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Valencia

Así quedan las nuevas medidas en la Comunitat a partir de este lunes

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València, 22 may (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha autorizado la propuesta de la Conselleria de Sanidad de mantener el toque de queda nocturno dos semanas más y que a partir del lunes empiece una hora más tarde, con lo que se aplicará entre la 1 y las 6 de la mañana.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal valenciano ha ratificado la petición de la Generalitat de mantener el toque de queda nocturno, aunque en horario más reducido, y las limitaciones de un máximo de 10 personas en la reuniones sociales y del 75 % de los aforos en los espacios de culto.

El TSJCV ya avaló el pasado 7 de mayo que la Comunitat Valenciana mantuviera el toque de queda tras la finalización del estado de alarma y las otras limitaciones que afectan a derechos fundamentales, al considerar que eran «idóneas, necesarias y proporcionadas» para atajar la transmisión del coronavirus.

Esta autorización, que la Generalitat pedía mantener hasta el 30 de mayo, se estableció finalmente para quince días, hasta el 24 de mayo, por lo que ante la intención del Ejecutivo autonómico de mantenerlas ha sido necesario solicitar un nuevo aval judicial.

Este sábado la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV ha autorizado las medidas sanitarias acordadas por Sanidad para el periodo comprendido entre el 24 de mayo y el 7 de junio y consisten en la limitación, con excepciones, de la circulación de personas entre la 1 y las 6 horas de la madrugada, la limitación de reuniones sociales y familiares a un máximo de 10 personas tanto en espacios públicos como privados, y la reducción de aforo a un 75 % en lugares de culto, según ha informado el tribunal.

El auto, que cuenta con el voto particular de un magistrado que discrepa de la mayoría de integrantes de la sección, reitera algunos de los razonamientos jurídicos expuestos en anteriores resoluciones (27 de octubre de 2020 y 7 de mayo de 2021).

La Sala determina que las medidas propuestas cumplen los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad y encuentran suficiente cobertura normativa en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

No aprecia, por otro lado, que sus conclusiones puedan resultar contradictorias o incompatibles con el pronunciamiento que ha adelantado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo este viernes en relación al recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Canarias contra el auto del TSJ de dicha Comunidad Autónoma que denegaba la ratificación de confinamientos perimetrales en las islas.

La Sección Cuarta del TSJCV argumenta que el llamado toque de queda presenta una eficacia mucho mayor que las demás medidas existentes para “intentar impedir la actividad de ocio nocturno conocida como botellón”, y así se refleja en un informe de la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Valenciana aportado a los autos.

Igualmente, el Tribunal sostiene que las medidas propuestas por la Generalitat Valenciana son “proporcionadas” y están “orientadas a una transición más inteligente, procurando una desescalada progresiva y enfocada al corto plazo”.

De este modo, “la extensión del inicio de la limitación horaria de movilidad (…) va a permitir también la ampliación horaria del cierre de otros establecimientos, singularmente la hostelería y la restauración”, precisa.

En definitiva, a juicio de la Sala, las nuevas medidas “siguen avanzando en el proceso de desescalada” y son “equilibradas” por “derivarse de ellas más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”.

No obstante, el auto matiza que la autorización concedida en esta resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Supremo, no anticipa la valoración que la Sala pueda hacer en el futuro sobre situaciones posteriores, “sobre todo si se consolida la buena situación de los datos de incidencia acumulada, y máxime teniendo en cuenta el buen ritmo de vacunación que llevamos”.

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Valencia

Nueva bronca entre Grezzi y Catalá en el pleno tras mostrar un cártel de Mazón dando un beso a la alcaldesa 

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Polémica pleno
Imagen del edil de Compromís en el Ayuntamiento de València Giuseppe Grezzi con el cartel alusivo a la dana que Catalá le ha exigido retirar del atril colgado de su camisa. - COMPROMÍS

VALÈNCIA, 18 Nov. (EUROPA PRESS) – El pleno del Ayuntamiento de València celebrado este martes, el ordinario de noviembre, ha vuelto a registrar un momento de tensión entre la alcaldesa, María José Catalá (PP), y el concejal de Compromís Giuseppe Grezzi por la exhibición del mismo cartel alusivo a la dana y con una imagen de la primera edil recibiendo un beso del presidente de la Generalitat en funciones, Carlos Mazón, que les llevó a tener un enfrentamiento en la sesión plenaria de octubre.

