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Sucesos

Condenan a un funcionario que envió en chat de padres del colegio datos de 8.300 miembros de mesas electorales

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Madrid, 1 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de cárcel para un funcionario del Ayuntamiento de València que distribuyó en un chat de WhatsApp de un grupo de padres los datos de 8.334 personas que habían sido seleccionadas para integrar las mesas electorales de los comicios de abril de 2019.

El alto tribunal ha rechazado el recurso del acusado contra la sentencia de la Audiencia Provincial que le condenó por esa difusión y, por tanto, ha confirmado el fallo, contra el que ya no cabe recurso.

Fue el Juzgado de Instrucción número 17 de Valencia el que inició el procedimiento contra Alfonso G.G., un funcionario con categoría de personal técnico superior adscrito al servicio de tecnología de la información del Ayuntamiento de València.

«Aprovechando que por su puesto de trabajo en el departamento de informática del Ayuntamiento, tenía acceso legítimo» al archivo que contenía la relación de todos los integrantes seleccionados para conformar las mesas electorales de las elecciones generales y de las autonómicas de la Comunitat Valenciana que se celebraron el día 28 de abril de 2019, el funcionario los difundió.

Unos datos que contenían el nombre, apellidos, DNI, dirección y cargo de presidente o vocal, titular o suplente de las 8.334 personas que habían sido designadas para conformar esas mesas.

El acusado procedió a su difusión por la red de mensajería WhatsApp, en un chat del grupo de padres del colegio, «comenzando una difusión en cadena por parte de diversos usuarios de la aplicación», totalmente ajenos al Ayuntamiento de València y, por tanto, «permitiendo el acceso al archivo a más de un centenar de personas».

Por ello, la Audiencia Provincial condenó a Alfonso G.G. como autor de un delito de violación de secretos, penado con dos años de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena

Asimismo, le condenó a doce meses de multa a razón de 10 euros diarios, lo que supone un total de 3.600 euros, y la suspensión de empleo o cargo público por tiempo de un año.

En su recurso al Supremo, el condenado pide la absolución y alega para ello que desconocía que la acción realizada fuera delito y que los datos que difundió en el chat

Recuerda el Tribunal Supremo que el acusado era funcionario del Ayuntamiento de València, con titulación de ingeniero informático y que había recibido una formación específica en materia de protección de datos.

Por tanto, según confirmó un testigo en el juicio, conocía las medidas que debían adoptarse para proteger esos datos.

De este modo, el Supremo explica que «se publicaron datos de más de 8.000 personas que incluían información personal muy relevante (nombre, DNI y domicilio), se divulgaron en una red cuya propagación puede ser masiva y, por la naturaleza de los datos, se causó un riesgo objetivo de que pudieran ser utilizados por terceros para fines delictivos».

Por lo tanto, los hechos objeto de acusación han sido correctamente subsumidos en el delito tipificado en el artículo 417 del Código Penal.

En suma, se difundieron esos datos a través de una red social con el riesgo de suplantaciones de personalidad, estafas y localización de esas personas en sus respectivos domicilios, así como en las mesas electorales.

 

 

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Sucesos

Investigan la muerte de una niña de 4 años tras caer desde un quinto piso en Calpe

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Tres detenidos por asesinato a tiros en Torrevieja

La Guardia Civil ha abierto una investigación para esclarecer las circunstancias que rodearon la trágica muerte de una niña de 4 años que cayó accidentalmente desde un quinto piso en la localidad alicantina de Calp. Los hechos ocurrieron durante la madrugada del pasado domingo 7 de septiembre.

Según ha informado el diario Información y han confirmado fuentes del instituto armado a Europa Press, la menor sufrió una caída desde el balcón de un apartamento situado en una planta alta de un edificio residencial. A raíz del impacto, fue trasladada de urgencia a un centro hospitalario, donde permaneció varios días ingresada en estado crítico. Finalmente, falleció el pasado viernes a causa de las graves lesiones sufridas.

¿Cómo ocurrió la caída en Calpe?

De acuerdo con la información publicada por medios locales, el accidente tuvo lugar alrededor de las cinco de la madrugada. En el momento de la caída, la niña se encontraba acompañada únicamente por otros dos menores: un bebé de un año y una adolescente de 14 años, prima de la víctima, quien presuntamente estaba al cuidado de los más pequeños. No había ningún adulto presente en el domicilio cuando ocurrió el trágico suceso.

La Policía Judicial de la Guardia Civil ha asumido la investigación del caso con el objetivo de determinar si hubo negligencia o responsabilidad por parte de los adultos encargados de la tutela de los menores en ese momento.

Investigación en curso

Aunque las primeras hipótesis apuntan a una caída accidental, los agentes siguen recabando testimonios y revisando posibles pruebas que permitan esclarecer con precisión cómo y por qué se produjo el suceso. Hasta el momento, no se han comunicado detenciones ni cargos relacionados con el caso.

Seguridad infantil y supervisión

Este incidente ha vuelto a poner sobre la mesa la importancia de la supervisión de menores, especialmente en entornos de riesgo como viviendas en altura. Las autoridades insisten en la necesidad de tomar todas las medidas de seguridad posibles, como instalar barreras en ventanas y balcones, y nunca dejar a menores solos sin la vigilancia de un adulto responsable.

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