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Valencia

Anticorrupción pide cuatro años de cárcel para el hermano de Ximo Puig por estafa y falsedad documental

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francis puig
El empresario castellonense y hermano del president de la Generalitat Francis Puig( a la dcha de la imagen, acompañado por su abogado Javier Falomir) a su llegada a la Ciudad de la Justicia de valencia. EFE/ Manuel Bruque

La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado cuatro años de prisión para Francis Puig, hermano del expresidente de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig, por presuntos delitos de falsedad documental y estafa agravada. También pide tres años de cárcel para Juan Enrique Adell Bover, socio del empresario en varios proyectos audiovisuales.

Según el escrito presentado por la fiscal Adoración Cano, se les acusa de haber cobrado de forma indebida un total de 185.402,72 euros mediante facturas presuntamente falsas y simulación de gastos a través de varias empresas del sector audiovisual, entre ellas Mas Mut Produccions, Kriol, Canal Maestrat y Nova CB.

El caso Francis Puig: una denuncia del PP que derivó en una acusación por fraude

La investigación se inició en 2019 por denuncia del Partido Popular

El procedimiento arrancó en 2019 tras una denuncia del Partido Popular en la que se apuntaban posibles delitos de malversación, prevaricación, tráfico de influencias y fraude fiscal. Sin embargo, tras seis años de instrucción, la causa ha quedado centrada en un presunto fraude de subvenciones públicas. Aunque la cuantía investigada no alcanza el umbral de 120.000 euros exigido para ese tipo penal, la Fiscalía considera que sí se produjo una estafa agravada y falsedad en documento mercantil.

El escrito de acusación ha sido notificado este lunes a las partes y se centra en el presunto uso fraudulento de ayudas públicas concedidas por la Generalitat Valenciana y la Generalitat de Catalunya para el fomento del valenciano y el catalán, entre 2015 y 2019.

Subvenciones para fomentar el valenciano y el catalán bajo sospecha

Facturas duplicadas, empresas ficticias y conceptos genéricos

Durante ese periodo, tanto Francis Puig como Adell Bover habrían solicitado ayudas públicas para la producción y difusión en valenciano y catalán en programas de televisión, radio y prensa escrita o digital. La Fiscalía sostiene que simularon gastos empresariales mediante facturación cruzada y duplicada, utilizando conceptos genéricos que no están justificados ni pagados a proveedores reales.

En concreto, Francis Puig, como administrador de Comunicacions dels Ports S.A., habría elaborado un sistema para inflar los gastos declarados a la administración con el objetivo de obtener más subvenciones de las que les correspondería.

Además, el Ministerio Público considera que Masmut Produccions S.L. era una empresa ficticia, creada con la única finalidad de captar fondos públicos. Según la Fiscalía, las facturas emitidas desde esta sociedad no reflejaban actividad real ni fueron destinadas a los objetivos contemplados en las convocatorias de ayudas.

Las cantidades reclamadas por Anticorrupción

110.691 € de la Generalitat Valenciana y 74.710 € de la Generalitat de Catalunya

Las ayudas supuestamente fraudulentas obtenidas por Masmut Produccions de la Generalitat Valenciana ascienden a 58.866,69 euros, distribuidos de la siguiente forma:

  • 2015: 23.234,12 €

  • 2016: 16.960,03 €

  • 2017: 12.072,70 €

  • 2018: 6.599,84 €

Por otra parte, según Anticorrupción, la Generalitat de Catalunya otorgó subvenciones por un total de 51.825,28 euros, a pesar de que esta administración indicó al juzgado que “no hay posibilidad de coincidencia ni duplicidad” con las ayudas valencianas. Sin embargo, la Fiscalía considera que también esas ayudas deben reintegrarse a las arcas públicas catalanas:

  • 2015: 9.883,35 €

  • 2016: 9.679,86 €

  • 2017: 16.629,65 €

  • 2018: 15.632,42 €

El total que reclama la Fiscalía asciende a 185.402,72 euros en subvenciones supuestamente obtenidas de forma irregular entre ambas comunidades autónomas.

El proceso judicial avanza hacia juicio

Se espera que se fije fecha para el juicio en los próximos meses

El escrito de acusación de la Fiscalía Anticorrupción es el paso previo a la apertura de juicio oral. Tanto Francis Puig como Juan Enrique Adell Bover tendrán que responder ante la justicia por estos hechos. Las defensas de ambos empresarios niegan cualquier irregularidad y aseguran que todas las facturas son reales y corresponden a trabajos ejecutados.

Mientras tanto, el caso ha cobrado relevancia pública por el vínculo familiar de Francis Puig con Ximo Puig, quien presidió la Generalitat Valenciana entre 2015 y 2023. Aunque no está implicado judicialmente, el asunto ha reavivado el debate político sobre el uso de las subvenciones públicas y el control de las ayudas al sector audiovisual.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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