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Valencia

Así quedan las nuevas medidas en la Comunitat a partir de este lunes

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València, 22 may (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha autorizado la propuesta de la Conselleria de Sanidad de mantener el toque de queda nocturno dos semanas más y que a partir del lunes empiece una hora más tarde, con lo que se aplicará entre la 1 y las 6 de la mañana.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal valenciano ha ratificado la petición de la Generalitat de mantener el toque de queda nocturno, aunque en horario más reducido, y las limitaciones de un máximo de 10 personas en la reuniones sociales y del 75 % de los aforos en los espacios de culto.

El TSJCV ya avaló el pasado 7 de mayo que la Comunitat Valenciana mantuviera el toque de queda tras la finalización del estado de alarma y las otras limitaciones que afectan a derechos fundamentales, al considerar que eran «idóneas, necesarias y proporcionadas» para atajar la transmisión del coronavirus.

Esta autorización, que la Generalitat pedía mantener hasta el 30 de mayo, se estableció finalmente para quince días, hasta el 24 de mayo, por lo que ante la intención del Ejecutivo autonómico de mantenerlas ha sido necesario solicitar un nuevo aval judicial.

Este sábado la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV ha autorizado las medidas sanitarias acordadas por Sanidad para el periodo comprendido entre el 24 de mayo y el 7 de junio y consisten en la limitación, con excepciones, de la circulación de personas entre la 1 y las 6 horas de la madrugada, la limitación de reuniones sociales y familiares a un máximo de 10 personas tanto en espacios públicos como privados, y la reducción de aforo a un 75 % en lugares de culto, según ha informado el tribunal.

El auto, que cuenta con el voto particular de un magistrado que discrepa de la mayoría de integrantes de la sección, reitera algunos de los razonamientos jurídicos expuestos en anteriores resoluciones (27 de octubre de 2020 y 7 de mayo de 2021).

La Sala determina que las medidas propuestas cumplen los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad y encuentran suficiente cobertura normativa en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

No aprecia, por otro lado, que sus conclusiones puedan resultar contradictorias o incompatibles con el pronunciamiento que ha adelantado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo este viernes en relación al recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Canarias contra el auto del TSJ de dicha Comunidad Autónoma que denegaba la ratificación de confinamientos perimetrales en las islas.

La Sección Cuarta del TSJCV argumenta que el llamado toque de queda presenta una eficacia mucho mayor que las demás medidas existentes para “intentar impedir la actividad de ocio nocturno conocida como botellón”, y así se refleja en un informe de la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Valenciana aportado a los autos.

Igualmente, el Tribunal sostiene que las medidas propuestas por la Generalitat Valenciana son “proporcionadas” y están “orientadas a una transición más inteligente, procurando una desescalada progresiva y enfocada al corto plazo”.

De este modo, “la extensión del inicio de la limitación horaria de movilidad (…) va a permitir también la ampliación horaria del cierre de otros establecimientos, singularmente la hostelería y la restauración”, precisa.

En definitiva, a juicio de la Sala, las nuevas medidas “siguen avanzando en el proceso de desescalada” y son “equilibradas” por “derivarse de ellas más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”.

No obstante, el auto matiza que la autorización concedida en esta resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Supremo, no anticipa la valoración que la Sala pueda hacer en el futuro sobre situaciones posteriores, “sobre todo si se consolida la buena situación de los datos de incidencia acumulada, y máxime teniendo en cuenta el buen ritmo de vacunación que llevamos”.

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Sucesos

Qué se sabe hasta ahora del anestesista de la clínica dental de Alzira

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ARCHIVO PEXELS

El caso de la clínica dental de Alzira, donde una niña de 6 años falleció tras recibir una sedación y otra menor de 4 años resultó gravemente afectada, continúa avanzando con nuevas revelaciones. La detención del anestesista y de la dueña del centro ha reactivado el interés social y judicial en un episodio que está generando un enorme impacto en la Comunidad Valenciana.


📌 Detención del anestesista: cargos y situación actual

El anestesista, un hombre de 43 años, ha sido detenido acusado de varios delitos graves:

  • Homicidio imprudente

  • Lesiones

  • Omisión del deber de socorro

  • Delitos contra la salud pública

  • Hurto de fármacos

  • Práctica irregular de sedación en un centro no autorizado

Las investigaciones apuntan a que podría haber sustraído medicamentos anestésicos de un hospital público en el que trabajaba.

