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Sucesos

Condenan a un funcionario que envió en chat de padres del colegio datos de 8.300 miembros de mesas electorales

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Madrid, 1 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de cárcel para un funcionario del Ayuntamiento de València que distribuyó en un chat de WhatsApp de un grupo de padres los datos de 8.334 personas que habían sido seleccionadas para integrar las mesas electorales de los comicios de abril de 2019.

El alto tribunal ha rechazado el recurso del acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial que le condenó por esa difusión y, por tanto, ha confirmado el fallo, contra el que ya no cabe recurso.

Fue el Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia el que inició el procedimiento contra Alfonso G.G., un funcionario con categoría de personal técnico superior adscrito al servicio de tecnología de la información del Ayuntamiento de València.

«Aprovechando que por su puesto de trabajo en el departamento de informática del Ayuntamiento, tenía acceso legítimo» al archivo que contenía la relación de todos los integrantes seleccionados para conformar las mesas electorales de las elecciones generales y de las autonómicas de la Comunitat Valenciana que se celebraron el día 28 de abril de 2019, el funcionario los difundió.

Unos datos que contenían el nombre, apellidos, DNI, dirección y cargo de presidente o vocal, titular o suplente de las 8.334 personas que habían sido designadas para conformar esas mesas.

El acusado procedió a su difusión por la red de mensajería WhatsApp, en un chat del grupo de padres del colegio, «comenzando una difusión en cadena por parte de diversos usuarios de la aplicación», totalmente ajenos al Ayuntamiento de València y, por tanto, «permitiendo el acceso al archivo a más de un centenar de personas».

Por ello, la Audiencia Provincial condenó a Alfonso G.G. como autor de un delito de violación de secretos, penado con dos años de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

Asimismo, le condenó a doce meses de multa a razón de 10 euros diarios, lo que supone un total de 3.600 euros, y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de un año.

En su recurso al Supremo, el condenado pide la absolución y alega para ello que desconocía que la acción realizada fuera delito y que los datos que difundió en el chat

Recuerda el Tribunal Supremo que el acusado era funcionario del Ayuntamiento de València, con titulación de ingeniero informático y que había recibido una formación específica en materia de protección de datos.

Por tanto, según confirmó un testigo en el juicio, conocía las medidas que debían adoptarse para proteger esos datos.

De este modo, el Supremo explica que «se publicaron datos de más de 8.000 personas que incluían información personal muy relevante (nombre, DNI y domicilio), se divulgaron en una red cuya propagación puede ser masiva y, por la naturaleza de los datos, se causó un riesgo objetivo de que pudieran ser utilizados por terceros para fines delictivos».

Por lo tanto, los hechos objeto de acusación han sido correctamente subsumidos en el delito tipificado en el artículo 417 del Código Penal.

En suma, se difundieron esos datos a través de una red social con el riesgo de suplantaciones de personalidad, estafas y localización de esas personas en sus respectivos domicilios, así como en las mesas electorales.

 

 

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Sucesos

Mujer de 83 años muere tras atragantarse con un torrezno en Almassora, Castellón

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fallece bebé piscina

Una mujer de 83 años ha fallecido tras atragantarse con un torrezno en un bar de Almassora, Castellón. Los hechos ocurrieron mientras la víctima, originaria de Vila-real, se encontraba consumiendo alimentos en el establecimiento. A pesar de los esfuerzos de la Policía Local y del Servicio de Ayuda Médica Urgente (SAMU), la mujer no pudo ser salvada.

Detalles del suceso

Según fuentes locales, la mujer se estaba comiendo torreznos cuando sufrió el atragantamiento, provocando un shock entre los presentes. La Policía Local intervino rápidamente, aplicando reanimación cardiopulmonar (RCP) con desfibrilador mientras esperaban la llegada de los sanitarios del SAMU. Los médicos continuaron con las maniobras durante aproximadamente 30 minutos, pero finalmente se confirmó el fallecimiento de la víctima en el mismo bar.

Otras situaciones similares

Casos de atragantamiento trágicos han ocurrido en España recientemente, como un niño de dos años que falleció tras atragantarse con frutos secos en Valencia, o un hombre detenido en Barcelona tras atragantarse con una cadena de oro robada en un taxi. Estos incidentes destacan la importancia de saber actuar ante situaciones de atragantamiento.

Qué hacer en caso de atragantamiento

El Servei d’Emergències Sanitàries de la Comunitat Valenciana recomienda actuar de forma rápida y siguiendo ciertos pasos:

  1. Persona consciente y puede toser: animarle a toser.

  2. Persona consciente pero no puede toser: inclinar el cuerpo ligeramente hacia adelante y dar cinco golpes en la espalda entre las escápulas.

  3. Maniobra de Heimlich: colocarse detrás de la víctima, rodear con los brazos, colocar un puño horizontal justo por encima del ombligo, presionar fuerte hacia adentro y hacia arriba, alternando con cinco golpes en la espalda hasta que expulse el objeto o lleguen los servicios de emergencia.

  4. Mujeres embarazadas: solo golpes en las escápulas y compresiones en el centro del pecho.

  5. Menores de un año: colocar boca abajo sobre un antebrazo, sostener la cabeza más baja que el cuerpo, cinco golpes en las escápulas y si no funciona, cinco compresiones con los dedos en el centro del pecho.

  6. Si todo falla: iniciar maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP).

 

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