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Comunicado del Ministerio del Interior sobre la aplicación del artículo 155 de la Constitución

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El Ministerio del Interior, en aplicación del artículo 155 de la Constitución, desarrollará las competencias que le corresponden respecto al Departament d’Interior de la Generalitat de Catalunya bajo las siguientes premisas:

  • Garantizar los derechos y libertades de todos los ciudadanos de Catalunya
  • Velar por el cumplimiento de los principios recogidos en la Constitución y el Estatut
  • Mínima intervención imprescindible
  • Exigencia de la lealtad constitucional
  • Absoluto reconocimiento a la profesionalidad de los agentes que integran los Mossos d´Esquadra

Organigrama de los Mossos d´Esquadra, mínima intervención imprescindible

Una vez acordada la destitución del president de la Generalitat de Catalunya y del conseller titular del Departament d´Interior, en aplicación de las medidas aprobadas por el Senado en referencia al artículo 155 de la Constitución Española, se procederá, con el máximo respeto a los profesionales que integran el Departament d´Interior, a la destitución de los siguientes responsables políticos dependientes del conseller: el secretario general de Interior y el director general de la Policía de la Generalitat, así como del major de los Mossos d’Esquadra.

En los dos primeros casos se realizan por su vinculación con postulados de carácter político que están en la base de la aplicación del artículo 155 de la Constitución, y en el tercero por la situación judicial en la que se encuentra, que hace desaconsejable que en tales circunstancias esté al frente del Cuerpo Policial.

a).- Secretaría General de Interior

Al quedar asumidas las competencias del conseller del Departament d´Interior por la Comisión Delegada para Cataluña, la gestión directa del Departament d´Interior recaerá en su actual segundo órgano: la Secretaría General de Interior, de la que se hará cargo Juan Antonio Puigserver, actual secretario general técnico del Ministerio del Interior.

Se trata de una sustitución de carácter puramente técnico, que recae en un profesional gran conocedor de las materias de seguridad e Interior y que es miembro de la Junta de Seguridad de Cataluña. Destacan también que la mayor parte de su etapa profesional la ha desarrollado en Cataluña y que habla catalán.

b).- Dirección General de la Policía

El Ministerio del Interior ha decidido no cubrir el puesto de director general de la Policía, por cuanto sus responsabilidades técnicas pueden ser distribuidas entre el secretario general de Interior y el jefe de los Mossos d´Esquadra. Igualmente se considera absolutamente prescindible el componente político que conllevaba la mayor parte de la actividad del director general de la Policía.

c).-Jefatura de los Mossos d´Esquadra

La actuación del Ministerio del Interior dentro de los Mossos d´Esquadra se realizará desde la máxima consideración al escalafón de este cuerpo policial, aplicando de esta manera un criterio de escrupuloso respeto a la jerarquía de los Mossos d´Esquadra.

Al frente de su Jefatura estará Ferrán López, actual comisario superior de Coordinación Territorial del Cuerpo y que hasta ahora era el número dos del Cuerpo. Por tanto, con la designación de Ferrán López como máximo jefe de los Mossos d´Esquadra, se materializa el principio de respetar el escalafón existente en la Policía Autonómica de Catalunya, que fija a este comisario como sustituto en caso de ausencia o cese del anterior major.

Otros órganos

Los restantes órganos que están dentro del ámbito competencial del Departament d’Interior de la Generalitat de Catalunya -Protección Civil, Tráfico, Extinción de Incendios, etc-  mantendrán sus actuales cargos y estructuras.

Los Serveis Penintenciaris dejarán de depender del  Departament de Justícia y sus funciones serán tuteladas por el Ministerio del Interior debido a que el Ministerio de Justicia no tiene competencias en materia penitenciaria.

Leal coordinación de Mossos d´Esquadra, Policía Nacional y Guardia Civil

El objetivo fundamental busca desarrollar la plena y leal coordinación de los Mossos d´Esquadra, Policía Nacional y Guardia Civil, respetando sus respectivos ámbitos competenciales, y con el fin de dar plena garantía al ejercicio de los derechos y libertades de todos los catalanes.

La Secretaría de Estado de Seguridad, en el ejercicio de las funciones que le correspondan en el artículo 164 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, impartirá instrucciones de obligado cumplimiento a los Mossos d´Esquadra.

De mismo modo que en el resto del territorio nacional, donde corresponde a las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno el mando, la dirección y la coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que operan en su territorio, la Delegación y Subdelegaciones del Gobierno en Cataluña asumirán esas mismas funciones también sobre los Mossos d´Esquadra y su coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

En la actualidad, las  unidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado están efectuando una vigilancia permanente sobre las dependencias propias de la Guardia Civil y Policía Nacional, la Delegación del Gobierno, las Subdelegaciones de Gobierno, las sedes de los partidos políticos nacionales amenazados, los puertos, aeropuertos, medios de comunicación social nacional amenazados, Tribunal Superior de Justicia, la Ciudad de la Justicia, las Delegaciones de Hacienda, Banco de España, y determinadas infraestructuras críticas.

También se están llevando a cabo servicios de protección y seguridad con carácter esporádico a personas e  instalaciones sensibles.

