PORTADA OFFICIAL PRESS
Así queda la nueva estrategia de vacunación por edades en España
Publicado
hace 5 añosen

Madrid, 21 abr (EFE).- La sexta y última (por ahora) actualización de la estrategia de vacunación da un nuevo acelerón a la de mayores de 60 años, aplazando la de las personas por debajo de esa edad, también los trabajadores esenciales que no han recibido una primera dosis, que deberán esperar a la llegada de nuevos sueros.
El documento publicado hoy por el Ministerio de Sanidad reúne las últimas decisiones acordadas en sucesivas reuniones de la Comisión de Salud Pública tras las últimas evidencias recopiladas en torno a las vacunas de AstraZeneca (llamada Vaxzevria) y Janssen (cuyas primeras dosis se han repartido hoy en las comunidades).
Así, perfila aún más los grupos prioritarios, decididos en función de su edad, y mantiene las de ARNm (Pfizer, Moderna) y Janssen -basada como la de AstraZeneca en un adenovirus- a los mayores de 70 años y personas con patologías de alto riesgo, y deja Vaxzevria para el tramo de 60 a 69.
No obstante, precisa que las personas de entre 66 y 69 podrán ser inmunizadas con las otras una vez se concluya con los mayores de 70 y grupos de alto riesgo.
La nueva actualización considera que «no es oportuno en el momento actual» ofrecer AstraZeneca a los menores de 60 años que la quieran voluntariamente y subraya que la vacuna «no puede establecerse por elecciones individuales, sino que se debe basar en la indicación de las vacunas para cada grupo de población».
De esta forma, la vacunación de los menores de 60 años «se pospone de momento, excepto en personal sanitario y sociosanitario que se incorpora a primera línea, en residencias de mayores y en pacientes de muy alto riesgo», que se inmunizarán con los sueros disponibles, «exceptuando, de momento, Vaxzevria».
Ello incluye los trabajadores esenciales de menos de 60 años que no han recibido ninguna dosis; en un primer momento se priorizó a este grupo -inicialmente de 18 a 55 años y después de 18 a 65- para recibir AstraZeneca, hasta que se decidió contraindicarla en personas jóvenes por su posible vínculo con episodios raros de trombosis asociados a una bajada de plaquetas.
Además, el documento abre la puerta a la «intercambiabilidad» de distintas marcas en los menores de 60 que ya hayan recibido un primer pinchazo de AstraZeneca, algo que hasta ahora se había descartado, y mantiene la misma pauta entre dosis de Pfizer y Moderna tras haber rechazado ampliar el plazo.
Modifica también el Grupo 9, que antes comprendía el tramo 45-55 años pero ahora abarca personas de entre 51 y 59 años de edad, que recibirán la vacuna que se considere «en función de la disponibilidad, el contexto de la pandemia y de las evidencias».
Con todo ello, España da un nuevo impulso a la vacunación de los más mayores, los más vulnerables a la covid. Así queda de momento la estrategia:
VACUNAS DE ARNm (PFIZER, MODERNA) y JANSSEN
Nueve de cada diez personas institucionalizadas ya han completado la pauta con Pfizer y Moderna, que también han llegado ya al 62 % de los mayores de 80 y al 3,3 % del grupo 70-79 que no viven en residencias.
Son las primeras que empezaron a usarse en diciembre hasta que llegó AstraZeneca en febrero; a ellas se suma desde hoy la monodosis de Janssen, que empezará a administrarse en el grupo 70-79. Este es el orden marcado por el plan:
– GRUPO 1: Usuarios de residencias y sus trabajadores.
– GRUPO 2: Sanitarios y sociosanitarios de primera línea.
– GRUPO 3: Otro personal sanitario y sociosanitario y trabajadores de instituciones penitenciarias mayores de 60.
3A: Trabajadores que, aun no siendo de primera línea, tienen un nivel de exposición alto: trabajadores de ámbito hospitalario y de atención primaria y del ámbito de la odontología, higiene dental y otro personal sanitario que atiende a pacientes sin mascarilla más de 15 minutos.
3B: Personal servicios SP gestión y respuesta a la pandemia; personal sanitario y sociosanitario no vacunado anteriormente; fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, oficinas de farmacia, protésicos dentales; personal IIPP.
3C: Resto de personal sanitario y sociosanitario no vacunado con anterioridad.
– GRUPO 5: Mayores.
5A: Mayores de 80 años.
5B: Personas de 70 a 79 años.
– GRUPO 7: Personas con condiciones de muy alto riesgo (trasplantados, pacientes oncológicos, en hemodiálisis y diálisis peritoneal, infección con VIH inmunodeprimidos, personas con inmunodeficiencia primaria y personas con Síndrome de Down mayores de 40 años).
