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España deja de momento AstraZeneca para personas de entre 60 y 65 años

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Madrid, 7 abr (EFE).- El Ministerio de Sanidad y las comunidades han decidido este miércoles paralizar la vacunación con AstraZeneca a los menores de 60 años, aunque han dejado en el aire lo que ocurrirá con los que ya han recibido una dosis, para los que se barajan dos opciones: no completar la pauta o recibir otro suero.

En la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud de este miércoles todas las autonomías, excepto Madrid, que ha votado en contra porque quería ampliar el límite a mayores de 65, y el País Vasco y Ceuta, que se han abstenido, han apoyado la propuesta de Sanidad de reservar AstraZeneca a los mayores de 60.

De esta forma, desde este jueves las comunidades seguirán administrando AstraZeneca a personas de entre 60 y 65; también lo hará Castilla y León después de que decidiera paralizar la inmunización con este fármaco antes de que la Agencia Europea del Medicamento (EMA, por sus siglas en inglés) se pronunciara sobre unos casos de trombos raros aparecidos en varios países europeos.

Unos dos millones de españoles han sido ya vacunados con la primera dosis de Vaxzevria -nombre comercial de este medicamento-, que actualmente se estaba inoculando a personas de entre 60 y 65 junto a trabajadores esenciales -policías, docentes o bomberos, entre otros-.

No obstante, el rango de esta vacuna, que en un principio se reservó para menores de 55 y después se amplió a 65, podría sufrir un nuevo giro hoy, cuando la Comisión de Salud Pública tiene previsto reunirse para decidir si se elimina el límite superior de edad, como vienen pidiendo desde el principio varias comunidades como Cataluña o Madrid.

También está por delimitar, según ha explicado la ministra Carolina Darias en rueda de prensa, cómo se va a desarrollar ahora el proceso con los menores de 60 años que ya han recibido un primer pinchazo del suero de la Universidad de Oxford. La pauta de este fármaco establece de 10 a 12 semanas entre dosis.

Para ellos se barajan dos posibilidades: o administrarles otra vacuna o dejarles con la primera dosis, que por sí sola ha demostrado una eficacia del 70 %.

«Es una cuestión que está por determinar» y así se ha manifestado en la reunión extraordinaria de ministros de Sanidad europeos celebrada esta tarde para analizar las conclusiones del comité de seguridad (PRAC) de la EMA, que ha confirmado un «posible vínculo» de AstraZeneca con los casos inusuales de coagulación sanguínea aparecidos en algunos países.

Tras revisar 62 casos de trombos cerebrales venosos (CVST, por sus siglas en inglés) y 24 casos de trombosis de la vena esplácnica, los expertos de la EMA han concluido que los coágulos de sangre «inusuales» con bajas plaquetas «deben incluirse como efectos secundarios muy raros» de este fármaco en base a «todas las pruebas disponibles actualmente», incluyendo el asesoramiento de un grupo especial de expertos.

Pero, en todo caso, mantienen que los beneficios de la vacuna de AstraZeneca para prevenir la covid-19 superan a los riesgos de efectos secundarios.

La directora de Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS), María Jesús Lamas, ha resaltado que todas las vacunas que están siendo utilizadas a nivel europeo son «eficaces y seguras» y están contribuyendo de manera decisiva a disminuir el impacto de la covid.

Ha recordado que es «habitual» la aparición de efectos adversos, más cuando se trata de un medicamento nuevo: el hecho de que se use de forma masiva «es lo que hace que tenga más resonancia en la opinión pública» y obliga a estar «más vigilantes, maximizar beneficios y minimizar los riesgos».

«Que esto ocurra no debe minar las eficacias en las vacunas, por el contrario significa que hay mecanismos para garantizar medicamentos eficaces y seguros», ha insistido.

En este sentido positivo también se ha manifestado la ministra Darias que, en línea con el presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, ha afirmado que el proceso de vacunación está cogiendo ritmo y está en «nuestra mano» alcanzar el 70 por ciento de vacunación a finales de agosto. «Nos reiteramos en ese compromiso», ha garantizado.

