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Sucesos

Condenan a un funcionario que envió en chat de padres del colegio datos de 8.300 miembros de mesas electorales

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Madrid, 1 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de cárcel para un funcionario del Ayuntamiento de València que distribuyó en un chat de WhatsApp de un grupo de padres los datos de 8.334 personas que habían sido seleccionadas para integrar las mesas electorales de los comicios de abril de 2019.

El alto tribunal ha rechazado el recurso del acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial que le condenó por esa difusión y, por tanto, ha confirmado el fallo, contra el que ya no cabe recurso.

Fue el Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia el que inició el procedimiento contra Alfonso G.G., un funcionario con categoría de personal técnico superior adscrito al servicio de tecnología de la información del Ayuntamiento de València.

«Aprovechando que por su puesto de trabajo en el departamento de informática del Ayuntamiento, tenía acceso legítimo» al archivo que contenía la relación de todos los integrantes seleccionados para conformar las mesas electorales de las elecciones generales y de las autonómicas de la Comunitat Valenciana que se celebraron el día 28 de abril de 2019, el funcionario los difundió.

Unos datos que contenían el nombre, apellidos, DNI, dirección y cargo de presidente o vocal, titular o suplente de las 8.334 personas que habían sido designadas para conformar esas mesas.

El acusado procedió a su difusión por la red de mensajería WhatsApp, en un chat del grupo de padres del colegio, «comenzando una difusión en cadena por parte de diversos usuarios de la aplicación», totalmente ajenos al Ayuntamiento de València y, por tanto, «permitiendo el acceso al archivo a más de un centenar de personas».

Por ello, la Audiencia Provincial condenó a Alfonso G.G. como autor de un delito de violación de secretos, penado con dos años de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

Asimismo, le condenó a doce meses de multa a razón de 10 euros diarios, lo que supone un total de 3.600 euros, y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de un año.

En su recurso al Supremo, el condenado pide la absolución y alega para ello que desconocía que la acción realizada fuera delito y que los datos que difundió en el chat

Recuerda el Tribunal Supremo que el acusado era funcionario del Ayuntamiento de València, con titulación de ingeniero informático y que había recibido una formación específica en materia de protección de datos.

Por tanto, según confirmó un testigo en el juicio, conocía las medidas que debían adoptarse para proteger esos datos.

De este modo, el Supremo explica que «se publicaron datos de más de 8.000 personas que incluían información personal muy relevante (nombre, DNI y domicilio), se divulgaron en una red cuya propagación puede ser masiva y, por la naturaleza de los datos, se causó un riesgo objetivo de que pudieran ser utilizados por terceros para fines delictivos».

Por lo tanto, los hechos objeto de acusación han sido correctamente subsumidos en el delito tipificado en el artículo 417 del Código Penal.

En suma, se difundieron esos datos a través de una red social con el riesgo de suplantaciones de personalidad, estafas y localización de esas personas en sus respectivos domicilios, así como en las mesas electorales.

 

 

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Sucesos

El jurado declara culpable al único acusado del crimen del canónigo de València, cometido junto a otra persona

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muerte cura Valencia
El acusado del crimen del canónigo de la Catedral de València en enero de 2024 - EUROPA PRESS

El tribunal popular considera probado que el crimen fue planificado, con alevosía, y que el acusado participó en el robo y uso fraudulento de las tarjetas de la víctima.

Un jurado popular ha declarado culpable de asesinato al único acusado por la muerte del canónigo de la Catedral de València, ocurrida en 2024, al considerar que actuó de común acuerdo con otra persona no identificada dentro de un plan previamente diseñado para acabar con la vida de la víctima y apropiarse de sus bienes.

El fallo, adoptado por siete votos frente a dos, concluye que el acusado participó de forma decisiva en el crimen, aunque no fuera el autor material de la asfixia que provocó la muerte del religioso, Alfonso, de 79 años.

Asesinato planificado y con alevosía

Según el veredicto, la muerte no fue accidental y se produjo por asfixia, en un contexto en el que la víctima no pudo defenderse debido a su edad y condición física. El jurado aprecia alevosía, al considerar que el ataque se llevó a cabo de manera sorpresiva y premeditada.

