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Educación concede el bono infantil a más de 35.000 alumnos beneficiarios de las escuelas 0-3

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(22/10/2018) La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valencian’ la resolución de las ayudas destinadas a familias que escolarizan a sus hijos e hijas de 0 a 3 años en escuelas infantiles de primer ciclo de titularidad municipal o privada.

El número total de beneficiarios para este curso alcanza los 35.716, de los cuales 8.537 pertenecen a las comarcas de Alicante; 3.209, a las de Castellón, y 23.970, a las de Valencia. Se trata de alumnado de 0 a 3 años matriculado, para el curso escolar 2018-2019, en escuelas y centros de Educación Infantil de primer ciclo autorizados.

Ahora se inicia el periodo para presentar recursos por parte de familias que no han sido beneficiarias por carencia de documentación y durante este plazo de un mes Educación espera poder tener toda la documentación para beneficiar más alumnado de estas ayudas.

La novedad de esta convocatoria es que todo el alumnado matriculado en aulas de 2 años a las escuelas municipales tienen la escolarización totalmente gratuita

Aulas de 2 años gratuitas en las escuelas municipales

Como principal novedad en esta convocatoria, destaca la gratuidad para el tramo de 2 a 3 años en las escuelas municipales. Los beneficiarios en este caso son un total de 8.230 y todavía quedan plazas gratuitas de estas características, por lo cual cualquier familia que durante el curso escolarice sus hijos e hijas en estas aulas se beneficiará de su gratuidad.

En el territorio valenciano hay 248 escuelas municipales que ofrecen enseñanzas de 2 a 3 años en 485 aulas, que desde este curso son gratuitas. De estas, 127 pertenecen en las comarcas de Alicante; 47, a la de Castelló, y 311, a la de Valencia.

Incremento de las ayudas
Educación destina un total de 45.998.532 euros en ayudas económicas para la escolarización de 0 a 3 años, lo que supone un incremento del 34%, es decir, más de 11 millones de euros con respecto a las ayudas concedidas durante el curso 2017-2018.

A parte de las aulas totalmente gratuitas de 2 años en las escuelas municipales, con el bono infantil las familias se benefician de la financiación parcial del coste del servicio de la enseñanza en las escuelas privadas y en los tramos 0-1 y 1-2 de las escuelas municipales.

Estos tramos oscilan entre los 70 y los 200 euros para el alumnado comprendido en el tramo de edad de 0 a 1 años; de 70 a 120 euros para el alumnado entre 1 y 2 años, y de 80 a 140 euros para el alumnado escolarizado en el tramo entre 2 y 3 años.

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Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones generales de julio 2023

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voto por correo julio 2023

El voto por correo para las elecciones generales del 23 de julio de 2023 se puede solicitar desde este martes 30 de mayouna vez publicada la convocatoria en el BOE, y hasta el 13 de julio en cualquier oficina del Servicio de Correos, según establece la ley.

A pocos días de la celebración de las elecciones municipales y autonómicas, los ciudadanos ya podrán pedir el voto por correo para las próximas elecciones generales, anunciadas este lunes por sorpresa por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que coinciden por primera vez con las vacaciones de verano.

En las elecciones del 28 de mayo, más de 984.000 ciudadanos enviaron su voto por correo, un 6,4 % más que en los anteriores comicios de 2019, aunque esta vez envueltos en numerosas polémicas por las denuncias de compra de votos.

Tanto es así que en Melilla, donde esta modalidad triplicó la media nacional, la Fiscalía Anticorrupción ha asumido la investigación por la compra de votos.

Voto por correo para julio de 2023

¿Cuáles son los plazos?

Hasta el 13 de julio está abierto el plazo de solicitud, que deberá formularse personalmente y con el documento nacional de identidad para solicitar el voto por correo dentro de España, que debe remitirse por vía certificada no más tarde del 19 de julio.

¿Cómo puedo solicitarlo?

El impreso de solicitud se puede descargar en la web del Ministerio del Interior y presentarse por vía telemática en la página de Correos o de forma presencial en una oficina. Días después, el interesado recibe en su domicilio un sobre con las papeletas de cada formación política, el certificado de inscripción en el censo y otro sobre con la dirección de la mesa donde le corresponde votar.

Escogida la papeleta e introducida en el sobre correspondiente, lo cerrará para meterlo en el otro sobre dirigido a la mesa electoral, donde además incluirá el certificado de inscripción en el censo. Una vez remitido el voto, el elector ya no puede votar presencialmente.

Las excusas legales para librarse de una mesa electoral

¿Y si resido en el extranjero?

A los españoles que viven en el extranjero, la Oficina del Censo Electoral les remite de oficio toda la documentación y primera vez las papeletas también las podrán descargar de forma telemática.

Si se vota por correo certificado, el residente en el extranjero debe introducir la papeleta correspondiente dentro del sobre de votación e incluirlo en el otro sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial en el que también meterá uno de los certificados de inscripción en el censo, una fotocopia del pasaporte o del DNI o una certificación de nacionalidad, entre otra documentación.

Sin embargo, los españoles que viven en el exterior también pueden depositar el voto en las urnas dispuestas en sus embajadas, consulado o centros habilitados hasta el 20 de julio.

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