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El Consell rebaja a 16 la edad de los jóvenes para poder participar en las consultas ciudadanas

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El Consell ha aprobado el proyecto de Ley de Políticas Integrales de Juventud, una ley para que cerca de 900.000 jóvenes residentes en la Comunitat Valenciana construyan su proyecto vital individual y colectivo en igualdad de condiciones y enfoquen su realidad desde el empoderamiento, la participación y la emancipación.

El proyecto de ley establece que las políticas integrales de juventud reconocen los derechos de las personas jóvenes, con edades comprendidas entre los 12 y los 30 años, por lo que se adelanta la «edad joven» a los 12 años y se establecen mecanismos para el fomento de la participación y el asociacionismo juvenil, entre los que destaca la participación a partir de los 16 años en las consultas llevadas a cabo entre la ciudadanía.

Asimismo, el texto fija legalmente la corresponsabilidad de las administraciones públicas y las personas jóvenes en la elaboración y ejecución de las políticas; su municipalización y el reconocimiento del ocio educativo como instrumento de educación en valores de solidaridad, compañerismo y de inclusión social.

Paridad y tramos de edad en la representación

El proyecto de Ley recupera la denominación original del Institut Valencià de la Joventut (IVAJ) que se configura como un organismo autónomo de la Generalitat También destaca la nueva composición del Consejo Rector, órgano de representación y participación, diseñado desde la paridad de mujeres y hombres y con representación directa de la juventud, asociada o no, de manera que ninguna persona joven se quede sin voz, con la incorporación, además, en la representación de diferentes tramos de edad (de los 12 – 18 años, de los 19 – 24 años y de los 25-30 años).

Participación juvenil

El proyecto de ley regula las estructuras de participación juvenil, mencionando a los grupos de jóvenes como realidades que deben ser reconocidas por las administraciones públicas e incorpora el Fòrum Jove como mecanismo para grupos juveniles no asociados y de modo individual.puedan aportar sus propuestas.

También otorga al Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana la condición de máximo órgano de representación y de interlocución con el Consell y con otras instituciones públicas y privadas en materia de Juventud y son igualmente reconocidos los consejos locales y territoriales de Juventud.

La educación en la participación, un elemento fundamental que ayudará a la juventud a entender que «participar es decidir.»

Estrategia Valenciana de Juventud

A las Políticas Integrales en materia de Juventud se dedica el título III con especial incidencia en la Estratègia Valenciana de Joventut, que se configura como marco general de la planificación de las políticas a desarrollar en todo el territorio de la Comunitat Valenciana con la intervención de los ayuntamientos

Entre los elementos de apoyo a la Estrategia se encuentra la Comisión Interdepartamental de Juventud de la Generalitat y la Xarxa Jove. Otro principio articulador del proyecto es facilitar la emancipación de los y las jóvenes a través de los ayuntamientos reconociéndoles corresponsabilidad en la materia, en consonancia con los principios de proximidad y arraigo.

La municipalización y la unión de municipios es un concepto clave para hacer llegar recursos y servicios como la Xarxa Valenciana d’Informació i Animació Juvenil, la Xarxa Valenciana d’Oci Educatiu, la Xarxa Valenciana d’Albergs Juvenils, las Escuelas de Animación Juvenil, el Carnet Jove y el Servei d’Assessorament i Recursos Tècnics per a Municipis.

Ocio educativo

Otro elemento destacado es la incorporación del ocio educativo junto a la información y orientación juveniles, la formación y la movilidad como servicios y recursos para la juventud.

En él se establece la necesidad del ocio educativo para la formación y un sistema común que integre recursos públicos y privados y que acredite las competencias adquiridas a través del voluntariado, en actividades de tiempo libre educativo.

Amplia participación directa en el proceso de elaboración

Uno de los rasgos distintivos de la futura Ley de Políticas integrales es que para su redacción ha contado con la audiencia y las aportaciones de entidades representativas de los intereses de la juventud, entre las que se encuentran la Federació Valenciana de Municipis I Provincies-Fvmp; el Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana; Juniors Moviment Diocesà; el Consell de la Joventut de Mislata; la Federació de Cases de Joventut de la Comunitat Valenciana; Associació de Professionals de la Joventut de la Comunitat Valenciana; Avecoe. Associació Valenciana d’empreses Culturals i d’Oci Educatiu y Jovesord, Associació Juvenil de Persones Sordes.

