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Arranca el proceso de admisión de FP con más plazas y 400 nuevos profesores

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La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha iniciado el proceso de admisión del alumnado en las enseñanzas de Formación Profesional Básica, de grado medio y de grado superior.

En concreto, el plazo para presentar solicitudes en los centros sostenidos con fondos públicos permanecerá abierto entre el 25 de mayo y el 6 de junio para FP Básica y ciclos de grado medio y superior. El plazo para solicitar Programas Formativos de Calificación Básica se abrirá del 11 al 18 de julio, y el de FP Básica de segunda oportunidad entre el 1 y el 7 de septiembre

En el curso 2017-2018 habrá un único proceso de admisión en las enseñanzas de Formación Profesional, a excepción de FP Básica, que tendrá un proceso ordinario y otro extraordinario, que será el comprendido entre el 12 y el 17 de julio.

51 nuevas unidades de ciclos formativos

Educación, incidiendo en su apuesta por la Formación Profesional, abre 61 nuevas unidades de ciclos formativos, 28 en las comarcas de Alicante, 11 en las de Castellón y 22 en las comarcas de València. Estas 61 nuevas unidades suponen 1.075 plazas nuevas y más de 400 docentes nuevos que se incorporarán al sistema educativo valenciano.

Por niveles, estas unidades suponen 21 unidades nuevas de ciclos formativos de grado superior, 17 de grado medio, 16 de FP Básica y 5 de FP Básica de segunda oportunidad. En las comarcas de Alicante se implementarán 11 ciclos de grado superior, 10 de grado medio y 6 de FP Básica. En las comarcas de Castellón se implementarán 5 ciclos de grado superior, 2 de grado medio, 3 de FP Básica y 1 de FP Básica de segunda oportunidad. Y finalmente en las comarcas de València se implementarán 5 ciclos de grado superior, 5 de grado medio, 7 de FP Básica y 5 de FP Básica de segunda oportunidad.

Del total de las 1.075 nuevas plazas que se crearán el próximo curso, 510 corresponden a Alicante, 200 a Castellón y365 a València.

Hay que destacar que se implantará por primera vez en la ciudad de Alicante el ciclo formativo Energías renovables, que en Castellón por primera vez se podrán estudiar los ciclos de Artista Fallero y Construcción de Escenografía en Benicarló, y el ciclo de Promoción de Igualdad de Género en Castellón de la Plana, y que en las comarcas de València se experimenta por primera vez la oferta parcial de módulos de varios ciclos combinados (Impresión Gráfica más Mantenimiento Electromecánico) para adaptar la formación a las demandas del empresariado de la comarca, al CIPFP Luis Suñer de Alzira.

Este aumento de nuevas plazas también repercutirá en un aumento de la plantilla de profesorado de Formación Profesional, «que profundiza en la líneas de recuperación de las plazas recortadas durante los años de gobierno del Partido Popular», según fuentes de la consellería. Así, la previsión de aumento del profesorado para el curso 2017-2018 es de más de 400 docentes. Este aumento se concreta en más de 200 plazas para el crecimiento vegetativo de los ciclos del curso pasado, casi 20 para el crecimiento vegetativo de la FP Básica del curso pasado, casi 40 para nuevos desdobles y más de 150 para las nuevas implantaciones.

Como principal novedad del proceso de admisión, hay que destacar que la asignación de vacantes sobrantes después del procedimiento único de admisión de FP de grado medio y superior, y después del procedimiento extraordinario de la FP Básica, se realizará en dos fases. Se trata de esta manera de realizar una mejor gestión de las vacantes sobrantes, que no han sido adjudicadas en el proceso ordinario, con el fin de realizar un reparto más eficiente.

La solicitud se rellenará vía telemática a través del siguiente espacio, que estará disponible durante el plazo de presentación de solicitudes publicadas. No obstante, la presentación de la solicitud deberá realizarse en el centro elegido por el alumno como primera opción.

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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