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Cómo acoger niños ucranianos este verano

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Cómo acoger niños ucranianos este verano

La Fundación Juntos Por la Vida ha hecho un llamamiento a familias de la Comunitat Valenciana que este verano puedan acoger a niños y niñas ucranianos procedentes  de la zona de Chernobil,  una de  las mas devastadas y bombardeadas de su país.

Cómo acoger niños ucranianos este verano

Juntos Por la vida ha organizado para este verano un programa extraordinario de acogimiento con tiempo limitado para niños y niñas de pueblos y aldeas  de la zona de Chernobil que este año están viviendo una situación de doble riesgo.

Por un lado han aumentado los niveles de radioactividad, y por otro lado fue  una de las zonas mas cercanas a la frontera con Bielorrusia por donde entraron las tropas del ejercito ruso y devastaron muchas de las viviendas.

«Allí hay una economía muy rural de subsistencia y las familias no han podido salir, o han tenido que volver a , y quedan muchas familias con menores que siguen en riesgo.  Sus casas han sido destruidas, viven con el miedo de la guerra, y temen que la situación se repita» según afirma Clara Arnal presidenta de Juntos por la Vida, que ha recorrido esas zonas para conocer la situación.

Las madres de los pequeños ucranianos lo piden

«Son las propias madres las que nos están pidiendo  que por favor llevemos a sus hijos a España este año más que nunca, para que puedan tener un respiro en medio de esta situación terrible que están viviendo en Ucrania. «.

La Ong ha preparado para los meses de julio y agosto un programa doble para 100 niños y niñas entre 6 y 12 años de edad. La mitad  irán a un campamento de verano en Valencia que están organizando con voluntarios,  y las necesidades en este caso están cubiertas.

Cómo llegan hasta la Comunitat Valenciana

Pero como hay muchas solicitudes para que salgan menores de Ucrania, se necesitan familias de acogida para el resto de niños y niñas que viajaran a finales de este mes de junio y estarán  dos meses en la Comunitat.

Las familias de acogida tendrán que asumir parte del coste del viaje en autobús de los menores desde  sus pueblos y aldeas en Ucrania hasta Valencia. Será un viaje de tres días de ida y otros tantos de vuelta.

El programa cuenta con el respaldo de la Subdelegación de Gobierno, y de la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas a través de la Dirección General de la infancia. «Nos preocupa mucho la protección de los menores, por eso no estamos desplazando a menores de orfanatos, solamente los que tienen el permiso de los padres o tutores,  que nos lo han pedido expresamente»  indica Clara Arnal.

El acogimiento se hará solo en las tres provincias de la Comunidad Valenciana, donde tiene su sede Juntos Por la Vida  «porque  consideramos que es fundamental el seguimiento  psico-social, y  el acompañamiento de estos menores  durante su estancia ahora mas que nunca. Nuestro radio de acción y donde de verdad podemos realizar este trabajo con resultados es en la Comunitat,  que es donde tenemos nuestro ámbito de actuación».

Cómo hacer la solicitud

Juntos por la Vida lleva realizando programas de acogimiento familiar con niños y niñas ucranianos desde hace 25 años. Muchos de esos menores  se encuentran ya en la Comunitat desde el inicio de la guerra, incluso con sus madres y hermanos, acogidos por sus familias españolas.

Pero hay muchos otros que  siguen viviendo allí en Ucrania, y necesitan salir de esa situación cuanto antes. «Entendemos que  también en esta ocasión, igual que todos los años, estos menores  que van a venir por primera vez, luego seguirían viniendo en verano y en navidad todos los años tal y como solemos hacer, con lo cual se establece un vinculo entre los menores  y las familias»

«Por todo esto solicitamos la solidaridad y la colaboración de familias de la Comunidad Valenciana.» concluye la presidenta de Juntos por la Vida

Las familias interesadas  en este programa de acogimiento pueden realizar la solicitud  a través de la web de Juntos por la vida: https://www.juntosporlavida.org/acogimiento-internacional

SOBRE JUNTOS POR LA VIDA

La Fundación  Juntos Por la Vida fue la primera ONGD española con presencia en la frontera de Polonia y Ucrania desde el principio de la invasión rusa, en  Przemysl.  Allí un equipo de voluntarios ha  estado colaborando  en la evacuación de refugiados, atendiéndoles y organizando su traslado en autobús , además de coordinar la ayuda humanitaria.  Después de mas de tres meses, los voluntarios continúan allí trabajando con los desplazados por la guerra.  En su campaña de emergencia Juntos por la Vida ha organizado y facilitado el traslado a España a  más de 2.000 refugiados que han huido de la guerra, especialmente mujeres,  niños y niñas, de los que más de 1.300 han llegado a la Comunitat, sobre todo a Valencia y Alicante,  acogidos en su mayoría por familias.

 

 

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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