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Estas son las comisiones que te cobra tu banco

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Estas son las comisiones que te cobra tu banco

La falta de habilidades digitales, el miedo a cometer errores o al fraude online obliga a buena parte de los mayores de 55 años y la mayoría de los mayores de 65 años a seguir recurriendo al servicio presencial de su oficina bancaria. Lamentablemente, se trata de un servicio que no deja de acumular comisiones, sobre todo en las grandes entidades bancarias, denuncia la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

La mayoría de los bancos en España, incluyendo Caixabank, BBVA, Santander, Unicaja y otros, aplican comisiones por sus servicios bancarios. Estas tarifas pueden sumar hasta 240 euros al año, según estimaciones de HelpmyCash. Cada entidad tiene libertad para establecer sus propias tarifas, ya que el Banco de España no interviene en la autorización, limitación o denegación de las comisiones, salvo en casos específicos como la cancelación anticipada de préstamos.

Es crucial que los clientes comprendan que estas comisiones deben corresponder a servicios efectivamente prestados y aceptados por el usuario. Es ilegal que los bancos cobren por servicios no solicitados o que no impliquen costos reales. Por ejemplo, cobrar por notificar un descubierto puede considerarse ilegal si no hay gastos asociados más allá de la notificación.

Otro aspecto cuestionable son las comisiones por ingreso de dinero en efectivo, que según la justicia, son ilegales ya que el servicio no beneficia al depositante, sino al titular de la cuenta.

La legalidad de otras comisiones, como las de estudio o apertura para hipotecas o préstamos, es más ambigua. Aunque algunos juristas cuestionan su validez, cada cliente debe evaluar su situación particular.

En resumen, es esencial que los clientes estén informados sobre las comisiones bancarias y sus implicaciones legales para evitar pagos indebidos.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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