A partir de 16-18 años se vacunarán de forma paralela a las personas del grupo 5B (70-79), si no les corresponde antes por grupo de edad con cualquiera de las vacunas autorizadas, preferentemente de ARNm, manteniendo el intervalo de 21 para Pfizer y 28 días para Moderna.
ASTRAZENECA
Tras el dictamen de la EMA, Sanidad dejó el suero de la Universidad de Oxford para personas de 60 a 69 años, independientemente de si son trabajadores esenciales o no.
– GRUPO 8: Personas entre 60 y 65 años de edad. Se comenzó vacunando a las personas nacidas en 1956 y se ha ido avanzando en el año de nacimiento según la disponibilidad de dosis.
CON CUALQUIERA
– GRUPO 4: Grandes dependientes no institucionalizados. Este grupo será inmunizado con vacunas de ARN mensajero o con AstraZeneca «en función de la edad de la persona y de la factibilidad». Incluye los cuidadores profesionales que atienden a estas personas en sus hogares, que se podrán vacunar en la misma visita.
– GRUPO 5C: Personas de 60 a 69 años. Lo harán con Vaxzevria tras completar el grupo 8 (60-65 años), aunque también podrá ser con las otras vacunas disponibles cuando se haya culminado con los subgrupos 5A y 5B.
– GRUPO 6: Colectivos con función esencial para la sociedad que desarrollen su actividad con carácter presencial, al menos una parte de la jornada
6A: Fuerzas y cuerpos de seguridad, Emergencias y Fuerzas Armadas
6B: Docentes y personal de educación infantil y educación especial
6C: Docentes y personal de educación primaria y secundaria
Muchos menores de 55 ya recibieron una primera dosis. Los que ahora comiencen con la pauta, se vacunarán con los fármacos disponibles según se vaya completando a las personas de 60 y más años de edad.
– GRUPO 9: Personas de 51 a 59. Recibirán la vacuna que se considere en función de la disponibilidad, el contexto de la pandemia y de las evidencias.
¿Y QUIENES HAN PASADO LA COVID?
La estrategia aconseja que los ciudadanos con antecedentes de infección sintomática o asintomática, independientemente de la fecha de confirmación, se vacunen con aquellos preparados de dos dosis de la siguiente manera:
– Menores de 65 con diagnóstico positivo antes de recibir la primera dosis: se administrará una sola al menos seis meses desde el padecimiento o diagnóstico. En caso de que se administre antes de haber transcurrido esos seis meses, la dosis se considerará válida y no será necesario administrar más.
– Menores de 65 con diagnóstico de infección por SARS-CoV-2 después de haber recibido la primera dosis: se administrará una segunda dosis transcurridos seis meses desde el padecimiento o el diagnóstico de infección.
– Mayores de 65 años diagnosticados antes de la primera dosis recibirán, sin esperar esos seis meses, la pauta de dos.
– Mayores de 65 años cuyo diagnóstico haya llegado después de la primera dosis: se completará la pauta con la segunda cuando estén completamente recuperadas y haya finalizado el período de aislamiento, garantizando el intervalo aconsejado entre inyecciones, sin tener que esperar seis meses tras la infección para la segunda.
Mantiene la recomendación de aplazar la vacunación de las personas con síntomas o con covid confirmada recientemente por laboratorio hasta que haya finalizado el período de aislamiento y también la de las personas en cuarentena (por ser contactos de un caso confirmado) hasta que finalice la misma.
Se debe posponer la vacunación de las personas con síntomas sospechosos de COVID-19 o con COVID19 confirmada recientemente por laboratorio hasta que haya finalizado el período de aislamiento. De
Actualización 6- Estrategia de vacunación COVID-19 Grupo de trabajo técnico de vacunación COVID-19 y Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones 15 igual manera, se debe posponer la vacunación de las personas en cuarentena (por ser contactos de un caso confirmado) hasta que finalice la misma.
Estas medidas se aplicarán a todos los grupos de población a excepción de los residentes de centros de personas mayores (que suelen ser mayores de 65 años), grandes dependientes y personas con condiciones de muy alto riesgo incluidas en el grupo 7.
Comparte esto:
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)
Relacionado
Te podría gustar
PORTADA OFFICIAL PRESS
Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda
Publicado
hace 12 horasen
14 diciembre, 2025
Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026
El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.
El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.
Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles
Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.
En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.
Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026
Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.
Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:
-
Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.
-
La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.
-
Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.
En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.
A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos
La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.
También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.
¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?
Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.
La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.
Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas
La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.
En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.
La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.
El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum
Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.
El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.
Comparte esto:
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)


Tienes que estar registrado para comentar Acceder