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Valencia

Así quedan las nuevas medidas en la Comunitat a partir de este lunes

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València, 22 may (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha autorizado la propuesta de la Conselleria de Sanidad de mantener el toque de queda nocturno dos semanas más y que a partir del lunes empiece una hora más tarde, con lo que se aplicará entre la 1 y las 6 de la mañana.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal valenciano ha ratificado la petición de la Generalitat de mantener el toque de queda nocturno, aunque en horario más reducido, y las limitaciones de un máximo de 10 personas en la reuniones sociales y del 75 % de los aforos en los espacios de culto.

El TSJCV ya avaló el pasado 7 de mayo que la Comunitat Valenciana mantuviera el toque de queda tras la finalización del estado de alarma y las otras limitaciones que afectan a derechos fundamentales, al considerar que eran «idóneas, necesarias y proporcionadas» para atajar la transmisión del coronavirus.

Esta autorización, que la Generalitat pedía mantener hasta el 30 de mayo, se estableció finalmente para quince días, hasta el 24 de mayo, por lo que ante la intención del Ejecutivo autonómico de mantenerlas ha sido necesario solicitar un nuevo aval judicial.

Este sábado la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV ha autorizado las medidas sanitarias acordadas por Sanidad para el periodo comprendido entre el 24 de mayo y el 7 de junio y consisten en la limitación, con excepciones, de la circulación de personas entre la 1 y las 6 horas de la madrugada, la limitación de reuniones sociales y familiares a un máximo de 10 personas tanto en espacios públicos como privados, y la reducción de aforo a un 75 % en lugares de culto, según ha informado el tribunal.

El auto, que cuenta con el voto particular de un magistrado que discrepa de la mayoría de integrantes de la sección, reitera algunos de los razonamientos jurídicos expuestos en anteriores resoluciones (27 de octubre de 2020 y 7 de mayo de 2021).

La Sala determina que las medidas propuestas cumplen los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad y encuentran suficiente cobertura normativa en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

No aprecia, por otro lado, que sus conclusiones puedan resultar contradictorias o incompatibles con el pronunciamiento que ha adelantado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo este viernes en relación al recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Canarias contra el auto del TSJ de dicha Comunidad Autónoma que denegaba la ratificación de confinamientos perimetrales en las islas.

La Sección Cuarta del TSJCV argumenta que el llamado toque de queda presenta una eficacia mucho mayor que las demás medidas existentes para “intentar impedir la actividad de ocio nocturno conocida como botellón”, y así se refleja en un informe de la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Valenciana aportado a los autos.

Igualmente, el Tribunal sostiene que las medidas propuestas por la Generalitat Valenciana son “proporcionadas” y están “orientadas a una transición más inteligente, procurando una desescalada progresiva y enfocada al corto plazo”.

De este modo, “la extensión del inicio de la limitación horaria de movilidad (…) va a permitir también la ampliación horaria del cierre de otros establecimientos, singularmente la hostelería y la restauración”, precisa.

En definitiva, a juicio de la Sala, las nuevas medidas “siguen avanzando en el proceso de desescalada” y son “equilibradas” por “derivarse de ellas más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”.

No obstante, el auto matiza que la autorización concedida en esta resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Supremo, no anticipa la valoración que la Sala pueda hacer en el futuro sobre situaciones posteriores, “sobre todo si se consolida la buena situación de los datos de incidencia acumulada, y máxime teniendo en cuenta el buen ritmo de vacunación que llevamos”.

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Valencia

Así puedes entrar en el sorteo para ver la mascletà desde el balcón del Ayuntamiento en Fallas 2026

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Sorteo mascletà balcón Ayuntamiento
Foto: Toni Cortés

La experiencia más exclusiva de las Fallas 2026 ya tiene convocatoria: solo 340 personas podrán presenciar una mascletà desde el balcón principal del Ayuntamiento de Valencia. La oportunidad de vivir el estruendo y la pólvora desde primera fila está al alcance de quienes se inscriban en el sorteo oficial.

La Junta de Gobierno Local ha aprobado las bases que regulan el reparto de invitaciones. Se entregarán 10 invitaciones diarias, válidas para dos personas cada una, para los días comprendidos entre el 1 y el 19 de marzo, exceptuando el 8 y 13 de marzo.


Cómo entrar en el sorteo de la mascletà

  1. Inscribirse online a través de la web municipal.

  2. Plazo de inscripción: desde el lunes 9 de febrero a las 00:00 horas hasta el miércoles 11 de febrero a las 23:59 horas.

  3. Requisitos: ser mayor de edad y estar empadronado en Valencia.

  4. Selección de ganadores: mediante sorteo informático; los afortunados serán avisados por correo electrónico.

  5. Invitación personal e intransferible: cada ganador podrá llevar un acompañante.

  6. Accesibilidad: personas con movilidad reducida tendrán un acceso alternativo al balcón.

En caso de que una mascletà se suspenda por fuerza mayor, las personas agraciadas serán reubicadas en otra fecha, garantizando la experiencia completa.


Récord de interés en 2025

El año pasado, casi 19.000 personas intentaron conseguir estas exclusivas invitaciones, superando en 3.383 solicitudes las del 2024. La participación femenina fue mayor que la masculina (11.670 frente a 7.482).

Esta cifra refleja que la mascletà desde el balcón del Ayuntamiento se ha convertido en uno de los momentos más codiciados de las Fallas, ofreciendo una vista privilegiada del espectáculo de pólvora y ruido, y convirtiéndose en un auténtico premio para los amantes de la fiesta.

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