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El Gobierno obliga a llevar mascarilla aún con distancia y hasta en la playa

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El Gobierno ha publicado hoy martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE)  el Proyecto de Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, conocida como ley de ‘nueva normalidad’, que fue aprobada el pasado 18 de marzo en el Congreso de los Diputados.

Con esta nueva norma se pretende endurecer el uso de la mascarilla en la vía pública. Para ello entre las medidas contempladas en el texto, que entrará mañana en vigor y se mantendrá hasta que acabe la pandemia, se sigue manteniendo la obligación para las personas (a partir de los seis años) de usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, incluso aunque se mantenga la distancia de seguridad de 1,5 metros.

Excepciones

Las únicas excepciones que contempla este proyecto es que no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible su uso en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

La obligación de llevar mascarilla aún con distancia entra en vigor este miércoles

La obligación de llevar mascarilla aun manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros en la vía pública y en espacios al aire libre, algo ya de aplicación práctica en toda España, entrará este miércoles oficialmente en vigor tras la publicación este martes en el BOE de la ley de «nueva normalidad».

Se trata de una norma que ya se cumplía en la vida cotidiana por la entrada en vigor de diferentes normativas autonómicas que habían eliminado esa distancia de seguridad y obligaban a portar mascarilla sea cual sea la distancia interpersonal.

La Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid fue aprobada el pasado 18 de marzo por el pleno del Congreso tras la la luz verde del Senado, donde se introdujo una enmienda -del PSOE- que fijaba la obligatoriedad de la mascarilla incluso manteniendo la distancia de seguridad.

El texto que llegó al Senado y que no se modificó previamente en el Congreso procede de un decreto aprobado en junio del año pasado que ya recogía que las personas de más de seis años en adelante quedan obligadas al uso de las mascarillas en distintos supuestos.

En concreto, «en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos 1,5 metros».

Con la enmienda introducida en el Senado, la parte final de la redacción del texto relativa a la distancia de seguridad se suprimió, con lo que el uso de la mascarilla es obligatorio incluso si se puede mantener esa distancia de 1,5 metros.

La motivación de la enmienda argumentaba que «con la evidencia reciente sobre transmisión del SARS-CoV 2 por aerosoles, el uso de mascarillas no puede quedar supeditado a no poder garantizar la distancia de 1,5 metros».

«En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público», indica la redacción final de la ley publicada en el BOE.

La ley no ha sufrido modificación respecto al texto inicial en cuanto al uso de las mascarillas en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no son convivientes.

Sí se modifica en el caso de las cubiertas y espacios exteriores de los buques y embarcaciones, donde el uso de la mascarilla pasa a ser obligatorio, algo que ya incluía también la enmienda aprobada en el Senado y ratificada, junto con el resto de la ley, por el Congreso hace dos semanas.

La obligatoriedad en todos los supuestos anteriores no es aplicable a las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible «en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias».

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El sistema de las pulseras antimaltrato sufre una caída durante varias horas

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El sistema de control telemático de las pulseras antimaltrato ha sufrido este martes una caída temporal que ha afectado al funcionamiento de los dispositivos durante varias horas, según ha confirmado el Ministerio de Igualdad.

El fallo ha provocado que las pulseras electrónicas utilizadas para vigilar a maltratadores dejaran de enviar y recibir señales correctamente, lo que ha generado preocupación entre los cuerpos de seguridad y las víctimas con medidas de protección activas.

Desde el Ministerio aseguran que el problema técnico ya está siendo analizado y que el servicio se ha ido restableciendo progresivamente a lo largo de la tarde. Por el momento, no se tiene constancia de que se haya producido ningún incidente grave durante el periodo de interrupción.

“Ha sido un fallo puntual del sistema central de gestión. La prioridad ha sido garantizar la seguridad de las víctimas y restablecer el servicio lo antes posible”, han indicado fuentes de Igualdad.

📌 Sistema de protección clave para las víctimas de violencia de género

Las pulseras antimaltrato forman parte del programa de seguimiento por medios telemáticos del Ministerio del Interior y el Ministerio de Igualdad, que permite controlar las órdenes de alejamiento en tiempo real.
El sistema envía alertas automáticas a las fuerzas de seguridad si el agresor se aproxima al radio de seguridad de la víctima.

En la actualidad, más de 4.000 dispositivos están activos en toda España, según los últimos datos oficiales.

🔄 Actualización en curso

Fuentes de Igualdad han señalado que se investigan las causas del fallo y que se ofrecerá más información en las próximas horas.

Posibles consecuencias de la caída del sistema de las pulseras antimaltrato

La caída temporal del sistema de control de las pulseras antimaltrato puede tener repercusiones importantes en distintos niveles: seguridad de las víctimas, responsabilidad institucional, confianza pública y revisión tecnológica.

1. 🔒 Riesgo temporal para las víctimas con medidas de protección

Durante las horas en que los dispositivos dejaron de funcionar:

  • No se activaron alertas automáticas si un agresor se acercaba al perímetro de seguridad.

  • Las víctimas pudieron quedar desprotegidas ante un posible incumplimiento de la orden de alejamiento.

  • Las fuerzas de seguridad tuvieron que reforzar la vigilancia manualmente, con llamadas directas o patrullas preventivas.

Aunque Igualdad afirma que no hubo incidentes graves, este tipo de interrupciones pone en evidencia la vulnerabilidad del sistema ante fallos técnicos.

2. 🧑‍⚖️ Posibles implicaciones legales y de responsabilidad

  • Si alguna víctima hubiera sufrido un incidente durante la caída, podrían derivarse responsabilidades patrimoniales o penales para la Administración.

  • Se revisará si existía un protocolo de contingencia adecuado, y si se activó correctamente.

  • En caso de deficiencias estructurales, el proveedor tecnológico del sistema también podría ser investigado.

3. 🏛️ Repercusiones políticas e institucionales

  • La oposición podría exigir explicaciones inmediatas al Ministerio de Igualdad y al Ministerio del Interior.

  • Podrían pedirse comparecencias en el Congreso para aclarar las causas del fallo y garantizar que no vuelva a suceder.

  • Si se detecta una falta de supervisión técnica, se cuestionará la gestión y la seguridad del sistema VioGén, que coordina toda la red de protección.

4. 🧠 Pérdida de confianza en el sistema de protección

  • Las víctimas y sus familias podrían perder confianza en la fiabilidad de las pulseras, generando miedo o inseguridad.

  • También se puede afectar la imagen pública del sistema, que desde su implantación en 2009 ha sido una herramienta clave en la lucha contra la violencia de género.

5. ⚙️ Revisión técnica y auditoría del sistema

  • El fallo obligará a realizar una auditoría informática completa para determinar el origen del problema (servidores, red, software o mantenimiento).

  • Podrían implementarse nuevas medidas de redundancia, con servidores espejo o sistemas de respaldo para evitar futuras caídas.

  • También se revisará la colaboración entre Igualdad, Interior y las empresas tecnológicas que gestionan los dispositivos.

 

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