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Valencia

La Audiencia Nacional absuelve a todos los exdirectivos del Banco de Valencia

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El expresidente de Banco de Valencia José Luis Olivas, y que fue también president de la Generalitat con el PP entre 2002 y 2003. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a los doce antiguos directivos del Banco de Valencia, entre ellos su expresidente José Luis Olivas, quienes estaban acusados de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios 2009 y 2010. La sentencia señala que no se pudieron determinar de manera precisa las supuestas falsedades contables que les imputaban, lo que generó indefensión durante el proceso.

Un juicio marcado por la falta de concreción en la acusación

La Fiscalía Anticorrupción había solicitado penas de hasta dos años y medio de prisión para los principales acusados, como el consejero delegado Domingo Parra, mientras que para Olivas y el auditor Miguel Monferrer se pedían dos años. Sin embargo, durante el juicio, las defensas de los exdirectivos argumentaron que no se les había indicado de forma clara qué apuntes contables eran presuntamente falsos, lo que violaba el principio de acusación concreta establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La sentencia del tribunal subraya que en el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, dictado en diciembre de 2019, no se especificaban los estados financieros intermedios de 2009 y 2010 que supuestamente contenían las irregularidades. Tampoco se detallaron los apartados concretos que se consideraban falsos, lo que impedía a los acusados preparar una defensa adecuada.

La doctrina del Tribunal Supremo y la presunción de inocencia

El fallo se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo, que exige que las acusaciones estén claramente delimitadas y descritas para evitar situaciones de indefensión. En este caso, la falta de concreción en los escritos de acusación llevó al juez a concluir que no se podía dictar una sentencia condenatoria.

El magistrado hizo hincapié en que los informes de la Inspección del Banco de España, que se mencionaron como pruebas durante el proceso, no pueden sustituir a un escrito de acusación formal. Estos informes, aunque relevantes, no especificaban qué datos contables eran falsos ni si se trataba de todos los apuntes o solo algunos. Por tanto, no podían ser utilizados como base para fundamentar una condena.

La importancia del principio acusatorio en el proceso penal

La sentencia resalta que el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las conclusiones de la acusación deben ser precisas y numeradas, algo que no se cumplió en este caso. Según el juez, la falta de precisión obligó tanto a la defensa como al tribunal a buscar entre los documentos del caso para tratar de identificar los supuestos delitos, lo que no es admisible en un proceso penal.

El fallo también critica que se intentara subsanar esta falta de concreción en el último momento, a través de los escritos de conclusiones definitivas, cuando la indefensión ya se había generado. Según el magistrado, los acusados no tuvieron oportunidad de proponer pruebas en su defensa para contradecir las acusaciones debido a esta falta de claridad.

La actuación del Banco de España y la supervisión continua

El tribunal también tuvo en cuenta que el Banco de Valencia estaba sometido a una supervisión continua por parte del Banco de España desde 2008. Esta circunstancia hace difícil acreditar que los exdirectivos del banco actuaran con dolo al falsear las cuentas, ya que cualquier irregularidad podría haber sido detectada por los inspectores.

El magistrado argumentó que la alta probabilidad de que cualquier dato inexacto fuera descubierto por la Inspección del Banco de España reduce la posibilidad de que los acusados cometieran un delito de falsedad contable de forma intencionada.

Conclusión: absolución por falta de pruebas concluyentes

En base a todo lo expuesto, el juez del Juzgado Central de lo Penal dictó una sentencia absolutoria para los doce exdirectivos del Banco de Valencia. La sentencia concluye que no se aportaron pruebas suficientes para demostrar la existencia de un delito de falsedad contable ni que los acusados tuvieran intención de ocultar información.

La absolución refuerza el principio de presunción de inocencia, recordando que la carga de la prueba recae en la acusación y que no se puede condenar a nadie sin evidencias claras y contundentes de su culpabilidad. Por tanto, el tribunal consideró que, ante la falta de pruebas concluyentes y la indefensión generada durante el proceso, lo único procedente era la absolución de todos los acusados.

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Esto es lo que factura Herbolario Navarro

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Herbolario Navarro
Tienda de Herbolario Navarro - HERBOLARIO NAVARRO

VALÈNCIA, 30 Jun. (EP-OFFICIAL PRESS) -La cadena valenciana de ecotiendas y productos de salud natural Herbolario Navarro ha incrementado en 2024 un 19 por ciento su facturación, alcanzando por primera vez los 50 millones de euros. La firma consolida así su tendencia de crecimiento sostenido y prevé superar los 60 millones de euros en 2025, lo que representaría un nuevo aumento superior al 20%.

La compañía, referente en el sector de la alimentación ecológica, cosmética natural y nutrición saludable, invirtió más de tres millones de euros durante 2024 en distintos proyectos estratégicos. Entre ellos, destaca la apertura de su nueva nave logística en Massanassa (Valencia), que amplía en un 60% la superficie operativa respecto a las anteriores instalaciones, optimizando así la eficiencia del canal de venta online.

Además, la empresa destinó inversión a la apertura de seis nuevas tiendas físicas en comunidades como Madrid, la Comunitat Valenciana y Cataluña, contribuyendo a la generación de más de 40 nuevos empleos. Este crecimiento forma parte del ambicioso plan de expansión territorial que contempla, para 2025, la inauguración de unas 15 nuevas tiendas.

«Este año hemos afrontado nuevos retos como la introducción de una gama de productos para la limpieza del hogar, el lanzamiento de nuestra nueva app o el aterrizaje en nuevas ciudades. Por eso, los buenos resultados obtenidos nos animan a seguir innovando y trabajando para ofrecer una gran variedad de productos que promuevan el bienestar y la salud de las personas», ha señalado Pepe Navarro, director general de Herbolario Navarro.

Actualmente, la compañía ofrece más de 7.500 productos, de los cuales más de 1.200 pertenecen a su marca propia. Esta oferta se complementa con el asesoramiento personalizado de su equipo de profesionales en farmacia, biología o nutrición, clave en la experiencia de compra de sus clientes.

El canal digital de Navarro

En cuanto al canal digital, Herbolario Navarro ha experimentado en 2024 un crecimiento del 75% respecto al año anterior, consolidándose como una vía de venta clave. La previsión para 2025 es que el e-commerce represente el 3% de la facturación total.

Dentro de su estrategia de expansión, la cadena valenciana, con una plantilla de más de 500 empleados, prevé llegar a nuevas regiones como Andalucía, Asturias y Navarra en 2026. Su objetivo es alcanzar el hito de las 100 tiendas físicas en 2027.

Actualmente, la compañía tiene presencia en comunidades como Baleares, Aragón, Cantabria, Cataluña, Castilla-La Mancha, Castilla y León o País Vasco. Sin embargo, su principal volumen de ventas se concentra en la Comunitat Valenciana (49,90%) y en la Comunidad de Madrid (23,27%).

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