Asimismo, ha contado con la participación de UGT-PV; CCOO-PV; STEP Intersindical; Concapa-Conval Confederació Catòlica Nacional de Pares de Família i Pares d’alumnes, Covapa; Confederació Valenciana d’Associacions d’Apas/Ampas; Confederació d’ Ampas Gonzalo Anaya; COEESCV. Col·legi Oficial d’educadores I Educadors de la Comunitat Valenciana; y las Diputaciones de València, Alicante y Castelló como a miembros del Consell Rector de l’IVAJ.

También han contribuido las delegaciones de estudiantes de la Universitat d’ Alacant, Universitat Politècnica de València, Universitat de València, Universitat Miguel Hernández y Universitat Jaume I, así como las escuelas de animación juvenil. ACCENT, Agustinos, Anima’t, Bona Gent, Evall Centre Excursionista València, Creu Roja Joventut, Cuyju, Don Bosco, EAJEF, Edetania, Ensenya de Fusta-Scouts Valencians, Etell, Federació de Cases, Fernando Soto Campos, Juniors, Ymca, Lluerna, Lluïsos, Món Màgic, Morvedre – Ajuntament de Sagunt, Carpe Vitae, Abast Animació y Sant Roc

Pero, sobre todo, en su elaboración se ha potenciado la participación directa con difusión del anteproyecto, una encuesta on-line y reuniones por todo el territorio de la Comunitat .

El texto fue aprobado por unanimidad en una reunión plenaria del Consejo Rector del IVAJ y tras el dictamen del Consejo Jurídico Consultivo, entrará como proyecto de ley del Consell en sede parlamentaria.

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El Juzgado de Instrucción nº 20 rechaza asumir la denuncia de Manos Limpias por la dana

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denuncia responsables muertes DANA
Efectivos de los servicios funerarios junto a un furgón policial, este jueves en la CIudad de la Justicia e Valencia.La Comunitat Valenciana intenta recuperarse de la peor dana del siglo en España, que ha dejado casi un centenar de muertos en esa región, además de un inmenso escenario de daños en carreteras, calles e infraestructuras de numerosas localidades. EFE/ Ana Escobar

València, 21 nov (OFFICIAL PRESS-EFE).-

alència, 21 nov (EFE).- El Juzgado de Instrucción número 20 de València, que investiga la muerte de un vecino de La Torre arrastrado por las aguas durante la DANA del 29 de octubre, ha desestimado asumir las diligencias previas abiertas por el Juzgado de Instrucción 15 tras la denuncia de Manos Limpias contra dirigentes de la Aemet y la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) por presunto homicidio imprudente.

En un auto al que ha tenido acceso EFE, el Juzgado de Instrucción 20 califica de «prematura y no justificada» la inhibición planteada por el juzgado receptor de la denuncia, recordando que su investigación se limita, por el momento, al fallecimiento de un hombre de 79 años, vecino de La Torre, cuyo cuerpo fue encontrado el 30 de octubre.

Sin conexión con la denuncia de Manos Limpias

El juez destaca que no hay «base indiciaria mínima» que vincule la denuncia de Manos Limpias con la muerte que investiga. Según la autopsia, el hombre murió alrededor de las tres de la madrugada del 30 de octubre, tras ser arrastrado por las aguas al intentar sujetarse con la ayuda de su hermano, sufriendo una parada cardiorrespiratoria asociada a un ahogamiento.

La resolución señala que, para imputar resultados lesivos a personas concretas, es imprescindible evaluar de forma objetiva las circunstancias específicas de cada caso, algo que no se ha hecho en este procedimiento. El Juzgado 15 no ha practicado diligencias que justifiquen la conexión entre los hechos denunciados y el fallecimiento investigado.

Además, el juez recalca que el deceso ocurrió horas después de la inundación, cuando ya se había emitido una alerta roja por parte de la Aemet y los mensajes de Emergencias estaban activos. Por tanto, considera que no existe una relación causal suficiente para acumular la denuncia de Manos Limpias en su investigación.

Resolución recurrible

La decisión del Juzgado 20 puede ser recurrida en un plazo de tres días ante el mismo juzgado o en cinco días ante la Audiencia Provincial.

El Juzgado de Instrucción 20 fue el primero en València en abrir diligencias previas por un fallecimiento relacionado con las inundaciones, limitándose hasta ahora a investigar el caso de La Torre.

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