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Valencia

Epidemiólogo: «El problema será este mes y la primera quincena de agosto, pero a septiembre llegaremos bien»

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València, 6 jul (EFE).- La «extrema movilidad» de los menores de 30 años ha provocado el aumento de casos de covid en las últimas semanas, un «incremento brutal» que ha «roto» la desescalada pero que no tiene nada ver con anteriores oleadas gracias a la vacunación que permitirá que «lleguemos bien» a septiembre.

Así lo ha asegurado en declaraciones a la Agencia EFE Salvador Peiró, investigador de la Fundación Sanitaria y Biomédica de la Comunidad Valenciana (Fisabio), quien advierte que la capital valenciana y su área metropolitana son las zonas más afectadas por este aumento de casos.

Según señala, no son solo casos debidos a los viajes a Mallorca, sino quedadas o fiestas de despedida en chalets que están teniendo un «resultado demoledor» y, a partir de ahí, «la transmisión es mucho mayor de lo que vemos porque la mayoría ni se entera».

Según el epidemiólogo, el coronavirus no es un virus estacional y cuando hay contactos se transmite, aunque subraya que la actual situación «no tiene nada que ver con las anteriores olas».

«La vacunación ha hecho su papel, hemos llegado al 85 % por ciento de los mayores de 40 años con al menos una dosis y se está vacunando aceleradamente a los que nos quedaban de Astrazeneca», destaca para añadir que los hospitales «están bastante tranquilos» y la mortalidad «se ha frenado un poco».

Además, indica, la mayoría de los jóvenes contagiados son asintomáticos o leves y aunque los vacunados también pueden contagiarse, «un vacunado de 80 años acaba teniendo los riesgos de uno de 30 sin vacunar».

No obstante, advierte de que se están produciendo problemas en Atención Primaria. «Están reventados, haciendo PCR todo el día y seguimientos de casos, mientras que en Salud Pública están intentando trazar lo intrazable porque ya son montones de casos».

Insiste en que la transmisión «ya no quiere decir lo mismo que antes, ya no se traduce como esas oleadas de hospitalizaciones y de funerarias llenas. Esto ha cambiado totalmente, aunque no podemos minimizar su impacto».

Considera que hay «un doble mensaje constante: de que la transmisión es alta y de que no pasa nada«, pero indica que aunque no se van a llenar las UCI, «si tenemos miles de caso como estamos teniendo, algunos acabaran» en ellas.

Además, añade, este incremento de casos tiene su «importancia económica» y han «hecho polvo la desescalada y la imagen de la España Turística a principio de temporada» con brotes como los ocurridos en Baleares o Sitges.

Considera que no se debe confinar a la población «más allá de intentar controlar los lugares donde se junta mucha gente» y aunque recuerda que usar mascarillas en el exterior «no hace mucho papel» indica que ante el incremento de casos algunas autonomías volverán a hacer que se pongan.

No obstante, le parece más efectivo el cierre del ocio nocturno pero «hecho con cierta cabeza» y recuerda que el verano pasado se cerraba en algunos municipios pero sus habitantes se trasladaban a otros donde seguía abierto.

«Lo que importa ahora es vacunar y controlar los espacios interiores, sean los que sean, y también los eventos exteriores masivos y, sobre todo, si van asociados al consumo de alcohol. Aislar todo lo que podamos los casos y sus contactos».

Señala que los jóvenes, ahora insensibles a los mensajes de prudencia, se han portado muy bien durante todo el año porque estaban protegiendo a sus familiares, «pero aunque muchos de ellos estén vacunados podrían volver a contagiarse».

«La desescalada está rota, en algunos sitios está frenada y en otros se ha dado marcha atrás», indica Peiró, quien se muestra sorprendido por la rapidez del contagio.

Señala que aunque la variante Delta puede haber tenido poco que ver al principio de los brotes, esta expansión de los contagios hará que dentro de nada sea preponderante.

«Esto va a ser difícil de controlar pero el impacto no va a ser tan grande», insiste el epidemiólogo, que señala que el problema será este mes y la primera quincena de agosto, pero a septiembre «llegaremos bien porque iremos administrando la vacunación a estos grupos de edad y así, cortando la transmisión».

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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