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‘Roig Arena’, nuevo nombre para el Casal España Arena de València

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Roig arena
Foto: LICAMPA

Licampa 1617, sociedad de Juan Roig, apuesta por el nombre ‘Roig Arena’ para el Arena de València, el futuro recinto multiusos que se está construyendo en la ciudad.

El nuevo naming responde a la necesidad de establecer un nombre claro, sencillo, identificable y que reconozca el Legado de Juan Roig y su familia.

Roig Arena, que cuenta con un presupuesto de más de 280 millones de euros sufragados íntegramente por Juan Roig con su patrimonio personal, acogerá eventos de todo tipo, posicionando a València y a la Comunitat Valenciana internacionalmente.

Además, según el último informe realizado por el Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas (Ivie), este recinto -que revertirá tras 50 años a favor de la ciudad de València-, contribuirá a generar aproximadamente 300 puestos de trabajo (directos e indirectos) y un impacto económico (PIB) en la ciudad de València superior a los 10 millones de euros anuales.

Las obras del recinto están actualmente en su segunda fase de ejecución -la centrada en la estructura de hormigón y metálica, cubierta, fachada y forjados de las plantas- tras finalizarse la primera fase, focalizada en la excavación, pilotaje, muros de pantalla y losa de cimentación. Todavía queda por iniciar la fase 3, centrada en finalizar el Arena.

Roig Arena, un proyecto de ciudad

Además de la construcción del recinto Roig Arena, está prevista la ejecución de infraestructuras complementarias que dinamicen el barrio, como el parking con más de 1.000 plazas que ya está en obras, el futuro parque público con zonas verdes, la nueva sede del Valencia Basket Club, una sala multiusos para múltiples disponibilidades de 1.200 metros cuadrados, las zonas de restauración, y una amplia oferta de localidades, terrazas y zonas premium.

A todo esto se suman a las ya inauguradas instalaciones del colegio público “Les Arts” de València.

El Legado de Juan Roig

Licampa 1617-Roig Arena se enmarca dentro del Legado de Juan Roig y, como el resto de las iniciativas que lo componen, como Marina de Empresas, Fundación Trinidad Alfonso, Valencia Basket y L’Alqueria del Basket, entre otras, persigue compartir con la ciudad de València y la Comunitat parte de lo mucho que de ella recibe, porque “el conocimiento y el dinero dan la felicidad… si los compartes”

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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