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Extremadura cierra hostelería y comercio en Cáceres, Badajoz y 14 ciudades más

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La Junta de Extremadura ha decretado el cierre de la hostelería y el comercio minorista en 16 municipios de la región, entre ellos Cáceres y Badajoz, y el cierre perimetral de cuatro localidades, así como la reincorporación del alumnado de Educación Secundaria a la modalidad telemática durante siete días.

El cierre de la hostelería y el comercio minorista, que se llevará a cabo entre el 7 y el 14 de enero, afecta a las localidades de Cáceres, Badajoz, Castuera, Don Benito, Fuente del Maestre, Navalmoral de la Mata, Villanueva de la Serena, Calamonte, Aceuchal, Olivenza, Montijo, Villafranca de los Barros, Puebla de la Calzada, Almendralejo, Azuaga y Coria.

Se trata de ciudades de más de 5.000 habitantes y cuya incidencia acumulada a los 14 días es superior a los 500 casos por cada 100.000 habitantes; una lista «revisable» y a la que se incorporarán aquellos municipios que vayan llegando a dicha incidencia.

Para «paliar esta perturbación» de la actividad económica y «conjugar» la protección de la salud y el desarrollo social y económicas, la Junta pone a disposición de las empresas, comercios y autónomos afectados un total de 40 millones de euros en régimen de concesión directa, según ha adelantado el consejero de Economía, Rafael España.

La situación epidemiológica extremeña, que tiene la incidencia por coronavirus más alta de España, con más de 600 y 385 casos por cada 100.000 habitantes a los 14 y 7 días, respectivamente, es «muy complicada», ha dicho el consejero de Sanidad, José María Vergeles, durante la rueda de prensa posterior a la reunión extraordinaria celebrada este martes por el Consejo de Gobierno.

Las clases presenciales se mantienen para el alumnado de Educación Infantil y Primaria, que también se reincorpora el día 11. «Los niños pequeños son poco contagiadores y hay evidencias científicas contrastadas», ha apuntado.

Asimismo, el Gobierno extremeño ha decretado el cierre perimetral de las localidades de Zarza La Mayor, Cabezuela del Valle, Torreorgaz y Pueblonuevo del Guadiana, estas dos últimas con una tasa de incidencia a los 14 días que supera los 2.000 casos por cada 100.000 habitantes.

En cuanto al cierre temporal de los establecimientos de hostelería y restauración de los citados 16 municipios, la Junta ha excluido aquellos servicios de recogida -hasta las 22,00 horas- y entrega a domicilio hasta las 24,00 horas, siempre que el pedido haya entrado antes de las 23,00 horas.

Tampoco cerrarán los restaurantes pertenecientes a los alojamientos turísticos para uso de clientes, así como de los centros sanitarios, laborales y educativos, como tampoco los comedores de carácter benéfico o ubicados en gasolineras.

Asimismo, en esas 16 localidades se cierran los establecimientos comerciales minoristas, tanto los ubicados dentro como fuera de los parques comerciales, a excepción de los de alimentación y bebidas, de productos de primera necesidad e higiene, estancos, farmacias, librerías, combustibles, telecomunicaciones, floristerías y ferreterías.

Tampoco se cierran los establecimientos que prestan servicios, como peluquerías y talleres de reparación de vehículos, entre otros.

Por contra, se cierran los locales de apuestas, espectáculos taurinos, parques de ocio y actividades de tiempo libre infantil y juvenil.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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