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Anuncio del Ministerio de Trabajo sobre despidos: Situaciones justificadas por la DANA y prohibiciones específicas

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Situaciones justificadas por la DANA y prohibiciones específicas

Anuncio del Ministerio de Trabajo sobre despidos debido a la DANA

El Ministerio de Trabajo ha anunciado este lunes que se declarará nulo el despido de las personas que no hayan acudido a su puesto de trabajo debido a las consecuencias de la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos), según ha informado en un comunicado difundido en Telegram.

Situaciones que justifican las ausencias

Trabajo ha señalado que se considerarán ausencias justificadas aquellas situaciones donde la seguridad o las condiciones derivadas de la DANA impidan a los empleados asistir al trabajo, lo que invalidará cualquier despido por este motivo.

Casos específicos de ausencia justificada

Las ausencias serán justificadas en los siguientes casos:

  • Peligro para la seguridad y salud: Cuando el desplazamiento al trabajo pueda poner en peligro la seguridad y la salud de las personas trabajadoras o interfiera con las labores de rescate y recuperación en las áreas afectadas, siempre y cuando no exista la opción de teletrabajar.
  • Atención a familiares desaparecidos: En situaciones donde las personas trabajadoras necesiten atender a familiares desaparecidos o hacerse cargo de los fallecidos.
  • Pérdida de vivienda o enseres: Cuando, como consecuencia de la pérdida de la vivienda o enseres personales, los empleados no estén en disposición de acudir al trabajo.
  • Cuidados de familiares: En caso de tener que atender a familiares que requieran cuidados debido al cierre de colegios, residencias u otros servicios públicos esenciales.

Prohibición de despidos y derechos de ausencia

El anuncio subraya que «se prohibirá el despido de las personas que no hayan acudido a trabajar por alguna de las situaciones indicadas» y añade que cualquier consecuencia negativa por ejercer este derecho de ausencia será considerada nula.

Trabajo a distancia como opción preferente

El Ministerio también ha reiterado que el trabajo a distancia será la opción preferente de organización laboral. Si no es posible el teletrabajo, se eximirá a los empleados de acudir físicamente a su puesto de trabajo.

VÍDEO| Testimonios de la dura vuelta al trabajo de los afectados por la DANA

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Nueva Ley ‘Antiokupas’ en España: Adiós a la ocupación de viviendas, esta será su fecha de entrada en vigor

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nueva ley antiokupas

El Congreso aprueba una enmienda para agilizar los juicios por usurpación y allanamiento de morada

La ocupación ilegal de viviendas en España está cerca de un cambio significativo.

El Congreso de los Diputados ha aprobado una reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que establece que los delitos de usurpación y allanamiento de morada sean tramitados en juicios abreviados, permitiendo que se resuelvan en un máximo de 15 días desde que los ‘okupas’ son puestos a disposición judicial.

La iniciativa fue aprobada con el respaldo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, ERC y Bildu, aunque este último reconoció su voto como un error y se disculpó públicamente. Vox se abstuvo, mientras que PSOE, Sumar, Podemos y BNG votaron en contra.

 

Siguientes pasos para la aprobación definitiva

La reforma forma parte de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia y ahora se encuentra en el Senado, que tiene hasta dos meses para debatir la propuesta. Sin embargo, al no ser un proyecto declarado urgente, los plazos pueden extenderse. En el Senado pueden suceder tres escenarios:

  1. Aprobación sin cambios: La ley pasa directamente al proceso de sanción, promulgación y publicación.
  2. Veto absoluto: La iniciativa vuelve al Congreso sin ser aprobada, aunque no se espera que ocurra debido a la mayoría del PP en la Cámara Alta.
  3. Enmiendas parciales: El texto es modificado y regresaría al Congreso para su debate final.

Si se aprueba sin modificaciones, el Rey procederá a sancionar y promulgar la ley, un acto formal que no puede ser revocado. Posteriormente, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor en el plazo indicado por la ley o, en su defecto, en 20 días.

Impacto de la nueva ley en los plazos legales actuales
El cambio permitirá agilizar notablemente los procesos judiciales. En la actualidad, el 80% de los casos de desahucio en España tardan entre 4 y 9 meses en resolverse. Con la reforma, estos casos se resolverán en 15 días.

 

Comparativa con otros países europeos

En otros países de Europa, las medidas contra la ocupación ilegal son más inmediatas:

  • Francia: La Policía puede desalojar sin autorización judicial en 48 horas. Las penas llegan a tres años de prisión y multas de hasta 45.000 euros.
  • Alemania: El desalojo se produce en 24 horas y las penas alcanzan hasta dos años de cárcel si se utiliza violencia.
  • Reino Unido: La Policía puede actuar sin permiso judicial y la pena máxima es de 51 semanas de prisión y multas de hasta 5.700 euros, salvo si los ‘okupas’ abandonan la vivienda antes de las primeras 24 horas.

 

 

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