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Valencia

Alfonso Grau considera prescrito el cohecho y, en consecuencia, el blanqueo

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regalos caso Azud

València, 29 oct (EFE).- La defensa del ex vicealcalde de València Alfonso Grau (PP) ha presentado su escrito de defensa en la pieza A del caso Imelsa en el que advierte de la prescripción de la atribución del delito de cohecho impropio y, en consecuencia, rechaza la existencia de blanqueo de capitales.

El Juzgado de Instrucción 18 de Valencia dictó recientemente el auto de procesamiento del presunto entramado creado para la financiación del PP en las elecciones de 2007 y 2011, y señala a Alfonso Grau, quien fuera «mano derecha» de la alcaldesa de València Rita Barberá, como «recaudador de recursos económicos sustraídos a la regularidad y transparencia contable», y a María del Carmen García Fuster, la secretaria entonces del grupo municipal del PP, como administradora de esos recursos.

Alfonso Grau se encuentra en prisión desde el pasado mes de mayo por el caso Azud, relacionado con el supuesto cobro de comisiones ilícitas vinculadas a expedientes urbanísticos.

En su escrito de defensa en la pieza A del caso Imelsa, Grau considera que varias de las imputaciones que hace el juzgado están prescritas y lamenta la intención de procesarle.

Sin cohecho, defiende en el escrito, no existe blanqueo, y respecto a la malversación, su defensa advierte al instructor que no ha tenido en cuenta sentencias anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Baleares o del Supremo en el caso Noos, en referencia al carácter público o privado de las instituciones desde las que se realizaron determinados contratos o pagos.

En el referido auto de procesamiento, el juez recuerda que Alfonso Grau, además de portavoz del PP y concejal delegado de Grandes Proyectos, «ostentaba cargos de representación del Ayuntamiento de Valencia en distintos organismos, fundaciones y asociaciones, entre ellas el Centro de estrategias y desarrollo (CEyD), la Fundación para la Innovación Urbana (FIVEC) y la Fundación de Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB), participando en todas ellas como presidente o patrono».

Y añade: «el Ayuntamiento de esta ciudad canalizaba anualmente importantes cantidades de dinero a estas entidades con cargo a su presupuesto».

Expone asimismo el instructor que en la campaña electoral de 2007 dichas entidades canalizaron cerca de dos millones de euros a la firma Laterne, con quien el PP había contratado la promoción electoral, «en la mayoría de los casos, con aparente simulación comercial de trabajos nunca realizados o con claro sobrecoste».

Estas contrataciones constituyeron, a juicio del instructor, «un delito de malversación de caudales públicos del artículo 432 del Código Penal, conforme a su redacción vigente al tiempo de comisión de los hechos, y de un delito de cohecho impropio del artículo 422 del Código Penal, delitos de los que aparece, de todos ellos, como presunto autor el investigado Alfonso Grau».

Aunque el mismo instructor admite que la responsabilidad penal por el delito de cohecho impropio «debe de considerase prescrita al momento de su comisión», ve indicios de malversación en Alfonso Grau «en el hecho, de que como personas con poder ejecutivo de dirección tanto en FIVEC como en la FTCVB, consintieran, con la singularidad del periodo cronológico previo a unas elecciones, en contratos de vago contenido prestacional y una significada onerosidad, sin una explicación suficiente en descargo de ello».

«El dinero malversado se subsume en el concepto de caudales públicos, sea cual sea la condición que se quiera atribuir, en cualquier otro ámbito del derecho u orden jurídico disquisitivo, al carácter de la personalidad pública o privada de dichas fundaciones», expone en su auto de procesamiento el juez, y es en esta parte precisamente en la que el criterio de la defensa del ex vicealcalde difiere y esgrime la sentencia del caso Nóos, en la que Grau fue absuelto.

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Buenas noticias

Una donación altruista en València impulsa una cadena nacional de trasplantes de riñón en España

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Donación altruista València trasplantes riñón
Trasplante de riñón - GVA

Una donación altruista de riñón realizada en el Hospital Universitario Doctor Peset de València ha permitido activar una cadena nacional de trasplantes cruzados que ha beneficiado a varias personas con enfermedad renal crónica en España.

Tanto el donante como los receptores evolucionan favorablemente, en un caso que vuelve a poner en valor este tipo de donaciones, todavía poco frecuentes pero de enorme impacto en el sistema sanitario.

Qué es la donación altruista y por qué es clave

La donación altruista consiste en que una persona sana decide donar un órgano —en este caso un riñón— sin tener ningún vínculo familiar, afectivo o personal con el receptor.

Se trata de un acto completamente voluntario cuyo único objetivo es ayudar a otras personas.

“Es una de las expresiones más extraordinarias de solidaridad del sistema sanitario español”, explica Amparo Antón, coordinadora de trasplantes del Hospital Doctor Peset.

Además, este tipo de donaciones permite activar lo que se conoce como trasplantes cruzados, multiplicando el número de pacientes beneficiados.

Cómo funciona una cadena de trasplantes cruzados

En este caso, el proceso se desarrolló en varias fases:

  1. Un donante altruista dona su riñón sin conocer al receptor

  2. Ese riñón se traslada a otra comunidad autónoma para una persona compatible

  3. A su vez, otro donante incompatible con su familiar dona su riñón a un tercer paciente

  4. Se genera así una cadena que permite salvar varias vidas

Este sistema resulta especialmente útil cuando existen incompatibilidades entre donantes y receptores dentro de una misma familia.

Un modelo impulsado en España desde 2010

Este tipo de donación está promovido por la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) y se realiza en España desde 2010 bajo estrictos criterios:

  • Éticos

  • Clínicos

  • Legales

El objetivo es garantizar la seguridad del donante y el éxito del trasplante.

Hasta la fecha, en España se han registrado 26 donaciones altruistas, cuatro de ellas en el último año, que han permitido realizar 13 trasplantes de riñón gracias a estas cadenas.

El caso del Hospital Doctor Peset

La donación que ha activado esta cadena partió de un hombre de 52 años, en perfecto estado de salud física y mental, que llevaba tiempo considerando esta posibilidad.

La intervención se realizó siguiendo el mismo procedimiento que en los trasplantes de donante vivo. Tras la extracción, el riñón fue trasladado a otra comunidad autónoma, donde esperaba un receptor compatible.

Posteriormente, otro riñón procedente del hospital receptor se destinó a una tercera persona, completando así la cadena de trasplantes.

Requisitos para ser donante altruista

No cualquier persona puede realizar una donación de este tipo. Entre los requisitos principales se encuentran:

  • Ser mayor de edad

  • Tener plenas facultades mentales

  • Estar en excelente estado de salud

  • No presentar patologías que contraindiquen la cirugía

Además, el proceso incluye una evaluación exhaustiva:

  • Médica

  • Psicológica

  • Social

Todo ello para garantizar que la decisión es libre, consciente y sin ningún tipo de presión externa o compensación económica.

Un proceso largo y con control judicial

El proceso de donación altruista puede prolongarse durante varios meses e incluye un paso clave: una comparecencia judicial.

En ella, el donante reafirma su voluntad de donar el órgano de manera voluntaria.

Tras la intervención, el donante debe someterse a revisiones periódicas para comprobar su estado de salud y asegurar el correcto funcionamiento del único riñón restante.

Un gesto que salva varias vidas

Este caso demuestra el enorme impacto que puede tener una sola decisión solidaria.

La donación altruista no solo permite salvar una vida, sino que puede desencadenar una cadena que beneficie a múltiples pacientes, optimizando los recursos del sistema sanitario.

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