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Valencia

El padre de un niño valenciano denuncia que se vacune en los colegios

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El padre de un menor valenciano recurre ante el TSJCV que se vacune en los colegios

Madrid, 13 dic (EFE).- El padre de un menor de la Comunitat Valenciana ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia la petición de la Generalitat para que los progenitores permitan que sus hijos sean vacunados en los colegios, al considerar que vulnera sus derechos, y pide que se paralice cautelarmente.

El recurso, al que ha tenido acceso Efe, se ha interpuesto por la vía especial del procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Se presenta contra el escrito denominado «Vacunación Covid-19 en población infantil de 5 a 11 años» remitido este lunes por la Conselleria de Educación a los padres de alumnos escolarizados en la región para que en el plazo de 24 horas entreguen un formulario para que se pueda inocular la dosis a los menores.

Considera el demandante que esa petición supone «vulneración de los derechos fundamentales de intimidad, derecho a la vida, derecho a la protección de la salud, así como una flagrante vulneración de la Ley del menor y la infancia así como de la normativa de protección de datos».

El recurso subraya que solo se dan 24 horas a los padres para una decisión «muy importante», que la vacunación se realizará en el propio centro educativo sin presencia de los padres -aunque posteriormente el Consell ha admitido que pueda haber un familiar junto al menor– y sin elementos sanitarios ante posibles efectos adversos, lo que considera «una grave temeridad».

Asimismo pone de relieve que «los datos que se solicitan son de carácter estrictamente personal», sin que se haya comunicado «ningún protocolo para poder tener el archivo y custodia correcta de esos datos según la normativa de protección de datos, debiendo comunicar si se desea o no vacunar al menor».

Por todo ello solicita que se estime el recurso y además pide que se adopte la medida cautelarísima de suspender ese acto administrativo.

En este punto pide que se cite a declarar al president de la Generalitat, Ximo Puig, a la consellera de Sanidad, Ana Barceló, y al conseller de Educación, Vicent Marzà.

La Generalitat tiene previsto comenzar este miércoles la vacunación de los menores de 12 años en la Comunitat Valenciana, y prevé que el 22 de diciembre, último día lectivo antes de la vacaciones de Navidad, esté inmunizado todo el alumnado que curse estudios entre Cuarto y Sexto de Primaria, según ha informado el Ejecutivo.

La Comunitat Valenciana ha recibido este lunes 150.000 dosis de la vacuna pediátrica de Pfizer para iniciar este proceso de vacunación, que se prevé realizar en los centros educativos, dentro de la jornada escolar y en el horario que se determine por parte de la autoridades sanitarias.

Así consta en la carta que las consellerias de Educación y Sanidad han remitido este lunes a todos los centros educativos de la Comunitat Valenciana para explicarles cómo se desarrollará este proceso, que llevarán a cabo equipos sanitarios.

Según se informa en el escrito, la primera fase de vacunación se realizará entre los días 15 y 22 de diciembre y en ella se vacunará a todo el alumnado del centro que curse estudios entre Cuarto y Sexto Educación Primaria.

Se inmunizará con carácter prioritario a todo el alumnado con edades comprendidas entre 5 y 11 años que se encuentre matriculado en los centros específicos de Educación Especial y en las aulas específicas de educación especial ubicadas en los centros educativos ordinarios.

Los centros docentes han trasladado este lunes a las familia una hoja informativa con un cuestionario con información relevante para la vacunación y un documento de autorización de la vacunación de menores en el ámbito escolar que debe ser devuelto, firmado, mañana, y que es el proceso que ha recurrido el padre de un alumno.

Las comunidades autónomas españolas ya tienen todo listo para comenzar este miércoles a administrar la vacuna pediátrica contra la covid y lo harán mayoritariamente en centros de salud y puntos habilitados, vacunódromos y hospitales.

Solo cinco autonomías se han decantado por vacunar también en los colegios, aunque no todas como primera opción: la Comunitat Valenciana, La Rioja, Castilla-La Mancha, Andalucía y Canarias.

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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