Trabajaba además en varias clínicas de Valencia, Paterna, Alzira y también en centros de Teruel, lo que abre una línea de investigación sobre si pudo repetir prácticas de riesgo en otros establecimientos.


🏥 La dueña de la clínica: implicación y cargos

La dueña del centro dental también fue detenida. Tras declarar, quedó en libertad provisional, pero sigue investigada por:

  • Omisión del deber de socorro

  • Permitir sedaciones no autorizadas

  • Posibles delitos contra la salud pública

La clínica ha sido clausurada cautelarmente por la Conselleria de Sanidad debido a graves irregularidades.


⚠️ Un centro sin autorización para sedaciones intravenosas

Una de las claves más importantes del caso es que la clínica dental de Alzira no tenía permiso para realizar sedación intravenosa, sino únicamente anestesia local.

Pese a ello:

  • Se realizó sedación intravenosa a dos niñas pequeñas.

  • No había equipamiento adecuado de reanimación.

  • Tampoco contaban con supervisión anestésica reglamentaria ni autorización sanitaria para ese tipo de intervenciones.

Estas irregularidades habrían contribuido directamente al resultado fatal.

Cronología actualizada de los hechos

20 de noviembre de 2025

  • Dos niñas, de 6 y 4 años, acuden a la clínica para un tratamiento dental rutinario.

  • El anestesista administra sedación intravenosa.

  • La niña de 6 años presenta síntomas de malestar durante horas: vómitos, somnolencia, palidez y baja respuesta.

  • Permaneció en observación en la clínica más de lo habitual antes de ser trasladada.

  • Finalmente ingresa en un hospital en parada cardiorrespiratoria y fallece poco después.

La niña de 4 años

  • También presenta síntomas graves tras el procedimiento.

  • Es trasladada y permanece varios días en la UCI pediátrica.

  • Finalmente recibe el alta, aunque continúa bajo seguimiento médico.


🔎 Qué investiga la Policía y la Conselleria de Sanidad

Las autoridades centran sus diligencias en varios puntos esenciales:

Origen de los fármacos

Se sospecha que el anestesista usó medicamentos robados de un hospital donde trabajaba, algo que se investiga como hurto continuado.

Protocolos vulnerados

Se estudia si hubo:

  • Monitorización deficiente

  • Dosis inadecuadas

  • Retraso en activar los servicios de emergencia

  • Falta de consentimiento informado

Responsabilidad de la clínica

La investigación evalúa si la dueña conocía la ausencia de autorización para sedación y aun así permitió su aplicación.

Registros y pruebas

La Policía ha registrado:

  • La clínica dental

  • El domicilio del anestesista

  • El hospital donde trabajaba

  • Material anestésico y documentación sanitaria


Investigación judicial en marcha

El asunto ya está bajo instrucción judicial. El juzgado estudia:

  • Informes toxicológicos

  • Informe preliminar de autopsia

  • Historial profesional del anestesista

  • Declaraciones de empleados y testigos

  • Comunicaciones internas de la clínica

  • Peritajes sobre los fármacos empleados

Aún no se ha comunicado oficialmente la causa exacta de la muerte, pero todo apunta a una combinación de sedación indebida, reacción adversa no controlada y posible negligencia.


❗ Aspectos pendientes por aclarar

Los próximos días serán clave para resolver:

  • El resultado definitivo de la autopsia.

  • El origen real de los medicamentos.

  • Si el anestesista actuaba igual en otras clínicas.

  • El grado de implicación de la dirección del centro.

  • Posibles responsabilidades civiles y penales hacia ambas familias.


🛑 Un caso que puede cambiar la regulación sanitaria

Este suceso ha reabierto el debate sobre:

  • El control de las clínicas dentales privadas

  • La regulación de sedaciones infantiles fuera del ámbito hospitalario

  • La supervisión del uso de fármacos anestésicos

  • La formación y acreditación del personal autorizado para sedación

Expertos en salud pública y sociedades médicas advierten que este caso podría marcar un antes y un después en el uso de sedación en clínicas dentales pediátricas.

La jueza deja en libertad al anestesista de la clínica dental de Alzira tras la muerte de una niña

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