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Crimen en Castro Urdiales: ¿Qué pasará ahora con los menores detenidos por la muerte de su madre?

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Crimen en Castro Urdiales

Después de la detención de dos menores de 13 y 15 años tras hallar muerta a su madre de 48 años en Castro Urdiales (Cantabria), surgen dudas sobre cuál es el papel de los servicios sociales y qué ocurre con los menores cuando se ven implicados en hechos delictivos.

En el caso del suceso de Castro Urdiales, uno de ellos es inimputable y el otro ha sido internado en régimen cerrado durante seis meses de forma cautelar por decisión del Juzgado de Instrucción número 5 de Santander, pero ambos quedaron a cargo del Instituto Cántabro de Servicios Sociales (Icass).

El Icass es la entidad pública de la que depende la protección y reforma de los menores en Cantabria, así como la encargada de ejecutar las sentencias y los autos que les afectan, ya que es la titular de los centros de cumplimiento de medidas judiciales.

«Cuando hablamos de menores, no son penas, se habla de medidas», subraya en una entrevista con EFE la subdirectora general de Infancia, Adolescencia y Familia del Icass, María del Carmen Arce de la Torre.

Arce explica que la labor del Icass, en el caso de menores con responsabilidad penal, es asumir su «reforma», mientras que en el caso de los inimputables el instituto trabaja en su «protección».

Menores con responsabilidad penal

Cuando las sentencias o autos de los jueces afectan a menores con responsabilidad penal, el Instituto se encarga de ejecutar las medidas, bien sean un internamiento, la convivencia en un grupo educativo, asistencia en un centro de día o prestaciones en beneficio de la comunidad, entre otros.

En todos los casos, se asume una medida que es «sancionadora educativa», lo que implica que el Icass debe trabajar con el menor con un programa individualizado aprobado por el juez, en el que se establecen unos objetivos.

Este programa recoge metas en el ámbito de la vida del menor, ya sea en el aspecto social, familiar, en su futuro laboral o en el ámbito educativo.

Y se trabajan los hechos delictivos en sí y la asunción de responsabilidad. «Que asuma conciencia de no volver a realizarlos cuando termine la medida y se responsabilice de los hechos cometidos», apunta la subdirectora.

Además, cuando se impone una medida de internamiento en régimen cerrado, incide Arce, los servicios sociales se tienen que asegurar de que los menores continúen con sus estudios y puedan seguir formándose, a pesar de que no pueden salir del centro.

Crimen en Castro Urdiales

Los menores de 14 años son inimputables con arreglo a la ley de responsabilidad penal de los menores, por lo que los servicios sociales, en caso de que los niños se vean implicados en un delito, entran a trabajar con ellos a instancias del Ministerio Fiscal, pero siempre en el ámbito de su protección.

En estos casos, subraya Arce, pueden darse distintas situaciones respecto a los menores. La subdirectora relata que puede ocurrir que un Juzgado civil delegue la guarda en la entidad pública; que vuelva con su familia; o que los propios servicios sociales decidan asumir esa guarda.

En este tipo de acontecimientos, el Icass lleva siempre a cabo una investigación sobre las circunstancias del menor, para analizar si se encuentra en una situación de desprotección.

Se tramita un expediente, se realizan averiguaciones, un informe social y si se cumplen los factores de desprotección, la entidad puede declarar al menor en una situación de desamparo y asumir su tutela.

En el caso de que un menor esté en esta situación, se extingue la patria potestad de los padres y se adoptan las medidas de protección que «se considera adecuadas».

Esto incluye distintos tipos de recursos residenciales, como acogimientos, pero siempre, señala la subdirectora, teniendo en cuenta «las necesidades específicas» del niño y orientados a su protección.

Por otro lado, «como ocurre con cualquier menor», subraya Arce, la familia tiene la posibilidad solicitar a la entidad pública que asuma la guarda porque no puede hacerse cargo de él.

En este caso, el progenitor mantiene la patria potestad sobre su hijo, pero los servicios sociales son los responsables de garantizar su protección.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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