Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Estas son las comisiones que te cobra tu banco

Publicado

en

Estas son las comisiones que te cobra tu banco

La falta de habilidades digitales, el miedo a cometer errores o al fraude online obliga a buena parte de los mayores de 55 años y la mayoría de los mayores de 65 años a seguir recurriendo al servicio presencial de su oficina bancaria. Lamentablemente, se trata de un servicio que no deja de acumular comisiones, sobre todo en las grandes entidades bancarias, denuncia la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

La mayoría de los bancos en España, incluyendo Caixabank, BBVA, Santander, Unicaja y otros, aplican comisiones por sus servicios bancarios. Estas tarifas pueden sumar hasta 240 euros al año, según estimaciones de HelpmyCash. Cada entidad tiene libertad para establecer sus propias tarifas, ya que el Banco de España no interviene en la autorización, limitación o denegación de las comisiones, salvo en casos específicos como la cancelación anticipada de préstamos.

Es crucial que los clientes comprendan que estas comisiones deben corresponder a servicios efectivamente prestados y aceptados por el usuario. Es ilegal que los bancos cobren por servicios no solicitados o que no impliquen costos reales. Por ejemplo, cobrar por notificar un descubierto puede considerarse ilegal si no hay gastos asociados más allá de la notificación.

Otro aspecto cuestionable son las comisiones por ingreso de dinero en efectivo, que según la justicia, son ilegales ya que el servicio no beneficia al depositante, sino al titular de la cuenta.

La legalidad de otras comisiones, como las de estudio o apertura para hipotecas o préstamos, es más ambigua. Aunque algunos juristas cuestionan su validez, cada cliente debe evaluar su situación particular.

En resumen, es esencial que los clientes estén informados sobre las comisiones bancarias y sus implicaciones legales para evitar pagos indebidos.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Permiso laboral por fallecimiento: ¿Cuántos días tienes si muere un familiar?

Publicado

en

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha alcanzado un acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT para ampliar el permiso laboral por fallecimiento de un familiar, que pasará de los actuales dos días a un total de 10 días laborables. El pacto, anunciado este lunes tras una reunión entre las partes, incluye además la creación de dos nuevos permisos vinculados a situaciones de final de vida, aunque no cuenta con el respaldo de la patronal.

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha confirmado que el acuerdo forma parte de la propuesta impulsada por el departamento que dirige la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, y que ahora deberá seguir su tramitación en el ámbito legislativo.

Ampliación del permiso por fallecimiento

La principal medida del acuerdo es la ampliación del permiso por fallecimiento de un familiar hasta los 10 días laborables, una reivindicación histórica de las organizaciones sindicales. El objetivo, según Trabajo, es adaptar la normativa laboral a la realidad de los procesos de duelo y facilitar una mayor conciliación en momentos de especial vulnerabilidad personal y familiar.

Este cambio supondría una modificación sustancial respecto al marco actual, que reconoce únicamente dos días por este motivo.

Nuevos permisos por cuidados paliativos y eutanasia

El pacto firmado entre Trabajo, CCOO y UGT incorpora también la creación de dos nuevos permisos laborales:

  • Un permiso de hasta 15 días laborables para el acompañamiento de familiares en situación de cuidados paliativos.

  • Un permiso de un día destinado al acompañamiento en procesos de eutanasia, en línea con la legislación vigente sobre muerte digna.

Ambas figuras buscan dar cobertura legal a situaciones de final de vida que, hasta ahora, no contaban con un reconocimiento específico en la normativa laboral.

Rechazo de la patronal y próximos pasos

El Ministerio de Trabajo ha subrayado que estas medidas ya formaban parte de su propuesta inicial y ha confirmado que la patronal se opone al acuerdo, por lo que no ha suscrito el pacto alcanzado con los sindicatos.

Tras el acuerdo social, el siguiente paso será la tramitación parlamentaria. El Gobierno deberá recabar los apoyos necesarios en el Congreso de los Diputados para que la ampliación del permiso por fallecimiento y la creación de los nuevos permisos se incorporen a la legislación laboral.

Desde Trabajo confían en que el respaldo sindical facilite el debate político y permita avanzar en un marco de derechos laborales más amplio en situaciones especialmente sensibles para los trabajadores y sus familias.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo