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Anticorrupción solicita procesar al expresidente Camps por malversación y prevaricación en la F1

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VALÈNCIA, 8 Jun. (EUROPA PRESS) – La Fiscalía Anticorrupción ha pedido que se procese únicamente al expresidente de la Generalitat Francisco Camps en la pieza uno del llamado caso Valmor, que investiga las presuntas irregularidades cometidas en la organización del Gran Premio de la Fórmula 1 en València, por los presuntos delitos de prevaricación y malversación, según han podido saber Europa Press.

De este modo, el Ministerio Público pide el sobreseimiento con respecto a los otros investigados en esta pieza, la exconsellera de deporte Johnson, el expiloto de motos Jorge Gaspar, su mano derecha en lo relativo a la F1, Belén Reyero, así como del exresponsable de la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunitat Valenciana Nicolás Figueras.

La causa Valmor está dividida en tres piezas: esta primera, formada por la negociación previa llevada a cabo por Camps a favor de Valmor, la empresa de Jorge Martínez ‘Aspar’, y en beneficio del expiloto, también investigado; una segunda con los contratos celebrados por Circuito del Motor, empresa pública encargada de la organización del Gran Premio, y determinados proveedores que resultaban adjudicatarios por orden de Valmor y la tercera relacionada con la absorción de Valmor por parte de la empresa pública Circuito del Motor.

La primera incluye también el aval del Consell sobre la Fórmula 1 a través de un contrato firmado el 19 de julio de 2011 «por orden directa» de Camps tras un viaje a Londres realizado días antes. El expresident dimitió de su cargo el 20 de julio por la conocida como ‘causa de los trajes’ derivada del caso Gürtel.

Reyero, durante su declaración ante el juzgado que investiga esta causa, aseguró que todo el proyecto y las decisiones que se adoptaban sobre él venían dadas por Camps, tanto en la gestión de la prueba como en el hecho de que estuviera Valmor en su organización.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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