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Nuevo impuesto a las viviendas vacías: esto es lo que tendrás que pagar

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impuesto viviendas vacias

La recién aprobada Ley de Vivienda contempla un nuevo impuesto a las viviendas vacías. Así, ofrecerá a los Ayuntamientos la opción de establecer penalizaciones económicas a aquellos propietarios que mantengan sus inmuebles vacíos, con el objetivo de fomentar su salida al mercado.

No obstante, esta decisión será competencia municipal.

Impuesto a las viviendas vacías

Se define una  vivienda vacía como aquella que permanezca desocupada, de forma continuada, por un plazo superior a 2 años salvo determinadas causas justificadas. Esta situación de desocupación se declarará mediante un procedimiento administrativo con audiencia del contribuyente.

Para promover su salida al mercado, se ofrece a los Ayuntamientos la posibilidad de establecer un recargo de hasta el 150% (ahora está en el 50%) en la cuota líquida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que afectaría a las viviendas que se hayan mantenido desocupadas durante más de dos años, sin causa justificada, para propietarios con un mínimo de cuatro viviendas.

Si el inmueble lleva tres años vacío, el recargo podrá llegar al 100%. Por último, está la opción de elevarlo otros 50% adicional en caso de inmuebles cuyos propietarios tengan dos o más pisos en el mismo término municipal.

Ley de vivienda: los 7 puntos clave

Regulación efectiva de los alquileres
Ampliación de las zonas tensionadas en el mercado del alquiler
Nueva definición para grandes tenedores
Medidas de protección a inquilinos
Límite de la actualización anual del alquiler eliminando el IPC
Medidas de protección frente a los desahucios
Beneficios fiscales para propietarios

Ley de Vivienda: limitados los precios del alquiler

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Nuevos abonos gratuitos de Renfe: cómo y cuándo solicitarlos

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Abonos gratis de Renfe para mayo y junio de 2025: requisitos, fechas y cómo solicitarlos

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha activado los nuevos abonos gratuitos de Renfe para los meses de mayo y junio de 2025, dirigidos a usuarios frecuentes de los servicios de Cercanías, Rodalies y Media Distancia. Estos títulos ya pueden solicitarse desde el martes 8 de abril a través de los canales habituales de Renfe.

Quién puede solicitar los abonos gratuitos de Renfe

Estos abonos están destinados a personas usuarias habituales del tren, y permiten realizar viajes ilimitados durante el período de validez, siempre que se cumpla un número mínimo de trayectos. Para su obtención, es necesario realizar un depósito en forma de fianza, que se devuelve al final del periodo si se alcanzan los requisitos establecidos.


Fechas de solicitud y validez de los abonos

  • Inicio de la solicitud: desde el 8 de abril de 2025.

  • Periodo de validez: del 1 de mayo al 30 de junio de 2025.

  • Excepción regional: en Cantabria y Asturias, los abonos tendrán validez hasta el 31 de agosto, debido a su formato cuatrimestral.


Fianza: precios y condiciones para su devolución

Aunque los abonos son gratuitos, el usuario debe abonar una fianza para activar el título. Esta se reembolsará si se alcanza el número mínimo de viajes requerido:

  • Cercanías y Rodalies:

    • Fianza: 10 euros

    • Requisito: al menos 8 viajes

  • Media Distancia:

    • Fianza: 20 euros

    • Requisito: mínimo de 8 viajes

  • Cantabria y Asturias (abono cuatrimestral):

    • Fianza: 10 euros

    • Requisito: mínimo de 16 viajes

Una de las principales novedades de este año es la reducción del número de trayectos necesarios para recuperar la fianza, que pasa de 16 a 8 viajes en la mayoría de los casos.


Cómo solicitar los abonos gratuitos de Renfe

Los abonos pueden solicitarse por las vías habituales:

  • A través de la app Renfe Cercanías

  • En máquinas de autoventa situadas en estaciones

  • En las taquillas físicas de Renfe

  • En la web oficial de Renfe: www.renfe.com

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