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Valencia

La Cabalgata de las Reinas Magas: más críticas que público

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cabalgata de las reinas magas 2023
Las magas de enero durante la octava cabalgata de las "Magues de Gener", que se ha celebrado este domingo bajo el lema Salvem el planeta. EFE/Kai Försterling

València, 15 ene (OFFICIAL PRESS-EFE).- La Cabalgata de las Reinas Magas 2023 ha tenido más llegada mediática que otros años, por los escándalos de última hora entre las magas y muchas críticas. En cuanto a los asistentes, siguen sin llegar a los valencianos.

La Cabalgata de las Reinas Magas 2023:

La octava edición de la cabalgata de las magas de enero ha recorrido este domingo las calles del centro de València en un tono festivo y musical hasta el Ayuntamiento, donde han sido recibidas por el alcalde Joan Ribó.

Pelea entra las reinas magas

Las mujeres que han encarnado a las magas son Maria Colomer (actriz) Àngela Escribano (formadora en prevención de violencia de género) y Irina Yellow (poetisa y pedagoga), que ha sustituido a la periodista Carmen Alonso, que ha renunciado a participar en el desfile tras acusar de transfóbica a Escribano.

Las tres magas son protagonistas de una fiesta dedicada a la infancia que organiza la Societat Coral Micalet y que simbolizan la libertad, la igualdad y la fraternidad-sororidad.

Los mensajes de las magas

En sus discursos, han hablado de los ideales que representan. La maga Libertad hizo un llamamiento “por la paz de todos los pueblos”; Igualdad declaró que su deseo es que todo el mundo “tenga las mismas oportunidades, las mismas condiciones y los mismos derechos”, mientras que Fraternidad-Sororidad declaró que “ofrecer nuestra mano a quien necesita ayuda y ejercer la tolerancia nos enriquece”.

Se han despedido de los asistentes con el grito de “Felicitat, pau i cultura”, con la compañía del alcalde de València, Joan Ribó.

Ángeles Escribano ha sido criticada en comunicado por «su posicionamiento y actitud transfóbica» por parte del colectivo Lambda.

En el recorrido de la cabalgata se han repartido cuentos, libretas o recortables, y el cantautor Pau Alabajos ha ofrecido una pequeña actuación.

También han participado en la cabalgata varias muixerangas y asociaciones culturales de toda la provincia, además de los tradicionales gigantes, dragones y cabezudos.

CRÍTICAS DEL PP Y CIUDADANOS

La portavoz del PP en el Ayuntamiento de València, María José Catalá, ha lamentado que el alcalde haya puesto de nuevo «toda la maquinaria municipal al servicio de las reinas magas, con cortes de tráfico, cesión de vallas, Policía Local y recepción en el Ayuntamiento», unas «prebendas», que asegura «terminarán con el PP en mayo».

“Mientras el Gobierno de Ribó y PSOE negó las sillas a los niños en el recorrido de la tradicional Cabalgata de Reyes de este año, ahora vuelve a poner al servicio de los organizadores de la cabalgata de las Magas toda la maquinaria municipal”, ha explicado la portavoz del PP en un comunicado.

La subvención que se llevan

Además, ha criticado de nuevo que el Gobierno de Ribó y PSOE apoye «con una subvención nominativa de 25.000 euros» esta cabalgata de magas que nunca fue tradición en la ciudad de Valencia.

Por su parte, el portavoz de Ciudadanos, Fernando Giner, ha lamentado que el gobierno de Ribó “haya estirado la cabalgata de las reinas magas hasta el final”, al tiempo que ha criticado el “falso empaque institucional” que se le ha intentado dar con el recorrido y la recepción del alcalde en el balcón del Ayuntamiento.

“Ribó no asiste a actos como el día de la Virgen, pero luego sí que despeja un domingo en su agenda para dar pábulo a una cabalgata que no tiene el más mínimo arraigo tradicional en esta ciudad”, ha indicado en un comunicado.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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