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Estas son las mejoras en las condiciones laborales de los funcionarios valencianos

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jornada laboral de 4 dias

El pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Generalitat, que introduce mejoras en las condiciones personales y profesionales del empleado público y aúna las medidas que se han venido aprobando a lo largo de los doce años transcurridos desde la entrada en vigor del actual decreto 175/2006, de 24 de noviembre.

El nuevo texto deroga el decreto de 2006 que supuso en su momento un avance significativo de la normativa existente sobre jornada, horarios, permisos y vacaciones del personal al servicio de la Administración de la Generalitat para incorporar todos los cambios que, sobre esta materia, se han venido aprobando en diferentes normas y acabar con la dispersión normativa.

Así, incorpora y adapta la Ley 7/2007, por la que se aprobó el Estatuto Básico del Empleado Público que supuso una serie de avances en materia de permisos por conciliación de a vida personal, familiar y laboral; y la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana (LOGFPV), que profundiza en la mejora de esas condiciones laborales.

Además, recientemente, el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, también ha introducido en el texto de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) importantes modificaciones en esta materia que han obligado a adaptar el régimen de condiciones de trabajo previsto en la normativa autonómica.

También contempla los acuerdos, fruto de las negociaciones con las organizaciones sindicales, que mejoran de forma notable las condiciones de trabajo de los empleados públicos y que posteriormente han sido ratificados por el Consell.

Por todo ello, se hacía necesario un nuevo decreto que aunara todas las modificaciones aprobadas hasta la fecha para acabar con la dispersión normativa y que incorporara las novedades y mejoras en la materia.

Medidas en materia de igualdad

Entre otros, el decreto aprobado incorpora en su articulado medidas incluidas en el II Plan de Igualdad de la Administración de la Generalitat de marzo de 2017.  Estas medidas incluyen importantes novedades en materia de igualdad y, en especial, para las víctimas de violencia de género, pues reconoce el derecho de las empleadas que hayan sufrido maltrato a la reducción de un tercio de la jornada sin que ello conlleve reducción de haberes.

Entre estas medidas, se incluye el derecho de las empleadas a acumular en jornadas completas por el tiempo que resulte estrictamente necesario el permiso por cuidado de hijo o hija menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave; la reducción de la jornada en dos horas y media semanales en los periodos de vacaciones escolares y la preferencia de quienes tengan hijas e hijos menores de 14 años para la elección del disfrute de las vacaciones o los días por asuntos propios.

De este modo, el decreto de condiciones de trabajo aprobado por el Consell no solo incorpora las medidas previstas en las normas con rango de ley, tanto de carácter básico como autonómico, sino también todas aquellas acordadas con las organizaciones sindicales.

Compatibilizar vida familiar y profesional

El decreto supone una apuesta por profundizar en la mejora de las condiciones personales y profesionales del personal empleado público, haciendo compatible su dedicación profesional con su vida personal y familiar, así como en el fomento de la corresponsabilidad, entendida como el necesario reparto de las tareas domésticas y responsabilidades familiares entre quienes forman parte de un hogar. También en la adopción de medidas de acción positiva para las mujeres víctimas de violencia de género.

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Las ‘cartas del miedo’ de Hacienda: qué son, por qué las estás recibiendo y cómo actuar ante cada una

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

Miles de contribuyentes españoles están recibiendo en estos días las conocidas como “cartas del miedo” de la Agencia Tributaria. Son notificaciones que Hacienda envía cuando detecta algún posible error o discrepancia en la declaración de la Renta, o simplemente para informar de una revisión. Aunque el nombre asuste, no todas implican sanción o deuda.


📬 ¿Qué son las ‘cartas del miedo’ de Hacienda?

El término hace referencia a las notificaciones oficiales que la Agencia Tributaria envía a contribuyentes o empresas para comunicar incidencias, requerimientos o procesos de revisión.
Según datos de la plataforma fiscal TaxDown, solo en el último año Hacienda envió más de dos millones de cartas, y la mayoría se concentran en el último trimestre del año.