La resolución sitúa al acusado en el lugar y en el momento del crimen, basándose en el análisis del posicionamiento de los teléfonos móviles tanto de la víctima como del procesado.

Robo con violencia y estafa continuada

Además del asesinato, el jurado ha declarado probado por unanimidad que el acusado y su cómplice se apoderaron de tarjetas bancarias y comerciales del canónigo con el objetivo de obtener beneficios económicos.

El acusado realizó compras y gastos con una tarjeta bancaria por un valor superior a 2.300 euros, además de varias adquisiciones con una tarjeta comercial. En el momento de su detención, los agentes le intervinieron 875 euros en efectivo, procedentes de extracciones realizadas con dichas tarjetas.

La versión del acusado

Durante el juicio, celebrado en la Audiencia Provincial de València, el acusado se declaró inocente del homicidio y negó haber estado en el domicilio de la víctima. Sí reconoció haber utilizado las tarjetas, aunque aseguró que se las entregó un tercero no identificado y que desconocía que el canónigo hubiera fallecido.

Las investigaciones policiales no hallaron huellas ni ADN del acusado en la vivienda, aunque sí restos genéticos y huellas pertenecientes a personas no identificadas.

Fiscalía pide 28 años de prisión

Tras el veredicto, la Fiscalía mantiene su petición de 28 años de cárcel, repartidos entre el delito de asesinato, el robo con violencia y la estafa continuada. La acusación sostiene que el procesado tuvo una participación directa y determinante en un crimen que califica de especialmente grave.

Por su parte, la defensa ha solicitado la imposición de la pena mínima prevista por la ley. El jurado ha recomendado que no se concedan beneficios penitenciarios ni un eventual indulto, y el acusado permanece en prisión provisional a la espera de sentencia.

 

El hallazgo del cadáver del canónigo

El cadáver lo descubrió el portero, que reside en el edificio y que ha declarado en esta jornada. Según su versión, el día de los hechos abrió la portería a las 9.00 horas como de costumbre, y a los pocos minutos le llegó un mensaje del canónigo diciéndole que se iba a ausentar hasta el fin de semana. Le generó «duda» la forma en la que estaba escrito, pero no lo vio con «normalidad» porque tenía un apartamento en la playa de El Perelló.

Sobre las 11.15 horas se personó un amigo de Alfonso —decía que eran «como hermanos»— preocupado porque habían quedado para «una cosa importante» y no le cogía el móvil. Subieron y, tras llamar dos veces y no recibir respuesta, el portero abrió con la copia de las llaves que tenía.

Al girar la llave la puerta no estaba cerrada. Entró y, al asomarse al dormitorio, vio al canónigo tumbado boca arriba y la cama «revuelta, usada».
«Claramente vi que estaba muerto, lo vi como una especie de momia con la boca abierta, salí chillando en un estado de nervios muy grande», ha recordado.

Testimonio del portero: chicos vulnerables y conflictos frecuentes

El portero ha declarado que era «muy frecuente» que subieran chicos al piso del canónigo, en etapas «muchos», y que cuando Alfonso percibió que «los vecinos comenzaban a darse cuenta de que ocurría algo extraño», los citaba fuera del horario de portería.

En su mayoría eran personas «muy necesitadas», algunos con signos visibles de adicción a drogas, todos mayores de edad. Alfonso tenía «un carácter fuerte, complicado», y solía ir a buscarlos a la estación de autobuses o a la calle Bailén.

«Yo porque sabía torearlo a pesar del asco que me daba a mí por lo que estaba haciendo, pero los vecinos estaban hartos», ha afirmado.

Incidentes y testimonios de vecinos

El portero ha relatado numerosos episodios:

  • Jóvenes encerrados con llave cuando el canónigo salía

  • Conflictos por pagos de servicios sexuales

  • Amenazas de denuncia

  • Discusiones por dinero no abonado

Una vecina escuchó cómo Alfonso ofrecía dinero a cambio de sexo oral.
«Los vecinos estaban hartos, a ellos y a mí nos resultaba repugnante y doloroso», ha recalcado.

Incluso una vecina del anterior edificio advirtió:
«Que se preparen todos los vecinos porque lo que viene es muy fuerte. Es un sacerdote al que le gustan los chicos».

 

Alfonso López Benito-AVAN / A. Sáiz

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