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Sucesos

Condenan a un funcionario que envió en chat de padres del colegio datos de 8.300 miembros de mesas electorales

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Madrid, 1 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de cárcel para un funcionario del Ayuntamiento de València que distribuyó en un chat de WhatsApp de un grupo de padres los datos de 8.334 personas que habían sido seleccionadas para integrar las mesas electorales de los comicios de abril de 2019.

El alto tribunal ha rechazado el recurso del acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial que le condenó por esa difusión y, por tanto, ha confirmado el fallo, contra el que ya no cabe recurso.

Fue el Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia el que inició el procedimiento contra Alfonso G.G., un funcionario con categoría de personal técnico superior adscrito al servicio de tecnología de la información del Ayuntamiento de València.

«Aprovechando que por su puesto de trabajo en el departamento de informática del Ayuntamiento, tenía acceso legítimo» al archivo que contenía la relación de todos los integrantes seleccionados para conformar las mesas electorales de las elecciones generales y de las autonómicas de la Comunitat Valenciana que se celebraron el día 28 de abril de 2019, el funcionario los difundió.

Unos datos que contenían el nombre, apellidos, DNI, dirección y cargo de presidente o vocal, titular o suplente de las 8.334 personas que habían sido designadas para conformar esas mesas.

El acusado procedió a su difusión por la red de mensajería WhatsApp, en un chat del grupo de padres del colegio, «comenzando una difusión en cadena por parte de diversos usuarios de la aplicación», totalmente ajenos al Ayuntamiento de València y, por tanto, «permitiendo el acceso al archivo a más de un centenar de personas».

Por ello, la Audiencia Provincial condenó a Alfonso G.G. como autor de un delito de violación de secretos, penado con dos años de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

Asimismo, le condenó a doce meses de multa a razón de 10 euros diarios, lo que supone un total de 3.600 euros, y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de un año.

En su recurso al Supremo, el condenado pide la absolución y alega para ello que desconocía que la acción realizada fuera delito y que los datos que difundió en el chat

Recuerda el Tribunal Supremo que el acusado era funcionario del Ayuntamiento de València, con titulación de ingeniero informático y que había recibido una formación específica en materia de protección de datos.

Por tanto, según confirmó un testigo en el juicio, conocía las medidas que debían adoptarse para proteger esos datos.

De este modo, el Supremo explica que «se publicaron datos de más de 8.000 personas que incluían información personal muy relevante (nombre, DNI y domicilio), se divulgaron en una red cuya propagación puede ser masiva y, por la naturaleza de los datos, se causó un riesgo objetivo de que pudieran ser utilizados por terceros para fines delictivos».

Por lo tanto, los hechos objeto de acusación han sido correctamente subsumidos en el delito tipificado en el artículo 417 del Código Penal.

En suma, se difundieron esos datos a través de una red social con el riesgo de suplantaciones de personalidad, estafas y localización de esas personas en sus respectivos domicilios, así como en las mesas electorales.

 

 

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Sucesos

Hallan muerto a un hombre en una sauna gay

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Los Mossos d’Esquadra investigan el hallazgo del cuerpo sin vida de un hombre de 55 años en una sauna gay del centro de Barcelona, ubicada en la calle Casanova, cerca de la plaza Universitat. Según las primeras investigaciones, la muerte podría estar relacionada con el consumo de sustancias estupefacientes, aunque aún se espera el informe definitivo de la autopsia.

Suceso en la sauna

El incidente ocurrió el pasado 4 de enero alrededor del mediodía, cuando los responsables del local, abierto las 24 horas, encontraron al cliente inconsciente en una de las estancias. Tras dar aviso a los servicios de emergencia, la Unidad de Investigación de los Mossos del Eixample se desplazó al lugar y confirmó el fallecimiento del hombre.

Fuentes policiales indicaron que no se observaron signos de violencia ni indicios de criminalidad, y que el cliente se habría sentido indispuesto poco antes de morir, presuntamente tras haber consumido drogas.

Investigación y causas probables

Los investigadores consideran que la causa más probable del fallecimiento es una sobredosis, vinculada al consumo de sustancias como éxtasis líquido, habitual en ciertos entornos nocturnos. Tras la inspección y la autorización del levantamiento del cadáver, la sauna reabrió su actividad esa misma tarde.

La investigación policial no prevé avances relevantes adicionales, ya que no se han detectado elementos que apunten a un delito. Todo apunta a que el caso se cerrará como una muerte accidental relacionada con drogas.

Antecedentes del local

No es la primera vez que este establecimiento se ve implicado en incidentes similares. En marzo de 2023, cinco hombres fueron atendidos por el Sistema d’Emergències Mèdiques tras sufrir intoxicación por drogas en el mismo local, y dos de ellos requirieron ingreso hospitalario en estado crítico.

Tras aquel episodio, la Guardia Urbana y los Bombers de Barcelona realizaron una inspección, detectando deficiencias de seguridad. La sauna fue clausurada temporalmente hasta corregir las irregularidades, aunque la investigación paralela sobre la intoxicación no logró identificar al proveedor de las sustancias.

 

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