Estas comunicaciones pueden llegar por correo postal certificado, por SMS o a través del buzón electrónico en la Sede Digital de la Agencia Tributaria.


⚙️ Tipos de notificaciones que puedes recibir de Hacienda

Aunque todas llegan con el mismo membrete oficial, no todas tienen el mismo significado ni las mismas consecuencias. Estos son los tipos más frecuentes:

1. Carta informativa

Es la más leve. Hacienda la envía solo para informar de alguna cuestión fiscal.
👉 No requiere respuesta, pero sí conviene confirmar su recepción, ya que se trata de un envío certificado.

2. Requerimiento de información

Aparece cuando la Agencia Tributaria detecta que los datos declarados no coinciden con los que tiene en sus bases.
En este caso, el contribuyente debe presentar documentación adicional en el plazo indicado, normalmente 10 o 15 días hábiles.

3. Propuesta de liquidación

Hacienda comunica que ha modificado algunos datos de tu declaración.
Junto a la carta se incluye un borrador ajustado con los cambios que considera necesarios. Si estás de acuerdo, puedes aceptarlo. Si no, puedes presentar alegaciones.

4. Resolución del procedimiento

Es la notificación final de un proceso abierto con la Agencia Tributaria. Indica si el expediente se archiva, se aprueba una devolución o se impone una sanción.

5. Providencia de apremio

Se trata de una advertencia de cobro de una deuda pendiente. Hacienda establece un plazo concreto para pagar antes de que comiencen los recargos o embargos.
🔴 En este punto es clave actuar con rapidez.

6. Diligencia de embargo

Si no se abona la deuda, Hacienda puede proceder al embargo de bienes, salario o cuentas bancarias.
El pago inmediato o la presentación de un recurso pueden detener el proceso.

7. Inicio de inspección o expediente sancionador

Este tipo de carta marca el comienzo de una investigación fiscal. En ella se solicita documentación adicional y se informa de que puede existir una infracción tributaria. Es recomendable contar con asesoría fiscal profesional.


Cómo saber si la carta de Hacienda es auténtica

Antes de alarmarte, comprueba que la notificación es real.
Puedes hacerlo de tres maneras:

  1. Verifica el número de referencia en la web de la Agencia Tributaria.

  2. Comprueba si ha llegado a través de un canal oficial (correo certificado o sede electrónica).

  3. No abras enlaces recibidos por correo electrónico o SMS si no proceden de dominios oficiales (agenciatributaria.gob.es).


Qué hacer si recibes una carta de Hacienda

  1. Lee bien la notificación. Comprueba qué tipo de carta es y el motivo del contacto.

  2. No ignores los plazos. Casi todas las notificaciones tienen un tiempo limitado para responder o presentar alegaciones.

  3. Revisa tu declaración o documentación. Puede tratarse de un simple error en los datos fiscales.

  4. Consulta con un asesor o plataforma especializada (como TaxDown o Gestha) si no sabes cómo proceder.

  5. Conserva copia de todo lo que presentes o envíes.


Preguntas frecuentes sobre las cartas del miedo

¿Qué pasa si no respondo a una carta de Hacienda?
Si el plazo expira sin respuesta, el expediente puede resolverse a favor de la Administración y generar sanciones o recargos.

¿Puede llegar una notificación por error?
Sí. En algunos casos, Hacienda envía requerimientos automáticos basados en cruces de datos. Si tienes todo en regla, bastará con justificarlo.

¿Puedo recibir varias cartas a la vez?
Sí, especialmente si tienes varios ejercicios pendientes o gestiones abiertas con la Agencia Tributaria.


Las llamadas “cartas del miedo” de Hacienda no siempre significan una sanción. La mayoría son simples requerimientos o verificaciones de datos.
La clave está en mantener la calma, revisar la información y responder dentro del plazo establecido. Actuar a tiempo puede evitar recargos, multas y embargos innecesarios.


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