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Valencia

Así quedan las nuevas medidas en la Comunitat a partir de este lunes

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València, 22 may (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha autorizado la propuesta de la Conselleria de Sanidad de mantener el toque de queda nocturno dos semanas más y que a partir del lunes empiece una hora más tarde, con lo que se aplicará entre la 1 y las 6 de la mañana.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal valenciano ha ratificado la petición de la Generalitat de mantener el toque de queda nocturno, aunque en horario más reducido, y las limitaciones de un máximo de 10 personas en la reuniones sociales y del 75 % de los aforos en los espacios de culto.

El TSJCV ya avaló el pasado 7 de mayo que la Comunitat Valenciana mantuviera el toque de queda tras la finalización del estado de alarma y las otras limitaciones que afectan a derechos fundamentales, al considerar que eran «idóneas, necesarias y proporcionadas» para atajar la transmisión del coronavirus.

Esta autorización, que la Generalitat pedía mantener hasta el 30 de mayo, se estableció finalmente para quince días, hasta el 24 de mayo, por lo que ante la intención del Ejecutivo autonómico de mantenerlas ha sido necesario solicitar un nuevo aval judicial.

Este sábado la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV ha autorizado las medidas sanitarias acordadas por Sanidad para el periodo comprendido entre el 24 de mayo y el 7 de junio y consisten en la limitación, con excepciones, de la circulación de personas entre la 1 y las 6 horas de la madrugada, la limitación de reuniones sociales y familiares a un máximo de 10 personas tanto en espacios públicos como privados, y la reducción de aforo a un 75 % en lugares de culto, según ha informado el tribunal.

El auto, que cuenta con el voto particular de un magistrado que discrepa de la mayoría de integrantes de la sección, reitera algunos de los razonamientos jurídicos expuestos en anteriores resoluciones (27 de octubre de 2020 y 7 de mayo de 2021).

La Sala determina que las medidas propuestas cumplen los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad y encuentran suficiente cobertura normativa en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

No aprecia, por otro lado, que sus conclusiones puedan resultar contradictorias o incompatibles con el pronunciamiento que ha adelantado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo este viernes en relación al recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Canarias contra el auto del TSJ de dicha Comunidad Autónoma que denegaba la ratificación de confinamientos perimetrales en las islas.

La Sección Cuarta del TSJCV argumenta que el llamado toque de queda presenta una eficacia mucho mayor que las demás medidas existentes para “intentar impedir la actividad de ocio nocturno conocida como botellón”, y así se refleja en un informe de la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Valenciana aportado a los autos.

Igualmente, el Tribunal sostiene que las medidas propuestas por la Generalitat Valenciana son “proporcionadas” y están “orientadas a una transición más inteligente, procurando una desescalada progresiva y enfocada al corto plazo”.

De este modo, “la extensión del inicio de la limitación horaria de movilidad (…) va a permitir también la ampliación horaria del cierre de otros establecimientos, singularmente la hostelería y la restauración”, precisa.

En definitiva, a juicio de la Sala, las nuevas medidas “siguen avanzando en el proceso de desescalada” y son “equilibradas” por “derivarse de ellas más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”.

No obstante, el auto matiza que la autorización concedida en esta resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Supremo, no anticipa la valoración que la Sala pueda hacer en el futuro sobre situaciones posteriores, “sobre todo si se consolida la buena situación de los datos de incidencia acumulada, y máxime teniendo en cuenta el buen ritmo de vacunación que llevamos”.

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Valencia

La jueza de la dana cita a Feijóo como testigo: «Podría dar razón» de comentarios que pudo hacer Mazón el 29O

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Feijoo citado declaración dana

 


La jueza que instruye la investigación sobre la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha citado como testigo al presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, según consta en un auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La citación se produce a petición de la Asociación de Víctimas Mortales Dana 29-0, que ejerce la acusación particular en el procedimiento, y responde a la necesidad de aclarar comentarios que el entonces presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, pudo haber realizado durante la crisis.

La magistrada del Tribunal de Instancia de Catarroja (Plaza número 3) considera que Feijóo podría “dar razón de los comentarios” que Mazón hizo el 29 de octubre de 2024 a raíz de las conversaciones con la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, quien está siendo investigada en estas diligencias.

En su resolución, la jueza remite al precedente de la Audiencia de Valencia, que había ordenado la citación de la periodista Maribel Vilaplana, quien se reunió con Mazón y negó tener conocimiento de lo que éste pudo haber comentado. En este caso, sin embargo, la magistrada subraya que existe una “certeza” derivada de las declaraciones públicas de Feijóo: “El president de la Generalitat, desde el pasado lunes, me ha venido informando en tiempo real”.

El auto también establece que Feijóo pueda presentar voluntariamente dentro de cinco días un listado de llamadas, mensajes, correos electrónicos y WhatsApps recibidos de Carlos Mazón durante la jornada del 29 de octubre de 2024, en relación con la investigación sobre la gestión de la dana.

La citación de un líder nacional del PP para declarar como testigo subraya la relevancia política y jurídica del caso, que mantiene en el foco público la actuación de la Generalitat durante uno de los episodios de inundaciones más graves de la Comunitat Valenciana.


 

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