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Consumo

Denuncian a Vueling por no dejar viajar a una pasajera por llevar un «body escotado»

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Hasta el momento la vestimenta podía ser un impedimento para poder acceder a un local, pero este fin de semana se ha convertido en una ‘pesadilla’ para una usuaria de la aerolínea Vueling. La compañía prohibió el embarque a una pasajera que viajaba desde Mallorca a Barcelona acusándola de llevar un body escotado.

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la aerolínea Vueling ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y la Agencia Catalana de Consumo, donde tiene su sede social la compañía, por impedir el embarque de una pasajera acusándola de llevar un body escotado. La asociación considera aberrante la actitud de la aerolínea y tacha de discriminatoria la decisión de denegarle el paso al avión, ya que ninguna normativa prohíbe expresamente la admisión de los pasajeros por su indumentaria, siempre que la misma no vaya en contra del orden público.

La mujer se disponía a subir este pasado domingo a un avión de Vueling en el aeropuerto de Mallorca con destino a Barcelona cuando una tripulante de handling de la compañía le indicó que «no la aceptaban en el vuelo». El motivo: su forma de vestir. A pesar de que el resto de pasajeros no tenían inconveniente en que la usuaria accediera al avión y así se lo hicieron saber a la agente de handling e incluso le dejaran ropa para que «se tapase», Vueling dejó en tierra a la afectada.

FACUA tacha de inadmisible este comportamiento y exige a las autoridades competentes que sancionen contundentemente a la compañía aérea por vulnerar los derechos de esta usuaria discriminándola por su forma de vestir, dejándola en una completa indefensión delante del pasaje.

En su perfil de Twitter, la aerolínea ha respondido que «las condiciones de transporte de Vueling, y de la mayoría de transportes colectivos y que se aplican de manera igualitaria a hombres y mujeres, están diseñadas para defender y proteger la seguridad de todos los pasajeros a bordo y para regular su comportamiento en beneficios de todos. Esas condiciones establecen poder denegar el acceso a pasajeros cuya conducta no se adapte a dichas condiciones». «La pasajera iba en bañador», añade, «la respuesta a la petición de la agente de handling ha sido abusiva y es la única razón por la que se ha decidido llamar a la autoridad competente y que no volase».

La asociación señala que es la actitud de la compañía la que resulta del todo abusiva y recuerda que las condiciones contractuales del todo ambiguas recogidas en los contratos de adhesión no pueden justificar esta situación y siempre su interpretación debe ir a favor de la parte más débil, el consumidor.

En su escrito, FACUA recuerda que, según el Reglamento Europeo 261/2004, la denegación de embarque sólo está excusada cuando se dan motivos razonables tales como «razones de salud o de seguridad o la presentación de documentos de viaje inadecuados». Motivos que, añade la asociación, no se dan en este caso.

La Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en su artículo 6 señala que «se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que» «pueda justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados».

Asimismo, el artículo 69 de la misma ley indica que «todas las personas físicas o jurídicas que, en el sector público o privado, suministren bienes o servicios disponibles para el público» «estarán obligadas al cumplimiento del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por razón de sexo».

Fuente: Facua.org

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Consumo

Sanidad y Consumo intensifica los controles en las 165 churrerías de Fallas en València

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Churrerías de Fallas 
Churrerías de Fallas -Archivo/EFE/Ángel Medina G.

El Ayuntamiento de València ha reforzado los controles sanitarios diarios en las churrerías instaladas durante las Fallas, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y la protección de los consumidores. En total, 165 puestos de churros y buñuelos funcionan en la ciudad entre el 2 y el 19 de marzo, coincidiendo con la celebración de las Fallas de València.

El concejal de Sanidad y Consumo, José Gosálbez, participó junto a inspectores municipales en una demostración práctica de inspección higiénico-sanitaria en una churrería de la ciudad, donde se mostró el procedimiento que se aplica durante la campaña fallera.

Más de 700 inspecciones desde el inicio de las Fallas

Desde el comienzo del dispositivo, el servicio municipal ha realizado más de 700 inspecciones en los puestos de churros y buñuelos instalados en la ciudad.

De los 165 puestos autorizados,

  • 146 corresponden a puestos específicos de Fallas

  • 19 pertenecen a bares que también ofrecen estos productos tradicionales.

Durante estas inspecciones se han llevado a cabo alrededor de 600 análisis del aceite utilizado para la fritura, de los cuales 60 han requerido su sustitución. Además, los técnicos municipales han realizado 40 controles del suministro de agua para verificar su calidad.

Según explicó Gosálbez, los controles se realizan de forma aleatoria y por sorpresa, cualquier día de la semana y a cualquier hora, con el objetivo de comprobar que todos los puestos cumplen las condiciones higiénico-sanitarias exigidas.

Qué revisan los inspectores en las churrerías

Los seis inspectores municipales supervisan distintos aspectos relacionados con la seguridad alimentaria:

  • Manipulación adecuada de alimentos

  • Calidad del aceite mediante medidores de compuestos polares

  • Conexión a la red municipal de agua

  • Presencia de calentador y grifos de accionamiento no manual

  • Uso de toallas de un solo uso

  • Toma de muestras de agua para análisis químico

Según el concejal, “todos los puestos deben cumplir las mismas normas y garantizar las mismas condiciones higiénico-sanitarias. Quien no las cumpla tendrá que desmontar el puesto”.

Control de precios y derechos del consumidor

Además de los controles sanitarios, el área de Consumo también verifica el cumplimiento de la normativa de protección al cliente. Entre las comprobaciones se incluye:

  • Lista de precios visible para el público

  • Disponibilidad de hojas de reclamaciones

  • Entrega de ticket cuando lo solicite el cliente

El objetivo es garantizar transparencia en los precios y seguridad para los consumidores durante las fiestas.

Supervisión de los mercados falleros

A estas inspecciones se suma la supervisión de los 79 mercados falleros instalados en la ciudad desde el 12 de marzo. Cada uno de estos espacios puede albergar hasta diez puestos de alimentación, de los cuales cinco pueden preparar comida en el momento y otros cinco vender alimentos ya elaborados.

Todas estas actuaciones se desarrollan conforme al Bando Fallero, que establece las normas que deben cumplir los puestos de venta durante las fiestas.

“Las Fallas son una celebración abierta al mundo y queremos que también sean un ejemplo de seguridad alimentaria y respeto al consumidor”, concluyó Gosálbez.

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