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La Fiscalía rechaza que un juzgado de Violencia de Género juzgue a Ángel Hernández

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VALÈNCIA, 23 Abr.- La Fiscalía ha remitido un documento a la jueza de Violencia sobre la Mujer 5 de Madrid en el que se rechaza que se encargue de investigar los hechos ocurridos el pasado día 3, cuando Ángel Hernández ayudó a su esposa, María José Carrasco, a suicidarse.

La Fiscalía ha explicado en el escrito que Ángel Hernández ayudó a su esposa a ingerir una sustancia para terminar con su vida, pero fueron unos «hechos cometidos por petición expresa» de María José Carrasco y «dada la enfermedad que padecía».

En este sentido, el Ministerio Público insiste en que «desde el primer momento existía la constancia de que María José Carrasco, aquejada de una grave, dolorosa e incurable enfermedad que le hacía totalmente dependiente, manifestó repetidamente su deseo de morir de una forma libre, pública y consciente».

La Fiscalía subraya que «Ángel Hernández accedió a la decisión de su mujer, algo totalmente ajeno a la idea de dominación y de relaciones asimétricas».

Para el Ministerio Público «han quedado acreditadas desde el inicio del procedimiento esas coordenadas radicalmente diferentes a las que hace referencia la jurisprudencia y que le alejan del ámbito y del espíritu de la violencia de género y de la competencia de los juzgados de violencia sobre la mujer».

Señala que «se trata de una cooperación al suicidio o, lo que es lo mismo, auxilio a un deseo expreso, manifiesto y patente de la persona fallecida, sin que exista ninguna situación de sometimiento por parte de la misma».

La Fiscalía mantiene que la conducta de Ángel Hernández no supone una manifestación de supremacía ni de subordinación de su mujer y recuerda que se ocupó personalmente de los cuidados personales de María José durante el padecimiento de su grave enfermedad hasta su muerte.

 

 

 

 

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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