El contexto de la polémica y el cartel de la dana

Grezzi, que el pasado mes colgó ese póster del atril del hemiciclo cuando comenzó su intervención en un punto referido a las tarifas de la EMT, ha vuelto a mostrarlo este martes al tomar la palabra durante el debate de una moción sobre la Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Junto a la fotografía de Catalá y Mazón, en este cartel se observa la hora en la que se recibió el mensaje de alerta el 29O y la frase: “Ni oblit ni perdó”.

Catalá, como hizo en el pleno de octubre, ha pedido a Grezzi que retirara del atril esa imagen y el concejal, como hizo hace un mes, se ha negado y ha vuelto a decir a la alcaldesa que el reglamento del pleno no le impedía mostrarlo y que lo amparaba.

El informe del secretario: la clave del giro en el debate

En ese momento, la alcaldesa, que ha llamado dos veces al orden al representante de Compromís para que quitara su póster, ha intervenido para indicarle que tenía el informe que solicitó al secretario del consistorio tras lo ocurrido en el pasado pleno con el fin de saber si se podían mostrar desde la tribuna carteles como el que mostró entonces y ha exhibido ahora este concejal.

María José Catalá ha destacado que ese documento precisa que no es posible colocar cartelería. “Dadas las dudas que se generaron en el anterior pleno, esta presidencia solicitó a la secretaría general un informe correspondiente al uso de cartelería en la tribuna, que es de todos, no del que habla”, ha expuesto la primera edil, que ha subrayado que tenía ese documento y que lo podía mostrar.

La alcaldesa insiste: la tribuna “no es suya”

“Dice claramente que usted no puede poner cartelería en esa tribuna porque no es suya. Tanto la tribuna desde la que habla, como la bancada –de cada grupo–, es de la corporación y del salón de plenos del Ayuntamiento. No se utiliza para cada uno de ustedes. Si a los vecinos que acuden de público a este pleno del Ayuntamiento no se les permite poner catelería, ¿por qué ustedes se creen con el derecho de hacerlo?”, ha dicho a Grezzi.

Asimismo, María José Catalá ha mostrado su voluntad de ponerlo a disposición de “todos los portavoces” de los grupos municipales. La portavoz de Compromís, Papi Robles, se ha levantado de su escaño y se ha situado junto a su compañero de partido en el atril para defender su postura y pedir a Catalá que “de manera inmediata” facilitara ese informe. La alcaldesa ha accedido a esa petición y ha ordenado un receso de unos minutos para hacer llegar el documento a los portavoces de cada grupo.

Grezzi retira el póster del atril, pero no deja de mostrarlo

Tras ese receso, se ha reanudado la sesión y Giuseppe Grezzi ha seguido interviniendo pero sin el cartel en el atril. El concejal lo ha quitado de la tribuna y se lo ha colgado en la camisa, para seguir exhibiéndolo mientras hablaba. “Su amistad con Mazón no se acaba si yo quito el cartel. Usted lo único que ha demostrado es su autoritarismo, porque quiere gestionar este pleno en función de sus intereses”, ha señalado a la responsable municipal.

El informe del secretario: la cartelería debe ser autorizada

En su informe, el secretario general de la corporación y del pleno indica que “la instalación o colocación de banderas, de cualquier tipo, no puede hacerse por la vía de hecho, sino que debe ser autorizada por el órgano competente, en el caso del hemiciclo la presidencia del pleno, y en el caso de los edificios, la Alcaldía o el órgano delegado por ella”.

Así, sostiene que este “deberá tener en cuenta los pronunciamientos judiciales y el lugar donde se pretende colocar” la cartelería o cualquier otro elemento.

“En conclusión, el derecho a la libertad de expresión, ni el ius in officium, no incluye el derecho a colgar estos elementos en el atril institucional del orador que esté en uso de la palabra, ni en los espacios o elementos comunes del hemiciclo”, precisa el secretario en el documento.

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