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Sucesos

Penas de entre 6 y 4 años por prender fuego a un hotel y discoteca para cobrar el seguro

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Cárcel prender fuego cobrar seguro

Alicante, 28 may (EFE).- La Audiencia de Alicante ha confirmado penas individuales de entre 6 y 4 años a los tres hombres juzgados por prender fuego a los edificios de un hotel y de una discoteca situados frente a la playa del Postiguet de Alicante, al acreditar que dos de ellos se habían conjurado para contratar al tercero para que provocase las llamas y, después, cobrar las indemnizaciones de las compañías aseguradoras.

Todo, además, después de haber incrementado la cobertura de las pólizas, según detalla la sentencia. Con ello, pretendían percibir una indemnización “de más de 250.000 euros”, según apunta la sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Segunda.

Los tres acusados reconocieron la autoría de los hechos durante el desarrollo del juicio, el pasado 26 de abril y, según la sentencia, los tres procesados asumieron su responsabilidad ante el tribunal, tras alcanzar un acuerdo de conformidad, después de haber cubierto el pago de compensaciones económicas reclamadas por el conjunto de los perjudicados.

Entre ellos, figuraban las compañías aseguradoras y la comunidad de propietarios del edificio anexo al hotel y en el que se encontraba la discoteca, que también se vio afectado por el fuego.

Ese acuerdo supuso una modificación respecto a la solicitud de penas planteada inicialmente por el Ministerio Público, por las que se demandaban penas de 15 y 14 años para los dos empresarios socios en la gestión de ambos negocios, y de 12 años para el tercer procesado, contratado para que iniciase el incendio.

La sentencia confirma ahora la imposición de una primera condena de 6 años de prisión y tres meses de multa, a razón de 6 euros diarios, para el primero de los empresarios y otra pena equivalente para su socio por sendos delitos de incendio en concurso con un delito de estafa agravada, a los que se acordó aplicar la atenuante de reparación del daño.

Por su parte, se impone otra pena de 4 años de prisión y una multa de mes y medio para el responsable de provocar las llamas al considerarlo responsable del mismo delito, después de que se le aplicase la atenuante de confesión y colaboración con la justicia.

El suceso tuvo lugar en la madrugada del 23 de enero de 2023 cuando el tercero de los procesados prendió fuego a las instalaciones del hotel y de la discoteca después de haber asumido el encargo por parte de los otros dos encausados, a cambio de un pago de 2.000 euros.

De acuerdo con el escrito de acusación de la Fiscalía, con anterioridad los dos socios en la gestión del hotel y de la discoteca habían rociado con gasolina hasta en 18 puntos distintos y desenroscaron una tuerca de la instalación de gas de la cocina para provocar una fuga.

La Fiscalía sostenía, igualmente, que el primero de los empresarios juzgados que gestionaba los negocios desde 2015 comenzó a acumular deudas con proveedores y trabajadores y que dejó de pagar el alquiler. De ahí que, según su versión, se concertase con su socio para provocar un siniestro en el local para cobrar las correspondientes indemnizaciones de los seguros, cuya cobertura había aumentado en diciembre de 2022.

 

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Sucesos

La jueza deja en libertad a los dos hermanos detenidos por violar a una mujer en un coche en Malilla 

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hermanos detenidos por violar mujer coche Malilla 
Fachada del TSJCV - EUROPA PRESS - Archivo

Los dos hermanos detenidos por una presunta agresión sexual a una mujer en el barrio de Malilla, en València, han quedado en libertad tras la decisión adoptada por la jueza de guardia de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Valencia.

La magistrada ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa al no haberse formalizado denuncia por parte de la supuesta víctima, un requisito imprescindible en este tipo de delitos según la legislación vigente.

La decisión judicial: sobreseimiento provisional

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza ha considerado que no ha quedado acreditada de forma suficiente la comisión del delito.

Además, ha señalado que, conforme al artículo 191 del Código Penal, los delitos contra la libertad sexual requieren la denuncia de la persona afectada, su representante legal o la actuación del Ministerio Fiscal en determinados supuestos.

Este artículo establece que:

  • es necesaria la denuncia de la víctima para iniciar el procedimiento
  • el Ministerio Fiscal puede actuar si la víctima es menor, persona vulnerable o desvalida

En este caso, al no haberse presentado denuncia, la causa ha sido archivada de manera provisional.

Los hechos: una intervención policial en Malilla

La actuación policial se produjo el pasado jueves por la noche, tras la llamada de un vecino que alertó de una posible agresión sexual en el interior de un vehículo.

Según fuentes policiales, el aviso se recibió sobre las 23:30 horas, cuando un testigo afirmó haber presenciado cómo dos hombres supuestamente agredían a una mujer en un coche estacionado en un descampado.

El suceso tuvo lugar en la calle Juan Ramón Jiménez, en el barrio de Malilla.

Detención de los sospechosos

Tras recibir el aviso, agentes de la Policía Nacional se desplazaron hasta el lugar y procedieron a la detención de los dos presuntos implicados, hermanos nacidos en 1955 y 1969.

La mujer fue trasladada a un centro hospitalario para su evaluación médica, según las mismas fuentes.

Claves legales: por qué es necesaria la denuncia

Este caso pone el foco en el funcionamiento del sistema judicial en delitos contra la libertad sexual.

La normativa actual establece que:

  • sin denuncia de la víctima no se puede continuar el procedimiento en la mayoría de casos
  • existen excepciones cuando hay especial vulnerabilidad

El objetivo de esta regulación es proteger la voluntad de la víctima en este tipo de procesos, aunque en ocasiones puede dificultar la persecución de los hechos si no se formaliza la denuncia.

Investigación y situación actual

Con la decisión judicial, los dos detenidos han quedado en libertad sin medidas cautelares.

No obstante, el sobreseimiento es provisional, lo que implica que la causa podría reabrirse si se aportan nuevos elementos o si la víctima decide interponer denuncia en el futuro.

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