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El TSJ valenciano remite al Supremo una demanda por la «inacción» del Gobierno en la DANA

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Madrid, 6 nov (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha remitido al Tribunal Supremo una demanda presentada por la asociación Liberum, que denuncia la «inacción» del Gobierno frente a las graves inundaciones causadas por la DANA en la provincia. Esta acción legal argumenta que dicha inacción supone una vulneración de derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la integridad física.

Detalles de la demanda y su tramitación

La demanda interpuesta por la asociación Liberum es un recurso contencioso-administrativo especial, orientado a la protección de derechos fundamentales. Fue presentada contra la Delegación del Gobierno en Valencia y, tras ser evaluada, el TSJCV decidió enviarla al Supremo, dado que este tribunal es el órgano competente.

Medidas cautelarísimas rechazadas

En el auto judicial, al que ha tenido acceso EFE, los magistrados del TSJCV rechazaron las medidas cautelarísimas solicitadas por la asociación. Estas medidas pretendían asegurar «una intervención inmediata» para prevenir daños adicionales a la población afectada por las inundaciones y garantizar la protección de sus derechos fundamentales.

Principales objetivos de la demanda:

  • Que se declare oficialmente la inacción del Gobierno central en la gestión de la crisis.
  • Que se reconozca la vulneración de derechos como el de la vida y la integridad física.
  • Que el Gobierno sea obligado a implementar medidas urgentes y proporcionales para proteger la vida, la salud y la seguridad de los ciudadanos afectados.

Argumentos legales y competencia del Supremo

El TSJCV resolvió que no es competente para tratar este recurso, basándose en la opinión del fiscal que confirmó que el Tribunal Supremo es el órgano adecuado para conocer este caso. Sin embargo, el auto incluye un voto particular concurrente de uno de los magistrados, Miguel A. Narváez, quien está de acuerdo con la competencia del Supremo pero discrepa sobre los argumentos utilizados.

Voto particular de Miguel A. Narváez

El magistrado Narváez sostiene que el TSJCV debería haberse inhibido no por la falta de competencia, sino por la ausencia de un requerimiento previo a la administración, necesario para apreciar la inactividad. Además, enfatiza la necesidad de adoptar medidas urgentes para tutelar derechos fundamentales como la vida y la integridad física.

Declaraciones del magistrado Narváez:

  • Señala que la Ley Orgánica del Poder Judicial exige la protección urgente de estos derechos.
  • Advierte que no actuar rápidamente frente a la crisis podría agravar el drama humanitario causado por la DANA.
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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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