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Consumo

Denuncian a Vueling por no dejar viajar a una pasajera por llevar un «body escotado»

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Hasta el momento la vestimenta podía ser un impedimento para poder acceder a un local, pero este fin de semana se ha convertido en una ‘pesadilla’ para una usuaria de la aerolínea Vueling. La compañía prohibió el embarque a una pasajera que viajaba desde Mallorca a Barcelona acusándola de llevar un body escotado.

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a la aerolínea Vueling ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y la Agencia Catalana de Consumo, donde tiene su sede social la compañía, por impedir el embarque de una pasajera acusándola de llevar un body escotado. La asociación considera aberrante la actitud de la aerolínea y tacha de discriminatoria la decisión de denegarle el paso al avión, ya que ninguna normativa prohíbe expresamente la admisión de los pasajeros por su indumentaria, siempre que la misma no vaya en contra del orden público.

La mujer se disponía a subir este pasado domingo a un avión de Vueling en el aeropuerto de Mallorca con destino a Barcelona cuando una tripulante de handling de la compañía le indicó que «no la aceptaban en el vuelo». El motivo: su forma de vestir. A pesar de que el resto de pasajeros no tenían inconveniente en que la usuaria accediera al avión y así se lo hicieron saber a la agente de handling e incluso le dejaran ropa para que «se tapase», Vueling dejó en tierra a la afectada.

FACUA tacha de inadmisible este comportamiento y exige a las autoridades competentes que sancionen contundentemente a la compañía aérea por vulnerar los derechos de esta usuaria discriminándola por su forma de vestir, dejándola en una completa indefensión delante del pasaje.

En su perfil de Twitter, la aerolínea ha respondido que «las condiciones de transporte de Vueling, y de la mayoría de transportes colectivos y que se aplican de manera igualitaria a hombres y mujeres, están diseñadas para defender y proteger la seguridad de todos los pasajeros a bordo y para regular su comportamiento en beneficios de todos. Esas condiciones establecen poder denegar el acceso a pasajeros cuya conducta no se adapte a dichas condiciones». «La pasajera iba en bañador», añade, «la respuesta a la petición de la agente de handling ha sido abusiva y es la única razón por la que se ha decidido llamar a la autoridad competente y que no volase».

La asociación señala que es la actitud de la compañía la que resulta del todo abusiva y recuerda que las condiciones contractuales del todo ambiguas recogidas en los contratos de adhesión no pueden justificar esta situación y siempre su interpretación debe ir a favor de la parte más débil, el consumidor.

En su escrito, FACUA recuerda que, según el Reglamento Europeo 261/2004, la denegación de embarque sólo está excusada cuando se dan motivos razonables tales como «razones de salud o de seguridad o la presentación de documentos de viaje inadecuados». Motivos que, añade la asociación, no se dan en este caso.

La Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en su artículo 6 señala que «se considera discriminación indirecta por razón de sexo la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a personas de un sexo en desventaja particular con respecto a personas del otro, salvo que» «pueda justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados».

Asimismo, el artículo 69 de la misma ley indica que «todas las personas físicas o jurídicas que, en el sector público o privado, suministren bienes o servicios disponibles para el público» «estarán obligadas al cumplimiento del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por razón de sexo».

Fuente: Facua.org

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Consumo

Alerta alimentaria grave por insecticida tóxico en esta fruta de origen español

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Alerta alimentaria fruta
Vista de un puesto con frutas y hortalizas en un mercado. EFE/ Javier Lizón /Archivo

La Unión Europea detecta niveles elevados de acetamiprid en una fruta muy consumida

La Unión Europea ha emitido una alerta alimentaria de carácter grave por la presencia de niveles elevados de un insecticida en nectarinas procedentes de España. El aviso sanitario se activó tras detectar concentraciones superiores a las permitidas de acetamiprid, un plaguicida utilizado en agricultura para el control de insectos en cultivos de frutas y hortalizas.

Este tipo de alertas se activan cuando existe un riesgo potencial para la salud pública, especialmente si los residuos de pesticidas superan los límites máximos establecidos por la normativa comunitaria.

Qué es el acetamiprid y por qué preocupa

El acetamiprid es un insecticida del grupo de los neonicotinoides, empleado de forma habitual para proteger cultivos de plagas. Aunque está autorizado en la Unión Europea, su uso está estrictamente regulado y sujeto a límites máximos de residuos en alimentos.

En el lote detectado, los análisis revelaron una concentración de 0,27 mg/kg, cuando el límite legal es de 0,08 mg/kg, lo que supone más del triple del máximo permitido. La exposición a niveles elevados de este tipo de sustancias puede provocar efectos adversos en la salud, especialmente en niños, mujeres embarazadas y personas con patologías previas.

Entre los posibles riesgos asociados a los neonicotinoides se incluyen:

  • Alteraciones neurológicas en casos de exposición elevada

  • Problemas gastrointestinales

  • Riesgos potenciales para el sistema endocrino en exposiciones prolongadas

Por ello, las autoridades sanitarias aplican el principio de precaución y ordenan la retirada inmediata de los productos afectados.

Interceptación del lote en Italia y retirada del mercado

Según la notificación publicada el 19 de enero por el Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos (RASFF), el lote de nectarinas fue interceptado en Italia durante un control fronterizo de seguridad alimentaria. Italia fue el país que notificó el hallazgo tras detectar el nivel excesivo del plaguicida.

Las autoridades determinaron la retirada inmediata del producto para evitar su comercialización en supermercados y fruterías. Aunque el informe no detalla el número de lote ni la empresa productora, sí confirma que las partidas afectadas ya han sido retiradas del circuito comercial, evitando así su llegada a los consumidores.

Cómo funciona el sistema europeo de alertas alimentarias

El Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos (RASFF) es una red de intercambio de información entre los países de la Unión Europea. Su objetivo es detectar y gestionar riesgos alimentarios de forma rápida y coordinada.

Creado en 1979, el sistema conecta a:

  • Estados miembros de la Unión Europea

  • Comisión Europea

  • Autoridades sanitarias nacionales

  • Agencias de seguridad alimentaria (como la AESAN en España)

Cuando se detecta un riesgo grave, los países notifican el incidente para que se adopten medidas inmediatas, como retiradas del mercado, controles adicionales o bloqueos de importación y exportación.

Qué deben hacer los consumidores

En este caso, las autoridades han confirmado que el producto afectado no llegó a los puntos de venta, por lo que no se ha emitido una alerta directa al consumidor. Sin embargo, los expertos recomiendan:

  • Lavar siempre frutas y verduras antes de consumirlas

  • Pelar la fruta cuando sea posible para reducir residuos

  • Comprar productos de origen certificado o ecológico si se desea minimizar la exposición a pesticidas

Un recordatorio sobre la seguridad alimentaria

Este tipo de alertas subraya la importancia de los controles en la cadena alimentaria europea, considerada una de las más estrictas del mundo. La detección temprana del lote contaminado demuestra el funcionamiento del sistema de vigilancia, cuyo objetivo es evitar riesgos graves para la salud pública y garantizar que los alimentos que llegan a los consumidores sean seguros.

La alerta por acetamiprid en nectarinas de origen español se suma a otras notificaciones periódicas sobre pesticidas, metales pesados o contaminantes microbiológicos, y refuerza el papel clave de las agencias de seguridad alimentaria en la protección del consumidor.

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