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Nuevo impuesto a las viviendas vacías: esto es lo que tendrás que pagar

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impuesto viviendas vacias

La recién aprobada Ley de Vivienda contempla un nuevo impuesto a las viviendas vacías. Así, ofrecerá a los Ayuntamientos la opción de establecer penalizaciones económicas a aquellos propietarios que mantengan sus inmuebles vacíos, con el objetivo de fomentar su salida al mercado.

No obstante, esta decisión será competencia municipal.

Impuesto a las viviendas vacías

Se define una  vivienda vacía como aquella que permanezca desocupada, de forma continuada, por un plazo superior a 2 años salvo determinadas causas justificadas. Esta situación de desocupación se declarará mediante un procedimiento administrativo con audiencia del contribuyente.

Para promover su salida al mercado, se ofrece a los Ayuntamientos la posibilidad de establecer un recargo de hasta el 150% (ahora está en el 50%) en la cuota líquida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que afectaría a las viviendas que se hayan mantenido desocupadas durante más de dos años, sin causa justificada, para propietarios con un mínimo de cuatro viviendas.

Si el inmueble lleva tres años vacío, el recargo podrá llegar al 100%. Por último, está la opción de elevarlo otros 50% adicional en caso de inmuebles cuyos propietarios tengan dos o más pisos en el mismo término municipal.

Ley de vivienda: los 7 puntos clave

Regulación efectiva de los alquileres
Ampliación de las zonas tensionadas en el mercado del alquiler
Nueva definición para grandes tenedores
Medidas de protección a inquilinos
Límite de la actualización anual del alquiler eliminando el IPC
Medidas de protección frente a los desahucios
Beneficios fiscales para propietarios

Ley de Vivienda: limitados los precios del alquiler

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BBVA anuncia una OPA para absorber el Banco Sabadell con contraprestación en acciones

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Fusión BBVA-Sabadell
Vista de la sede corporativa del Banco Sabadell em Sant Cugat del Vallés (Barcelona). EFE/Toni Albir/Archivo

Barcelona, 9 may (OFFICIAL PRESS-EFE).- BBVA ha lanzado una oferta pública de adquisición (opa) voluntaria por la totalidad del Banco Sabadell, una operación que contempla las mismas condiciones que la propuesta de absorción que presentó el banco dirigido por Carlos Torres y que fue rechazada por el banco catalán.

La contraprestación ofrecida por BBVA a los accionistas del Sabadell es de una acción de nueva emisión por 4,83 acciones del banco catalán, según se detalla la oferta comunicada a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

La opa, dirigida a la totalidad de las acciones de Sabadell -con sede social en Alicante-, está condicionada a alcanzar más del 50 % de aceptación de los accionistas.

El pasado 30 de abril BBVA lanzó una propuesta de absorción por el Sabadell que fue rechazada por el consejo de administración de la entidad al considerar que la oferta, no solicitada, «infravalora significativamente» al banco y sus perspectivas de crecimiento como entidad independiente».

Tras ello, el consejo de BBVA reunido en la jornada de ayer, 8 de mayo, decidió lanzar una opa sobre Sabadell ofreciendo a los accionistas las mismas condiciones.

BBVA atendería el canje de las acciones mediante emisión de nuevos títulos ordinarios, cuya suscripción estará reservada a los titulares de acciones de Sabadell.

«La concentración económica resultante de la oferta deberá ser notificada a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y requiere la autorización expresa o tácita de la Administración española».

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