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Anticorrupción solicita procesar al expresidente Camps por malversación y prevaricación en la F1

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VALÈNCIA, 8 Jun. (EUROPA PRESS) – La Fiscalía Anticorrupción ha pedido que se procese únicamente al expresidente de la Generalitat Francisco Camps en la pieza uno del llamado caso Valmor, que investiga las presuntas irregularidades cometidas en la organización del Gran Premio de la Fórmula 1 en València, por los presuntos delitos de prevaricación y malversación, según han podido saber Europa Press.

De este modo, el Ministerio Público pide el sobreseimiento con respecto a los otros investigados en esta pieza, la exconsellera de deporte Johnson, el expiloto de motos Jorge Gaspar, su mano derecha en lo relativo a la F1, Belén Reyero, así como del exresponsable de la Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunitat Valenciana Nicolás Figueras.

La causa Valmor está dividida en tres piezas: esta primera, formada por la negociación previa llevada a cabo por Camps a favor de Valmor, la empresa de Jorge Martínez ‘Aspar’, y en beneficio del expiloto, también investigado; una segunda con los contratos celebrados por Circuito del Motor, empresa pública encargada de la organización del Gran Premio, y determinados proveedores que resultaban adjudicatarios por orden de Valmor y la tercera relacionada con la absorción de Valmor por parte de la empresa pública Circuito del Motor.

La primera incluye también el aval del Consell sobre la Fórmula 1 a través de un contrato firmado el 19 de julio de 2011 «por orden directa» de Camps tras un viaje a Londres realizado días antes. El expresident dimitió de su cargo el 20 de julio por la conocida como ‘causa de los trajes’ derivada del caso Gürtel.

Reyero, durante su declaración ante el juzgado que investiga esta causa, aseguró que todo el proyecto y las decisiones que se adoptaban sobre él venían dadas por Camps, tanto en la gestión de la prueba como en el hecho de que estuviera Valmor en su organización.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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