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La EMA recomienda poner la segunda dosis de AstraZeneca

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La Haya, 23 abr (EFE).- La Agencia Europea del Medicamento (EMA) recomendó este viernes que se administre la segunda dosis de la vacuna AstraZeneca y subrayó que «los datos muestran que los beneficios de la vacunación aumentan con la edad y los niveles de contagio» en la sociedad.

El director adjunto de la EMA, Noël Wathion, subrayó en una rueda de prensa virtual que el Comité de medicamentos de uso humano (CHMP) ha recomendado «seguir administrando una segunda dosis de Vaxzevria (nombre comercial de la vacuna de AstraZeneca) de 4 a 12 semanas después de administrar la primera».

La EMA también estudió varios escenarios, incluida la administración de una segunda dosis de una vacuna de ARNm, como Pfizer/BioNTech; no usar una segunda dosis en absoluto; o ampliar el intervalo más allá de las 12 semanas previstas en el prospecto, y alertó de que “no hay datos o estos son limitados para cambiar las recomendaciones actuales”.

Tras una investigación para poner en contexto el riesgo de desarrollar tromboembolismos con esta vacuna y sus beneficios a la hora de frenar los contagios y fallecimientos por covid-19, el CHMP ha representado en diferentes gráficos el número de casos de coagulación sanguínea detectados tras la vacunación y la cifra de hospitalización y fallecimientos evitados gracias a la inyección.

A modo de ejemplo y en grupos con “una alta tasa de contagios”, confirmó que se han evitado 1.239 hospitalizaciones y 110 admisiones a una unidad de cuidados intensivos por cada 100.000 habitantes en los mayores de 80 años gracias a la inyección de la primera dosis de AstraZeneca, mientras que, en esta franja de edad, se han detectado 0,4 casos de trombos tras la vacunación.

En las personas de entre 40 y 49 años, donde se ha registrado el dato más alto de 2,1 casos de trombos tras la primera inyección, se han evitado 122 hospitalizaciones y 15 admisiones en unidades de cuidados intensivos por cada 100.000 personas.

Uno de los gráficos más impactantes es el que representa los fallecimientos prevenidos gracias a la vacunación con AstraZeneca: 733 mayores de 80 años por cada 100.000 personas de esta franja de edad que han estado altamente expuestas al contagio, frente al 0,4 % de casos de trombos que han desarrollado.

El director de Análisis de Datos de la EMA, Peter Arlett, subrayó que “los beneficios de la vacuna AstraZeneca superan los riesgos» y aseguró que este trabajo «presentado hoy sitúa los (casos de) coágulos de sangre como muy raros en el contexto de las hospitalizaciones por covid-19, las admisiones en cuidados intensivos y las muertes prevenidas” gracias a la vacunación.

Agregó que la seguridad de todas las vacunas autorizadas contra la covid-19 en la Unión Europea es la “principal prioridad” de la EMA y “todos los datos nuevos se evaluarán de inmediato” para mantener actualizado al público.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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