Por otra parte, el Consejo Interterritorial también ha aprobado un anexo al artículo 6.2 de la ley de nueva normalidad para determinar «qué se entiende por actividades incompatibles y compatibles con las mascarilla» incluso cuando se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.

Dicha ley, que salió adelante definitivamente el pasado mes de marzo con una enmienda del PSOE y fue publicada en el BOE la semana pasada, fijaba la obligatoriedad de la mascarilla incluso manteniendo la distancia de seguridad, cuando hasta entonces se exigía de no ser posible guardar esa distancia.

Sanidad y comunidades han modulado así esta imposición y han establecido que no será exigible su uso en el caso del ejercicio de deporte individual y permite excepciones cuando, por la propia naturaleza de las actividades, resulte incompatible con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Y han equiparado el ejercicio de deporte individual con las actividades que al realizarse supongan un esfuerzo físico de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual, manteniendo, en todo caso, la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

El texto especifica que otras actividades incompatibles con el uso de la mascarilla son: el baño en el mar, lagos, embalses, ríos o en otras zonas de baño así como en piscinas en el exterior o cubiertas, e incluye los momentos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático o en el entorno del mismo.

Si se descansa en playas, ríos o entornos asimilados, este momento de reposo solo podrá extenderse a aquel en que la persona permanezca en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

Y si es en piscinas cubiertas o a bordo de embarcaciones, solo se entenderá por momento de descanso el estrictamente necesario entre intervalos de actividad.

También se excluyen del uso de la mascarilla las actividades de socorrismo o rescate cuando éstas requieren acceder al medio acuático y recuerda que tampoco es necesario llevarla en los momentos estrictamente necesarios para comer o beber en lugares en los que esté autorizado.

Por el contrario, deberá llevarse durante el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales, a orillas del mar y de los demás entornos acuáticos, así como en vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas y durante la permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los momentos necesarios para comer o beber.

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El BOE publica el calendario laboral de 2026: nueve festivos comunes en toda España

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calendario laboral España

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el calendario laboral de 2026, que recoge un total de nueve festivos nacionales comunes para toda España, la misma cifra que en 2025. La resolución ha sido emitida por la Dirección General de Trabajo y define los días festivos de carácter estatal, autonómico y local para el próximo año.

Nueve días festivos nacionales en 2026

En 2026, los días que serán festivos en todo el territorio español son los siguientes:

  • Jueves 1 de enero: Año Nuevo

  • Martes 6 de enero: Epifanía del Señor (Día de Reyes)

  • Viernes 3 de abril: Viernes Santo

  • Viernes 1 de mayo: Fiesta del Trabajo

  • Sábado 15 de agosto: Asunción de la Virgen

  • Lunes 12 de octubre: Fiesta Nacional de España

  • Domingo 1 de noviembre: Todos los Santos

  • Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción

  • Viernes 25 de diciembre: Navidad (Natividad del Señor)

Estos nueve festivos serán comunes a todas las comunidades autónomas, aunque cada región podrá añadir o mover algunos según su calendario propio.

Festivos autonómicos y locales

Además de los festivos nacionales, cada comunidad autónoma podrá trasladar o sustituir algunas celebraciones. Es el caso del Jueves Santo (2 de abril), que será festivo en toda España excepto en Cataluña y la Comunidad Valenciana.

Las autonomías también pueden incorporar fiestas tradicionales propias, como San José (19 de marzo) o Santiago Apóstol (25 de julio), y sustituir el descanso de los lunes que siguen a festivos nacionales que coinciden en domingo.

En total, los trabajadores disfrutarán de 14 días festivos en 2026, de los cuales dos serán locales —establecidos por cada ayuntamiento— y doce de carácter nacional o autonómico.

Cuatro puentes garantizados en 2026

El calendario laboral de 2026 ofrecerá al menos cuatro fines de semana largos en todo el país:

  1. Viernes 3 de abril (Viernes Santo)

  2. Viernes 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)

  3. Lunes 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)

  4. Viernes 25 de diciembre (Navidad)

Estos días permitirán disfrutar de varios puentes laborales, especialmente en primavera, otoño y Navidad, según la distribución del calendario.

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