Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Estas son las mejoras en las condiciones laborales de los funcionarios valencianos

Publicado

en

jornada laboral de 4 dias

El pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Generalitat, que introduce mejoras en las condiciones personales y profesionales del empleado público y aúna las medidas que se han venido aprobando a lo largo de los doce años transcurridos desde la entrada en vigor del actual decreto 175/2006, de 24 de noviembre.

El nuevo texto deroga el decreto de 2006 que supuso en su momento un avance significativo de la normativa existente sobre jornada, horarios, permisos y vacaciones del personal al servicio de la Administración de la Generalitat para incorporar todos los cambios que, sobre esta materia, se han venido aprobando en diferentes normas y acabar con la dispersión normativa.

Así, incorpora y adapta la Ley 7/2007, por la que se aprobó el Estatuto Básico del Empleado Público que supuso una serie de avances en materia de permisos por conciliación de a vida personal, familiar y laboral; y la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana (LOGFPV), que profundiza en la mejora de esas condiciones laborales.

Además, recientemente, el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, también ha introducido en el texto de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) importantes modificaciones en esta materia que han obligado a adaptar el régimen de condiciones de trabajo previsto en la normativa autonómica.

También contempla los acuerdos, fruto de las negociaciones con las organizaciones sindicales, que mejoran de forma notable las condiciones de trabajo de los empleados públicos y que posteriormente han sido ratificados por el Consell.

Por todo ello, se hacía necesario un nuevo decreto que aunara todas las modificaciones aprobadas hasta la fecha para acabar con la dispersión normativa y que incorporara las novedades y mejoras en la materia.

Medidas en materia de igualdad

Entre otros, el decreto aprobado incorpora en su articulado medidas incluidas en el II Plan de Igualdad de la Administración de la Generalitat de marzo de 2017.  Estas medidas incluyen importantes novedades en materia de igualdad y, en especial, para las víctimas de violencia de género, pues reconoce el derecho de las empleadas que hayan sufrido maltrato a la reducción de un tercio de la jornada sin que ello conlleve reducción de haberes.

Entre estas medidas, se incluye el derecho de las empleadas a acumular en jornadas completas por el tiempo que resulte estrictamente necesario el permiso por cuidado de hijo o hija menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave; la reducción de la jornada en dos horas y media semanales en los periodos de vacaciones escolares y la preferencia de quienes tengan hijas e hijos menores de 14 años para la elección del disfrute de las vacaciones o los días por asuntos propios.

De este modo, el decreto de condiciones de trabajo aprobado por el Consell no solo incorpora las medidas previstas en las normas con rango de ley, tanto de carácter básico como autonómico, sino también todas aquellas acordadas con las organizaciones sindicales.

Compatibilizar vida familiar y profesional

El decreto supone una apuesta por profundizar en la mejora de las condiciones personales y profesionales del personal empleado público, haciendo compatible su dedicación profesional con su vida personal y familiar, así como en el fomento de la corresponsabilidad, entendida como el necesario reparto de las tareas domésticas y responsabilidades familiares entre quienes forman parte de un hogar. También en la adopción de medidas de acción positiva para las mujeres víctimas de violencia de género.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

Publicado

en

Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo