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Valencia

Una ‘bomba de aire’ abrasador, causa de la tragedia del Medusa Festival

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Imagen de archivo de personal sanitario atendiendo a un paciente de covid ingresado en la UCI de un hospital valenciano. EFE/Juan Carlos Cárdenas
València, 14 sep (OFFICIAL PRESS- EFE).- Una bomba de aire abrasador a 100 km/h fue la causa de la tragedia del Medusa Festival de Cullera. El desplome vertical de un masa de aire contra el suelo y posteriores ráfagas horizontales de viento de entre 70 y 100 kilómetros por hora, junto a un ascenso de la temperatura de unos 10 grados y la caída de la humedad en un 40 %, fueron algunos de los fenómenos meteorológicos registrados el pasado mes de agosto durante el festival donde hubo un fallecido y decenas de heridos.

Así lo ha indicado a EFE el responsable de Climatología de la Agencia Estatal de Meteorología en la Comunitat Valenciana, José Ángel Núñez, que tras el incidente ocurrido la madrugada del pasado 13 de agosto fue nombrado perito meteorológico y ha remitido al juzgado de instrucción 4 de Sueca un informe con las circunstancias meteorológicas que se produjeron esa noche.

Una bomba de aire abrasador en el Medusa

Según Núñez, lo que ocurrió fue un «reventón cálido» que se produjo en la fase final de las tormentas que desde la una de la madrugada penetraron por el interior de las provincias de Alicante, Valencia y región de Murcia y, aunque de forma generalizada iban produciendo subidas de temperaturas y vientos generalizados, hubo lugares concretos donde dejaron rachas muy fuertes.

Se trata de tormentas secas que tienen como base una nube muy alta -entre 3 y 4 kilómetros de altitud- y la poca precipitación que se produce se evapora debajo de la masa de la nube, en la masa de aire seca y cálida. Al evaporarse, el aire se enfría, se hace más denso y se desploma contra el suelo.

Según ha indicado, esos desplomes de aire fueron detectados por el radar situado en la montaña de Cullera, a unos dos kilómetros de distancia del lugar donde se celebraba el festival y, además de las rachas de viento, de entre 70 y 100 kilómetros por hora, se produjo un ascenso de temperaturas de unos diez grados, hasta llegar a registros próximos a los 40 grados.

Además, la humedad, que cerca de la playa estaba al 80 por ciento, se desplomó y bajó a menos del 40 por ciento, «lo típico cuando se producen estos fenómenos», ha indicado el meteorólogo.

«Son fenómenos de escala reducida y dentro del festival se veían zonas muy afectadas, sobre todo la zona oeste, más alejada del mar, que era donde había más daños, mientras que en los lugares más cercanos al mar apenas había daños», ha indicado.

Destaca que el 13 de agosto fue el día más cálido del verano en la Comunitat Valenciana, con la ola de calor y bajo condiciones de una masa de aire cálido de origen africano. Y recuerda que el 15 de agosto de 2021 ya se produjeron reventones cálidos en la comarca de La Safor, uno de los cuales tiró una noria instalada en la playa de Gandía.

Preguntado por si se trata de fenómenos imprevisibles, indica que no lo ha incluido en el informe pero que el pasado 16 de agosto, cuando estuvo en la zona con el juez que lleva el caso, le dijo que «no era exactamente así» porque estos fenómenos «obedecen a unas condiciones meteorológicas y había entornos favorables para que se produjeran».

«Lo que si es imprevisible es determinar la hora y el lugar concreto. Algo imprevisible es que te pilla por sorpresa y no es así porque en la cuenta de twitter de Aemet anunciamos, unos días antes, que se podrían producir rachas constantes de viento», afirma.

También indica que en la predicción general se advirtió de que se podrían producir tormentas con rachas muy fuertes de viento. «Lo que no se puede prever es el lugar exacto y la zona», ha insistido, para añadir que hasta en recintos pequeños de menos de un kilómetro, como el del Medusa, «puede haber diferencias sensibles».

Según explica, una cuestión a tener en cuenta y que suele provocar muchos daños en esto fenómenos es que las estaciones meteorológicas miden el viento horizontal, pero en este caso el fenómeno principal fue una masa de aire que se desplomó desde tres o cuatro kilómetros de altitud e impactó contra el suelo.

«El aire impacta contra el suelo y se expande horizontalmente, pero en las zonas donde impacta suele provocar aplastamientos y rebotes, con estructuras arrancadas», ha agregado.

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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