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El Consell rebaja un 7% la matrícula y tasas universitarias en la Comunitat

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El Consell ha aprobado el decreto que establece una reducción del 7% de la matricula enseñanzas de grado y máster para el curso académico 2017-2018. Esta reducción de tasas se ampliará a un 8% más para el curso 2018-2019, que supone total del 15%,

La reducción de tasas, junto a la implementación de una política de subvenciones y becas universitarias que ayudan a luchar contra las desigualdades sociales, son dos de los ejes básico incluidos en el Plan de Mejora del Sistema Universitario Valenciano.

Con este decreto, el importe de las tarifas por la realización de estudios conducentes a títulos propios de las universidades será fijado por el consejo social de cada universidad, igual que el importe de los precios por la prestación de servicios no académicos por parte de la universidad o por el uso o cesión de instalaciones universitarias.

El régimen aplicable a las tasas por la prestación de servicios académicos universitarios será el establecido en la Ley de tasas de la Generalitat, aprobado por el Decreto legislativo 1/2005, de 25 de febrero.

El decreto posibilita diferentes tipos de exenciones y bonificaciones para el alumnado que reciba becas y otras ayudas al estudio con cargo a los presupuestos generales del Estado o de la Generalitat. También tendrán exenciones y bonificaciones los que obtengan matrícula de honor o premio extraordinario de Bachillerato, los miembros de familias numerosas, los que hayan sido víctimas de bandas armadas o elementos terroristas o sean familiares.

Estas exenciones y bonificaciones también beneficiarán a aquellos que se encuentren en algún de los supuestos de exención a los que se refiere el artículo 148 del texto refundido de la Ley de tasas de la Generalitat, en los términos y las condiciones establecidos en el mencionado artículo. Y también tendrán derecho a la exención total de tasas: los alumnos que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

El importe de las tasa aplicable a los estudiantes extranjeros será el mismo importe que el aplicado para los estudiantes de nacionalidad española.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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