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Valencia

Así quedan las nuevas medidas en la Comunitat a partir de este lunes

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València, 22 may (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha autorizado la propuesta de la Conselleria de Sanidad de mantener el toque de queda nocturno dos semanas más y que a partir del lunes empiece una hora más tarde, con lo que se aplicará entre la 1 y las 6 de la mañana.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal valenciano ha ratificado la petición de la Generalitat de mantener el toque de queda nocturno, aunque en horario más reducido, y las limitaciones de un máximo de 10 personas en la reuniones sociales y del 75 % de los aforos en los espacios de culto.

El TSJCV ya avaló el pasado 7 de mayo que la Comunitat Valenciana mantuviera el toque de queda tras la finalización del estado de alarma y las otras limitaciones que afectan a derechos fundamentales, al considerar que eran «idóneas, necesarias y proporcionadas» para atajar la transmisión del coronavirus.

Esta autorización, que la Generalitat pedía mantener hasta el 30 de mayo, se estableció finalmente para quince días, hasta el 24 de mayo, por lo que ante la intención del Ejecutivo autonómico de mantenerlas ha sido necesario solicitar un nuevo aval judicial.

Este sábado la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV ha autorizado las medidas sanitarias acordadas por Sanidad para el periodo comprendido entre el 24 de mayo y el 7 de junio y consisten en la limitación, con excepciones, de la circulación de personas entre la 1 y las 6 horas de la madrugada, la limitación de reuniones sociales y familiares a un máximo de 10 personas tanto en espacios públicos como privados, y la reducción de aforo a un 75 % en lugares de culto, según ha informado el tribunal.

El auto, que cuenta con el voto particular de un magistrado que discrepa de la mayoría de integrantes de la sección, reitera algunos de los razonamientos jurídicos expuestos en anteriores resoluciones (27 de octubre de 2020 y 7 de mayo de 2021).

La Sala determina que las medidas propuestas cumplen los juicios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad y encuentran suficiente cobertura normativa en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

No aprecia, por otro lado, que sus conclusiones puedan resultar contradictorias o incompatibles con el pronunciamiento que ha adelantado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo este viernes en relación al recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Canarias contra el auto del TSJ de dicha Comunidad Autónoma que denegaba la ratificación de confinamientos perimetrales en las islas.

La Sección Cuarta del TSJCV argumenta que el llamado toque de queda presenta una eficacia mucho mayor que las demás medidas existentes para “intentar impedir la actividad de ocio nocturno conocida como botellón”, y así se refleja en un informe de la Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Valenciana aportado a los autos.

Igualmente, el Tribunal sostiene que las medidas propuestas por la Generalitat Valenciana son “proporcionadas” y están “orientadas a una transición más inteligente, procurando una desescalada progresiva y enfocada al corto plazo”.

De este modo, “la extensión del inicio de la limitación horaria de movilidad (…) va a permitir también la ampliación horaria del cierre de otros establecimientos, singularmente la hostelería y la restauración”, precisa.

En definitiva, a juicio de la Sala, las nuevas medidas “siguen avanzando en el proceso de desescalada” y son “equilibradas” por “derivarse de ellas más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”.

No obstante, el auto matiza que la autorización concedida en esta resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Supremo, no anticipa la valoración que la Sala pueda hacer en el futuro sobre situaciones posteriores, “sobre todo si se consolida la buena situación de los datos de incidencia acumulada, y máxime teniendo en cuenta el buen ritmo de vacunación que llevamos”.

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Valencia

Todos los detalles del calendario escolar 2025-2026

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Calendario escolar Comunitat Valenciana
Niños entrando a clase en el primer día de colegio. EFE/ Morell

La Conselleria de Educación ha confirmado las fechas del curso escolar 2025/2026 y, al mismo tiempo, ha planteado una modificación de los criterios del calendario que podría cambiar el inicio de las vacaciones de Navidad, fijándolo como mínimo el 24 de diciembre. La propuesta ha abierto debate con el sindicato Sindicat de Treballadors i Treballadores de l’Ensenyament del País Valencià (STEPV), que advierte de posibles tensiones en la comunidad educativa.

A continuación, te contamos las fechas clave del curso y en qué consiste el posible cambio.


📅 Cuándo empieza y termina el curso escolar 2025/2026

En la Comunitat Valenciana, las clases comenzarán el 8 de septiembre de 2025 para:

  • Educación Infantil

  • Educación Primaria

  • Educación Secundaria Obligatoria (ESO)

  • Bachillerato

  • Formación Profesional (Grado Básico, Medio y Superior)

📌 Fin de curso: 19 de junio de 2026
📌 Total de días lectivos: 181

Otras enseñanzas

  • Programas de cualificación básica y FP segunda oportunidad: 10 septiembre 2025 — 19 junio 2026

  • Formación de Personas Adultas y Enseñanzas Artísticas: 15 septiembre 2025 — 12 junio 2026

  • Enseñanzas Deportivas: 22 septiembre 2025 — 19 junio 2026

  • Escuelas Oficiales de Idiomas: 25 septiembre 2025 — 19 junio 2026


🎄 Vacaciones escolares: fechas actuales y posible cambio en Navidad

Calendario vigente del curso 2025/2026

  • Navidad: del 23 de diciembre de 2025 al 6 de enero de 2026

  • Pascua: del 2 al 13 de abril de 2026

Qué propone Educación

La Conselleria plantea que, en adelante, las vacaciones de Navidad deban abarcar al menos del 24 de diciembre al 6 de enero, lo que en la práctica permitiría que el periodo no lectivo empiece un día más tarde que ahora.

También fija como mínimo que las vacaciones de Pascua se extiendan desde el Jueves Santo hasta el día de San Vicente Ferrer.

Según el director general de Centros Docentes, Jorge Cabo, el objetivo es “ordenar mejor el calendario” sin aumentar ni reducir los días lectivos.


⚖️ Debate con los sindicatos por la conciliación y las condiciones laborales

El STEPV critica que recuperar días en periodos como Navidad o Pascua podría generar conflictos entre familias —que pueden preferir más días lectivos por conciliación— y profesorado, que lo ve como una pérdida de derechos.

El sindicato reclama un debate más amplio que incluya a empresas y agentes sociales para abordar la conciliación laboral, en lugar de trasladar la solución al calendario escolar.


🏛️ Más flexibilidad para los ayuntamientos

La reforma también permitiría a los municipios reorganizar bloques de hasta cuatro días lectivos para adaptarlos a fiestas locales o tradiciones, siempre con acuerdo del Consejo Escolar Municipal y autorización de Educación.

Hasta ahora solo podían proponer tres días no lectivos.


🎉 Festivos no lectivos del curso

Entre los días festivos destacan:

  • 9 de octubre — Día de la Comunitat Valenciana

  • 8 de diciembre — Inmaculada Concepción

  • 19 de marzo — San José

  • 1 de mayo — Día del Trabajador

Los ayuntamientos podrán añadir hasta tres días adicionales.


🧭 Claves rápidas

  • Curso del 8 septiembre 2025 al 19 junio 2026.

  • Vacaciones de Navidad actualmente desde el 23 diciembre, pero podría pasar al 24 en futuros calendarios.

  • Educación defiende que no cambian los días lectivos.

  • Sindicatos alertan de posibles conflictos y pérdida de derechos.

  • Más margen para adaptar el calendario a nivel local.

 

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