y con tormenta, sobre todo durante la segunda mitad del día y en las provincias de Castellón y Valencia.

Por su parte, las temperaturas mínimas se mantendrán sin cambios y las máximas irán en descenso y no superarán los 24 grados. El viento soplará variable flojo, tendiendo en los litorales de Castellón y de Valencia a nordeste moderado con algún intervalo de fuerte a partir de la tarde.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Este es el límite para pagar en efectivo en España

Publicado

en

limite pagar efectivo españa

El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

Continuar leyendo