En el caso que fuera necesario por la evolución de los acontecimientos, para alguna situación determinada, unidades de los Mossos d´Esquadra podrían llegar a ser sustituidas por otras de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Lealtad constitucional

Las decisiones adoptadas en la actualidad podrán ampliarse posteriormente en función de la lealtad a la Constitución y al Estatut que manifiesten los distintos cargos que integran el Departament d’Interior de la Generalitat de Catalunya.

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La rutina de Maje con su bebé: Así es ser madre entre barrotes

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Maje y su bebé en la cárcel

Maje en Picassent: rutina con su bebé y servicios disponibles para madres reclusas

El hijo de Maje, la conocida «viuda negra de Patraix», es fruto de una relación con otro recluso, David, condenado también por homicidio. Ambos se conocieron en la prisión de Picassent, donde coincidieron en el mismo módulo. La relación surgió durante su convivencia en prisión y, aunque en su momento fue estable —incluso llegaron a compartir visitas íntimas autorizadas—, en la actualidad ya no mantienen ningún tipo de vínculo sentimental o familiar. Según fuentes penitenciarias, Maje está criando sola a su hijo en el módulo de madres de la cárcel de Fontcalent.

1. Servicios de apoyo y formación en Picassent

En la cárcel de Picassent las madres reclusas cuentan con:

  • Unidades mixtas con módulo especial de maternidad: las reclusas embarazadas o con hijos pequeños acceden a actividades conjuntas con otros internos y se benefician de talleres formativos.

  • Programas de empoderamiento: proyectos como “documentos sonoros” ofrecen espacios de expresión personal con apoyo de fundaciones y voluntarios, centrados en el desarrollo, la narración y la integración.

  • Talleres educativos y ocupacionales: manualidades, teatro foro y actividades culturales o de estimulación infantil organizadas por ONGs y personal penitenciario.

2. La rutina diaria de Maje con su hijo (hasta mayo 2023 en Picassent, luego traslado por embarazo)

Según el relato de una compañera que compartió módulo con ella, su día a día seguía un esquema similar al siguiente:

  • Módulo de convivencia (preventivo o cumplimiento): Maje vivía en un módulo mixto, interactuando con personal masculino en zonas comunes permitidas (cocina, comedor, áreas de recreo).

  • Trabajo como ordenanza: ayudaba en el office o comedor, sirviendo bandejas a través de la trampilla de la celda, tras formarse en manipulación de alimentos.

  • Relaciones y permisos íntimos: mantenía contacto con otros presos; la normativa permite una comunicación íntima al mes de entre 1 y 3 horas cuando existían condiciones que lo permitían.

  • Acceso a formación y talleres: asistía a las mismas clases y actividades que otras internas: empoderamiento, expresión en proyectos sonoros, aula-talleres y actividades culturales.

  • Cuidados durante el embarazo: tras desarrollar su embarazo en Picassent, fue trasladada hacia el final del embarazo a Fontcalent, un módulo de madres exclusivo que no comparte espacios con hombres.

3. Cambio de escenario: traslado a unidad de madres

En mayo de 2023 fue trasladada a la cárcel de Fontcalent (Alicante), módulo exclusivo para madres e hijos menores de 3 años, con:

  • Ambiente solo femenino: sin presencia de reclusos masculinos, solo funcionarias y personal sanitario.

  • Instalaciones adaptadas: habitaciones con dormitorio, comedor y baño, aulas, salas de juego y farmacia propia en amplias zonas comunes.


Resumen comparativo

Aspecto Maje en Picassent Maje después en Fontcalent
Módulo Mixto, con acceso a cocina, comedor y zonas comunes Unidad exclusivamente femenina destinada a madres
Trabajo Ordenanza en office, cocina y comedor Más centrado en cuidados del bebé
Formación Talleres, proyectos de empoderamiento, clases mixtas Continuados pero dentro de la unidad femenina
Interacciones íntimas Permitidas bajo normativa técnica No aplican
Instalaciones Módulo general con algunos recursos para madres Habitaciones-family friendly, espacios infantiles

 

El hijo de Maje podrá vivir con ella en la cárcel hasta que cumpla 3 años, conforme a la legislación penitenciaria española vigente.

¿Qué dice la ley?

El Reglamento Penitenciario (artículo 38.2) establece que:

“Las internas podrán tener consigo a sus hijos menores de tres años en establecimientos penitenciarios que cuenten con unidades de madres”.

Una vez alcanzada esa edad, el niño debe abandonar la prisión, y se sigue este protocolo:

  1. Prioridad para la familia extensa: se intenta que el menor sea entregado a un familiar directo (padre, abuelos, tíos, etc.).

  2. Si no hay familia apta, pasa a disposición de los servicios sociales de protección del menor, que valoran acogida o centros especializados.

En el caso de Maje:

  • Su hijo nació en julio de 2023.

  • Podrá vivir con ella hasta julio de 2026, salvo que por razones médicas, psicológicas o judiciales se decida un traslado anticipado.

  • Mientras tanto, sigue criando al niño dentro del módulo de madres de la prisión de Fontcalent, en condiciones adaptadas para garantizar su desarrollo.

Este límite de edad busca un equilibrio entre el derecho del niño a estar con su madre y su necesidad de crecer en un entorno no penitenciario una vez que alcanza cierta madurez. Si necesitas, puedo ayudarte a desarrollar este tema desde un enfoque legal, psicológico o humano para tu artículo.

Maje, la Viuda Negra de Patraix: análisis psicológico de una mente criminal

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