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Imputado por delito de odio el líder de España 2000

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València, 15 jul (EFE).- La Audiencia de València ha imputado por delito de odio a José Luis Roberto, líder de España 2000, por el acto islamófobo que realizó este partido ultraderechista en diciembre de 2020.

València Acull puso en conocimiento de este acto a la Fiscalía, que solicitó que se juzgara por delito de odio a sus responsables. Aunque el juzgado rechazó esta solicitud, la Fiscalía recurrió y finalmente la Audiencia ha ordenado que Roberto «declare como investigado en su propio nombre y como legal representante del partido político España 2000».

Sin embargo, la mujer que instó a actuar a la policía contra el acto de España 2000 ha sido sancionada por la Delegación del Gobierno por «perturbación del orden público», informa Valencia Acull.

«La institución que dirige la delegada Gloria Calero ha incoado un expediente sancionador contra una de las personas que mostraron su indignación y pidieron a la policía que impidiera un acto xenófobo y racista”, dice un comunicado de la asociación citada.ç

Añade que la policía «no actuó porque consideró que era una actividad lícita, pero denunció a una de las denunciantes por perturbar el orden público en ‘una reunión pacífica de personas increpando frases como: ‘Doneu asco, racistes’, alterando la paz pública’.

En su auto, la Audiencia señala que «no conviene banalizar» el delito de odio, del cual hay indicios en este caso, y revoca el archivo del caso acordado por un juzgado de Valencia, contra el que recurrió la Fiscalía.

En su denuncia, que ahora se investigará, la Fiscalía de València apuntaba un posible delito de odio en relación con la concentración realizada por esta organización ultraderechista en la tarde del viernes, 18 de diciembre de 2020, en la Plaza de los Pinazo de València, bajo el lema «No al islam».

La organización València Acull puso en conocimiento de la Fiscalía los hechos por si suponían un delito de odio, debido a su contenido racista y xenófobo.

Ahora, tras unas diligencias previas, la Fiscalía remite el procedimiento al juzgado porque interpreta que, en principio, y a falta de la investigación del juez, podría haberse producido, efectivamente, un delito de odio.

Así, la fiscala delegada de Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación, Susana Gisbert, ha interpuesto «denuncia ante el Juzgado Decano de Valencia» para que se investigue a los responsables «como presuntos autores de un delito contra el ejercicio de los Derechos y Libertades previsto en el artículo 510.1 del Código Penal».

El acto de España 2000 fue difundido masivamente en las redes sociales, se transmitió en ‘streaming’ y fue colgado en la web de los organizadores. En el propio vídeo se ve y escucha a un grupo de jóvenes gritando «esto es un acto de racismo», según explica Valencia Acull.

«Los ultraderechistas hicieron una parodia en la que se alternaba un grupo de chicas jóvenes saltando a la comba mientras sonaba música del folclore valenciano y otro grupo de supuestas mujeres cubiertas con lo que ellos llamaban burkas haciendo lo mismo con fondo de música árabe. Uno de los ultras exhibía un cartel encabezado con el texto «¿Islam?» y en el que se muestra un rostro de mujer en 2020 y el mismo rostro cubierto totalmente excepto los ojos en 2050″, explicaba la fiscal.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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