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Sucesos

Condenan a un funcionario que envió en chat de padres del colegio datos de 8.300 miembros de mesas electorales

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Madrid, 1 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de cárcel para un funcionario del Ayuntamiento de València que distribuyó en un chat de WhatsApp de un grupo de padres los datos de 8.334 personas que habían sido seleccionadas para integrar las mesas electorales de los comicios de abril de 2019.

El alto tribunal ha rechazado el recurso del acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial que le condenó por esa difusión y, por tanto, ha confirmado el fallo, contra el que ya no cabe recurso.

Fue el Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia el que inició el procedimiento contra Alfonso G.G., un funcionario con categoría de personal técnico superior adscrito al servicio de tecnología de la información del Ayuntamiento de València.

«Aprovechando que por su puesto de trabajo en el departamento de informática del Ayuntamiento, tenía acceso legítimo» al archivo que contenía la relación de todos los integrantes seleccionados para conformar las mesas electorales de las elecciones generales y de las autonómicas de la Comunitat Valenciana que se celebraron el día 28 de abril de 2019, el funcionario los difundió.

Unos datos que contenían el nombre, apellidos, DNI, dirección y cargo de presidente o vocal, titular o suplente de las 8.334 personas que habían sido designadas para conformar esas mesas.

El acusado procedió a su difusión por la red de mensajería WhatsApp, en un chat del grupo de padres del colegio, «comenzando una difusión en cadena por parte de diversos usuarios de la aplicación», totalmente ajenos al Ayuntamiento de València y, por tanto, «permitiendo el acceso al archivo a más de un centenar de personas».

Por ello, la Audiencia Provincial condenó a Alfonso G.G. como autor de un delito de violación de secretos, penado con dos años de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

Asimismo, le condenó a doce meses de multa a razón de 10 euros diarios, lo que supone un total de 3.600 euros, y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de un año.

En su recurso al Supremo, el condenado pide la absolución y alega para ello que desconocía que la acción realizada fuera delito y que los datos que difundió en el chat

Recuerda el Tribunal Supremo que el acusado era funcionario del Ayuntamiento de València, con titulación de ingeniero informático y que había recibido una formación específica en materia de protección de datos.

Por tanto, según confirmó un testigo en el juicio, conocía las medidas que debían adoptarse para proteger esos datos.

De este modo, el Supremo explica que «se publicaron datos de más de 8.000 personas que incluían información personal muy relevante (nombre, DNI y domicilio), se divulgaron en una red cuya propagación puede ser masiva y, por la naturaleza de los datos, se causó un riesgo objetivo de que pudieran ser utilizados por terceros para fines delictivos».

Por lo tanto, los hechos objeto de acusación han sido correctamente subsumidos en el delito tipificado en el artículo 417 del Código Penal.

En suma, se difundieron esos datos a través de una red social con el riesgo de suplantaciones de personalidad, estafas y localización de esas personas en sus respectivos domicilios, así como en las mesas electorales.

 

 

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Así actuó el cirujano plástico acusado de abusar de una paciente sedada en quirófano

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Un cirujano plástico ha ingresado en prisión provisional tras ser acusado de una presunta agresión sexual a una paciente que iba a someterse a una intervención de aumento de pecho en un hospital privado de Murcia. Los hechos, que están siendo investigados por un juzgado de la capital murciana, habrían ocurrido el pasado 4 de diciembre en un quirófano del centro hospitalario.

Según ha adelantado La Opinión de Murcia, la actuación del facultativo levantó sospechas entre dos enfermeras presentes en la sala, quienes detectaron movimientos que consideraron inusuales una vez que la paciente se encontraba sedada. Ante esta situación, decidieron grabar la escena con un teléfono móvil y poner los hechos en conocimiento de las autoridades.

Grabaciones clave en la investigación

De acuerdo con su declaración, las profesionales sanitarias observaron comportamientos que interpretaron como de carácter sexual mientras la paciente permanecía inmóvil debido a la sedación. El vídeo grabado por las enfermeras ya ha sido incorporado a la causa judicial y habría sido determinante para que la jueza decretara el ingreso en prisión provisional del investigado.

Las imágenes, que se encuentran bajo custodia judicial, serían la principal prueba en la instrucción del caso. La investigación continúa abierta para esclarecer lo ocurrido y determinar las responsabilidades penales que pudieran derivarse.

El cirujano niega los hechos y denuncia un “juicio mediático”

El cirujano, que se presenta en redes sociales como especialista en cirugía plástica, estética y reparadora, con más de quince años de experiencia profesional y formación en centros internacionales, niega la agresión a través de su abogado.

Su defensa ha denunciado lo que considera un “juicio mediático paralelo” y ha solicitado respeto tanto a la presunción de inocencia de su cliente como a la intimidad de la paciente. El acusado pasó su primera noche en prisión el pasado viernes en el centro penitenciario de Sangonera, donde permanecen los internos en régimen de prisión provisional.

El caso ha generado una fuerte conmoción social y sigue bajo investigación judicial.

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