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Valencia

Cuarta manifestación en València exige la dimisión de Carlos Mazón: «Las víctimas no se olvidan»

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Cuarta manifestación dimisión Mazón
Una cuarta manifestación recorre el centro de València para exigir la dimisión de Mazón: "Las víctimas no se olvidan" - JORGE GIL / EUROPA PRESS

Cientos de personas recorren el centro de València para pedir la dimisión de Mazón

Este sábado, una cuarta manifestación ha recorrido las calles de València para exigir la dimisión del ‘president’ de la Generalitat, Carlos Mazón, tres meses después de la devastadora DANA. Bajo el lema «Mazón dimissió» y desafiando la lluvia, los manifestantes partieron desde la plaza del Ayuntamiento y atravesaron calles emblemáticas como Poeta Querol, la Paz y la plaza de la Reina, culminando en la plaza de la Virgen.

La protesta estuvo encabezada por la muixeranga de Algemesí, que perdió su local debido a las inundaciones. Familiares de víctimas, asociaciones y representantes sociales portaron pancartas con mensajes como «No se puede hacer peor», «Conseller negligent» o «Mazón mentiroso».


Críticas por negligencia institucional

Anna Mar Bueno, una de las portavoces de la manifestación, denunció la falta de respuesta institucional ante la tragedia:

«Las víctimas no se olvidan, ni las que murieron en la DANA ni los trabajadores fallecidos en las tareas de limpieza. Las personas que han sobrevivido siguen viendo sus vidas transformadas.»

Bueno subrayó que la gestión del Consell fue negligente antes, durante y después de la DANA, y exigió responsabilidades tanto a las instituciones públicas como a las empresas que expusieron a sus trabajadores al peligro.


Reclamos de justicia y dimisión

Otra portavoz, Alexandra Usó, criticó que la tragedia se agravó debido a la falta de prevención y coordinación:

«La catástrofe se convirtió en una crisis humanitaria porque no se avisó a tiempo y quienes debían proteger a la población no estaban en su lugar.»

Además, Beatriz Cardona recordó que el aviso de posibles inundaciones llegó demasiado tarde, cuando ya había ocurrido la mayor parte de las muertes. Cardona destacó la presencia simbólica de la muixeranga de Algemesí como un acto de resistencia ante la adversidad.

«El pueblo valenciano persistirá, pese a la ineptitud de nuestros gobernantes.»


Familiares de las víctimas reclaman respuestas

Aitana, familiar de una de las víctimas, lamentó que las instituciones no hayan contactado con los afectados:

«Si hubieran avisado antes, mi abuelo estaría vivo. Seguimos esperando que alguien se ponga en contacto con nosotros.»

Por su parte, Xelo Sánchez, presidenta de Dones de Picanya, exigió la dimisión de Mazón para permitir una recuperación adecuada:

«Hay mucha gente que espera, al menos, unas palabras de él.»


Denuncias sobre la situación actual

Los manifestantes también expusieron la difícil situación que persiste en las zonas afectadas:

  • Centros educativos: Algunos colegios siguen cerrados y los alumnos desplazados reciben menos horas de clase.
  • Viviendas: Hay edificios sin ascensores en funcionamiento, lo que afecta especialmente a personas mayores.
  • Ayudas: Las ayudas a la cultura, educación y empleo llegan con retraso o son insuficientes.
  • Burocracia: Muchas personas mayores hacen largas colas en los ayuntamientos debido a las dificultades para tramitar ayudas por Internet.

Lectura del manifiesto y minuto de silencio

La manifestación concluyó con la lectura de un manifiesto a cargo de representantes de la muixeranga de Algemesí y del IES Picanya. En él, se exigió la dimisión de Mazón, así como la investigación de posibles negligencias empresariales y una mejora en la atención a los damnificados.

Sobre las 19:30 horas, los asistentes realizaron un minuto de silencio en honor a las víctimas de la DANA. Posteriormente, se activó la alarma de Protección Civil, recordando el aviso tardío del día de la catástrofe. La protesta finalizó con aplausos y los cánticos de «Mazón dimissió» y «El ‘president’ a Picassent».

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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