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Sucesos

Condenan a un funcionario que envió en chat de padres del colegio datos de 8.300 miembros de mesas electorales

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Madrid, 1 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de cárcel para un funcionario del Ayuntamiento de València que distribuyó en un chat de WhatsApp de un grupo de padres los datos de 8.334 personas que habían sido seleccionadas para integrar las mesas electorales de los comicios de abril de 2019.

El alto tribunal ha rechazado el recurso del acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial que le condenó por esa difusión y, por tanto, ha confirmado el fallo, contra el que ya no cabe recurso.

Fue el Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia el que inició el procedimiento contra Alfonso G.G., un funcionario con categoría de personal técnico superior adscrito al servicio de tecnología de la información del Ayuntamiento de València.

«Aprovechando que por su puesto de trabajo en el departamento de informática del Ayuntamiento, tenía acceso legítimo» al archivo que contenía la relación de todos los integrantes seleccionados para conformar las mesas electorales de las elecciones generales y de las autonómicas de la Comunitat Valenciana que se celebraron el día 28 de abril de 2019, el funcionario los difundió.

Unos datos que contenían el nombre, apellidos, DNI, dirección y cargo de presidente o vocal, titular o suplente de las 8.334 personas que habían sido designadas para conformar esas mesas.

El acusado procedió a su difusión por la red de mensajería WhatsApp, en un chat del grupo de padres del colegio, «comenzando una difusión en cadena por parte de diversos usuarios de la aplicación», totalmente ajenos al Ayuntamiento de València y, por tanto, «permitiendo el acceso al archivo a más de un centenar de personas».

Por ello, la Audiencia Provincial condenó a Alfonso G.G. como autor de un delito de violación de secretos, penado con dos años de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

Asimismo, le condenó a doce meses de multa a razón de 10 euros diarios, lo que supone un total de 3.600 euros, y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de un año.

En su recurso al Supremo, el condenado pide la absolución y alega para ello que desconocía que la acción realizada fuera delito y que los datos que difundió en el chat

Recuerda el Tribunal Supremo que el acusado era funcionario del Ayuntamiento de València, con titulación de ingeniero informático y que había recibido una formación específica en materia de protección de datos.

Por tanto, según confirmó un testigo en el juicio, conocía las medidas que debían adoptarse para proteger esos datos.

De este modo, el Supremo explica que «se publicaron datos de más de 8.000 personas que incluían información personal muy relevante (nombre, DNI y domicilio), se divulgaron en una red cuya propagación puede ser masiva y, por la naturaleza de los datos, se causó un riesgo objetivo de que pudieran ser utilizados por terceros para fines delictivos».

Por lo tanto, los hechos objeto de acusación han sido correctamente subsumidos en el delito tipificado en el artículo 417 del Código Penal.

En suma, se difundieron esos datos a través de una red social con el riesgo de suplantaciones de personalidad, estafas y localización de esas personas en sus respectivos domicilios, así como en las mesas electorales.

 

 

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Un joven de 23 años muere en un accidente de moto tras ser arrollado por varios vehículos en Pinedo

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muere accidente Pinedo
EUROPA PRESS ARCHIVO

Un joven de 23 años ha fallecido en un grave accidente de tráfico ocurrido en la noche del miércoles en la autovía V-15, a la altura de Pinedo, en Valencia. El motorista fue embestido por un turismo, salió despedido y quedó tendido sobre la calzada, donde fue arrollado posteriormente por varios vehículos que no pudieron frenar a tiempo.

El siniestro se produjo sobre las 21:45 horas del 28 de enero en el punto kilométrico 3,6 de la V-15, en sentido El Saler. Según las primeras investigaciones de la Guardia Civil de Tráfico, la causa del accidente podría estar relacionada con un exceso de velocidad del primer coche que colisionó contra la motocicleta.

La víctima, un vecino de Valencia

La víctima mortal es un vecino de Valencia. Tras la colisión inicial, el motorista salió despedido varios metros y quedó en la calzada. El conductor del primer vehículo implicado dio negativo en la prueba de alcoholemia y detuvo su marcha de inmediato para tratar de señalizar el peligro a otros conductores.

Sin embargo, antes de que pudiera advertir de la presencia del cuerpo en la vía, al menos otros dos vehículos arrollaron al joven, por lo que todavía se investiga cuál de ellos habría provocado finalmente la muerte.

Escasa visibilidad en el tramo de la V-15

El tramo de la autovía donde ocurrió el accidente presenta una iluminación limitada, lo que pudo dificultar la visibilidad de los conductores que circulaban en ese momento por la V-15. Esta circunstancia habría impedido que los vehículos que llegaron después de la colisión inicial pudieran esquivar al motorista tendido en la calzada.

Las primeras llamadas al servicio de emergencias 112 y a la Guardia Civil alertaban de la presencia de un obstáculo en la vía, posiblemente un cadáver. Agentes de la Guardia Civil de Tráfico y de la Policía Local de Valencia se desplazaron de inmediato al lugar y confirmaron el fallecimiento del joven.

Investigación en curso y traslado al Instituto de Medicina Legal

El personal sanitario que acudió al siniestro solo pudo certificar la muerte del motorista. El cuerpo fue trasladado al Instituto de Medicina Legal de Valencia, donde se le practicará la autopsia para determinar las causas exactas del fallecimiento.

El punto kilométrico donde se produjo el accidente se encuentra en la demarcación de la Guardia Civil de Tráfico, aunque cercano al ámbito de actuación de la Policía Local de Valencia, por lo que patrullas de ambos cuerpos participaron en la señalización del siniestro y en las labores de control del tráfico.

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